Tras restitución de feudos ministros de Corte trabajan en plan de rotación

Los nueve ministros de la Corte Suprema de Justicia, reunidos en una de las sesiones plenarias del año 2025.
Los nueve ministros de la Corte Suprema de Justicia, reunidos en una de las sesiones plenarias del año 2025.Carlos Ortega

Desde la Corte Suprema de Justicia aseguran que la Ley N° 7615 que, en resumidas cuentas, elimina la rotación de ministros en las Circunscripciones Judiciales de todo el país, no significa una “restitución de feudos” para los integrantes del máximo tribunal. La alternancia continuará, pero anuncian que será en un plazo mayor a 2 años.

Luego de la promulgación de la Ley N° 7615, firmada por el presidente Santiago Peña el 29 de diciembre del año 2025; “que modifica el artículo 8º de la Ley N.º 609/1995 que organiza la Corte Suprema de Justicia’ y deroga la Ley N.º 7058 del año 2023” que, básicamente, elimina la rotación de los ministros superintendentes de las 18 Circunscripciones Judiciales a nivel país, los integrantes de la máxima instancia judicial trabajan en un plan de rotación.

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“No es una devolución de feudos. Lo que se devuelve a la Corte Suprema de Justicia es su poder de organizar el funcionamiento de todas las circunscripciones del país y, en ese sentido, la rotación de ministros será implementada vía acordada”, aseguró el Dr. César Diesel Junghanns.

El presidente de la Corte Suprema de Justicia detalló que la intención, según el plan que están elaborando con sus colegas, es que los ministros superintendentes duren 4 años en el cargo y que cada circunscripción tenga como responsables a dos miembros de la máxima instancia judicial.

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La normativa, derogada el 29 de diciembre de 2025 por el presidente Santiago Peña, establecía una rotación de los ministros superintendentes cada dos años. Según Diesel, el plan es que el superintendente titular dure 4 años en el cargo y su coadyuvante por dos años, a fin de que éste último tenga posteriormente la chance de ser el titular del cargo.

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Eliminó rotación obligatoria

Con la promulgación de la Ley N° 7615 el presidente de la República Santiago Peña Palacios eliminó la rotación obligatoria de los ministros superintendentes de las 19 circunscripciones judiciales del territorio nacional, que había sido establecida con la Ley N° 7058/2023.

Con dicha derogación el Art. 8° de la Ley N° 609/1995 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, dispone nuevamente que el periodo y permanencia de ministros superintendentes en el cargo serán establecidos por acordadas o los reglamentos internos de la máxima instancia judicial, conforme a lo prescripto por el Art. 259 de la Constitución Nacional del Paraguay.

El citado articulo también señala que la Corte, en sesión plenaria que se realizará en el mes de febrero de cada año, procederá a integrar sus salas y a elegir su presidente, por el voto público favorable de por lo menos cinco de sus ministros; así como a los vicepresidentes primero y segundo de la CSJ.

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Como en dicha sesión del pleno el máximo tribunal también debe designar a los ministros superintendentes, la acordada que establecerá la rotación de los mismos en las circunscripciones de todo el país, de acuerdo con lo anunciado por el ministro César Diesel Junghanns, se emitiría ya en la primera semana de febrero, al volver de la presente feria judicial.