Corte deja firme condena de 4 años de cárcel para policías “apretadores”

Los policías Evelyng Núñez y Cemión Arce, condenados a 4 años cada uno por cohecho pasivo agravado, privación de libertad y extorsión en grado de tentativa.
Los policías Evelyng Núñez y Cemión Arce fueron condenados a 4 años de cárcel cada uno por cohecho pasivo agravado, privación de libertad y extorsión en grado de tentativa, en 2024. Ahora, la Sala Penal de la Corte dejó firme la sentencia del caso.Arcenio Acuña Rojas

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó un recurso planteado por la defensa de los policías Evelyng Jazmín Núñez González y Cemion Arce Mendoza, condenados a 4 años de prisión por “apretar” a una joven madre. En juicio, concluido en mayo de 2024, fueron declarados culpables de privación de libertad, coima y extorsión en grado de tentativa.

Por medio del Acuerdo y Sentencia (AyS) N° 1 del 2 de enero de 2026, la Sala Penal de Corte Suprema de Justicia (CSJ), conformada por los ministros Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Eugenio Jiménez Rolón, declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación planteado por las defensas del suboficial ayudante Cemion Arce Mendoza y la oficial ayudante Evelyng Jazmín Núñez González, condenados por el “apriete” a una joven madre.

El escrito recursivo fue presentado por los abogados Hugo López y Zunilda Landaida González, en representación de los policías condenados, en contra el Acuerdo y Sentencia (AyS) N° 9 del 11 de octubre de 2024, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado.

De acuerdo con lo señalado por la ministra preopinante Carolina Llanes, “los principales agravios del casacionista, giran en torno a cuestiones probatorias; sin embargo, omite dar una explicación del supuesto error jurídico en el proceso de valoración de los medios de prueba, por parte del Tribunal de Sentencia, limitándose a señalar una discrepancia con la calificación otorgada por los juzgadores de primera instancia”.

Al respecto, Llanes sostuvo que “el recurso debe ser declarado inadmisible ya que los casacionistas, no tuvieron en cuenta los requisitos del medio impugnativo, olvidando que el recurso planteado es contra el acuerdo y sentencia dictado por el tribunal de alzada, por ello requiere en primer lugar, que los recurrentes demuestren los vicios en la aplicación del derecho que el mismo tiene, y del porque, corresponde su nulidad”.

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Concluyó la ministra Llanes que “el escrito presentado no cumple con los requisitos formales exigidos por la ley para considerarlo debidamente fundamentado. Por lo tanto, corresponde declarar la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto, por los motivos mencionados”.

A dicho análisis y por el voto de declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación, se adhirieron los ministros Benítez Riera y Jiménez Rolón. Con esta decisión, la condena a los policías quedó firme para su ejecución.

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Los fiscales Diego Arzamendia (der.) y Verónica Valdéz (medio), ambos de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción de la Fiscalía.
Los fiscales Diego Arzamendia (derecha, y hoy día fiscal adjunto) y Verónica Valdez (medio), representaron al Ministerio Público en el juicio a los Policías.

Condena por apriete a policías

El 7 de mayo de 2024, el Tribunal de Sentencia, presidido por Yolanda Morel e integrado por Ana de Jesús Ramírez y Karina Cáceres, condenó a 4 años de pena privativa de libertad a los policías de la comisaría 3° Asunción: suboficial ayudante Cemion Arce Mendoza (29) y la oficial ayudante Evelyng Jazmín Núñez González (26), por elapriete a una joven madre.

Dicha sentencia fue confirmada por el Acuerdo y Sentencia Nº 9 del 11 de octubre de 2024, emanado por la Cámara de Apelaciones, integrada por los camaristas Arnaldo Fleitas, Arnulfo Arias y Bibiana Benítez.

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En aquella presentación, los abogados de la defensa habían señalado que la sentencia carecía de enunciación de hechos y también señalaron como agravios la ausencia de medios probatorios en la que el Tribunal de Sentencia sustentó la descripción de los hechos, existencia de pruebas agregadas ilegalmente al juicio y que el fallo fue contradictorio por atentar contra las reglas de la sana crítica.

Ante el cuestionamiento de la defensa, el Tribunal de Apelación había referido que en su fallo el Colegiado de Sentencia ha expresado de forma clara y precisa su convencimiento sobre la verdad real de los hechos, conforme al caudal probatorio producido y valorado en el juicio oral y público.

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Policías interceptaron a joven madre

Los hechos presentados en la acusación fiscal señalaban que el 5 de diciembre de 2022, el administrador del “Club La Condesa”, Arnaldo Ramos Santacruz, había hecho una denuncia en la comisaría 3ª Asunción por un supuesto hecho de hurto señalando como autora del mismo a su antigua empleada, Johana Riveros Saavedra.

Esa denuncia fue recibida precisamente por la oficial ayudante Evelyng Núñez, quien el 6 de diciembre fue, junto con su camarada el suboficial ayudante Cemion Arce, hasta el local, donde mantuvieron una reunión con el propietario del local nocturno, y luego se retiraron a las 12:10.

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Es así que el 6 de diciembre a las 11:30, Johana Riveros fue nuevamente a su antiguo lugar de trabajo para retirar su liquidación, donde Arnaldo Ramos le pidió que acepte G. 750.000 en concepto de cierre de relación laboral a cambio de retirar la denuncia presentada en contra de ella. Riveros exigió que le muestre la denuncia y, ante el documento, constató que la misma se realizó el 5 de diciembre ante la oficial Evelyng Núñez.

Más tarde, cerca de las 12:45, Johana Riveros salió del establecimiento tras acordar su desvinculación laboral y se disponía a trasladarse a pie hasta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), para denunciar a su exjefe por no querer abonarle la liquidación correspondiente, pero fue interceptada junto con su pequeña hija por la patrullera policial M30 con Núñez y Arce a bordo.

Inmediatamente después, Núñez bajó del vehículo y le pidió la cédula a Riveros, pero la mujer dijo que no contaba con su documento en ese momento, por lo que la policía le pidió a su camarada que baje de la patrullera y luego le exigió que suba al rodado. La joven no se opuso para evitar generar temor en su hija.

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Recorrieron todo el centro para exigir dinero

Una vez que estuvieron todos dentro de la patrullera, los policías despojaron a la muchacha de su teléfono y le indicaron que contaba con varias órdenes de captura pendientes. En ese momento se desplazaron desde la calle Eduardo Víctor Haedo casi Independencia Nacional hasta Estados Unidos y Rodríguez de Francia, donde se detuvieron para “negociar” la libertad de la joven.

Conforme fue avanzando la conversación, el suboficial Arce habría exigido la suma de G. 3.000.000 para liberarla. Ante su desesperación, la joven madre solicitó de nuevo su teléfono y se comunicó con sus familiares para que consigan el dinero. Además, les envió su ubicación al WhatsApp para la entrega.

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Tras realizar el pedido, los policías y Riveros se trasladaron hasta las calles República de Colombia e Iturbe, donde se registró el encuentro entre los agentes y familiares de la joven extorsionada.

La familia de Riveros procedió a filmar con celulares la entrega de la plata y, recién después de que esta haya amenazado con denunciar las irregularidades, los uniformados llevaron a la madre hasta la comisaría para iniciar el procedimiento de rigor.

Precisamente una de las pruebas fundamentales fue la grabación que hizo con su celular la hermana de la victima, ofrecida como prueba por el Ministerio Público.