
El juez penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos Humberto Otazú archivó la investigación fiscal por supuesto enrriquecimiento ilícito abierto con relación al exministro de la Corte Suprema de Justicia Antonio Fretes, su hijo Asdrúbal Antonio Fretes Valenzano y su pareja Adriana Margarita Florentín Oliver.
Para el efecto, el magistrado admitió el requerimiento fiscal N° 13, formulado por los fiscales de delitos económicos Nathalia Silva y Luz Guerrero, poniendo así un punto final a la investigacíón abierta al clan Fretes y a también a la abogada Lourdes Beatriz González Gómez.

Las representantes del Ministerio Público argumentaron que dictámenes emanados de la Contraloría General de la República y de peritos intervinientes en el caso no arrojaron diferencias que ameriten la apertura de un proceso penal.
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En su presentación, las fiscalas explican que la investigación que se inició a raíz de publicaciones periodísticas abarcó tres aristas.
Supuesto enriquecimiento ilícito del clan Fretes
“La hipótesis fáctica que surgió a partir de los datos que fueron publicados en esas notas periodísticas, consistieron en la sospecha fundada de que el entonces ministro de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Antonio Fretes, en su carácter de funcionario público, habría obtenido bienes y realizado distintas inversiones y gastos que, con posterioridad al ingreso a la función pública, habrían sobrepasado sus legítimas posibilidades económicas, entrando en consideración el hecho punible de enriquecimiento ilícito”, señalan las fiscalas.
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En ese contexto, las agentes dicen haber investigado a Fretes por supuesto tráfico de influencia, por a la intervención que le cupo como ministro de la Corte en la excepción de inconstitucionalidad opuesta por Kassem Mohamad Hijazi en los autos: “Exhorto Kassen Mohamad Hijazi s/ con fines de extradición”, año 2021.

”Relativo a la hipótesis de enriquecimiento ilícito vinculada al Sr. Antonio Fretes, también se tuvo la sospecha de que en estos hechos habrían podido tener una eventual participación los señores: Asdrúbal Antonio Fretes y Lourdes Beatriz González Gómez”, indica el dictamen.
La segunda arista que fue objeto de pesquisa tiene relación con el patrimonio de Asdrúbal Antonio Fretes quien fuera funcionario público desde el año 2008 hasta el mes de septiembre de 2015.
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Según datos publicados por los medios de prensa, Asdrúbal habría adquirido bienes y realizado inversiones que sobrepasarían sus legítimas posibilidades económicas, entrando en consideración el hecho punible de enriquecimiento ilícito.
Fiscalas dicen haber hecho exhaustiva investigación a abogada
En este hecho, la Fiscalía también dice haber investigados la eventual participación de Adriana Florentín Oliver y Lourdes Beatriz González Gómez.
“A su vez, una tercera hipótesis planteada por esta representación fiscal, consistió en la sospecha de que en función de las dos hipótesis anteriores la señora Lourdes Beatriz González Gómez habría tenido alguna intervención en la realización de esos hechos, entrando en consideración el hecho punible de lavado de activos”, precisa las fiscales, al indicar que realizaron un examen exhaustivo de toda la información bancaria y tributaria pero no detectaron nada irregular.
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Finalmente, en atención a los argumentos expuestos por las fiscalas, el juez Otazú concluye que no se dan las condiciones para llevar adelante la investigación y dispone su archivamiento, tal como solicitó el Ministerio Público.
“Conforme al análisis pormenorizado realizado, este Juzgado llega al convencimiento de que, no se encuentran reunidos los requisitos exigidos a los fines de la configuración de los tipos penales atribuidos a los investigados”, argumenta el magistrado, al poner un punto final al caso.