A través de un comunicado, la presidenta de la Asociación de Educadores Sanjuaninos (AERS), Corina Falcón, anunció la presentación de propuestas de modificación de algunos artículos de la reforma de la Caja Fiscal, cuya aprobación fue postergada por el Senado hasta el 25 de marzo para un análisis minucioso, indicaron.
“La presente iniciativa busca fortalecer la sostenibilidad y equidad del sistema jubilatorio docente, adecuándose a las necesidades actuales del magisterio nacional y en coherencia con la reforma fiscal impulsada por el Poder Ejecutivo”, indicó Falcón.
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Se propone un esquema progresivo de jubilación ordinaria en tres etapas, acompañado de un rediseño en la estructura de aportes y en el manejo financiero de la Caja, garantizando transparencia, control y rentabilidad, agregó.
Algunos puntos principales a considerar para su modificación son:
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Artículo – Tasa de aportes: El aporte obligatorio de los docentes será del 19% sobre el salario base. El Estado contribuirá con un 5% como patronal, más un 1% cada dos años, destinado a fortalecer la sostenibilidad del sistema hasta completar el 7%.
- Artículo – Jubilación Ordinaria: con 25 años de aporte, el docente accederá a la jubilación ordinaria con el 83% del salario, aplicando un prorrateo de 10 años. Con 28 años de aporte, el docente podrá retirarse con el 87% del salario, aplicando un prorrateo de cinco años. En ambos casos, los docentes continúan con los aportes hasta los 58 años de edad, debiendo liquidarse la jubilación con el 90,4% del salario, sin prorrateo adicional.
- Artículo – Jubilación Extraordinaria: podrán optar por la jubilación extraordinaria aquellos docentes con una antigüedad de 20 años de servicio. Este beneficio se otorgará exclusivamente a los maestros que se encuentren física o intelectualmente incapacitados. Esta condición será acreditada por la Junta Médica del Ministerio de Salud, a la cual se hace referencia en el Artículo 15 de esta ley. Si el Ministerio de Economía y Finanzas eventualmente verifica que la condición de incapacidad ya no existe, podrá cancelar de oficio el beneficio. La tasa de sustitución será del 60% de la Remuneración Base.
- Artículo – Manejo de Fondos Financieros: se modifica la estructura de administración de la Caja, estableciendo un Consejo de Supervisión Financiera con participación estatal, sindical y técnica.
Consejo tendrá como funciones:
- Garantizar el control transparente de los recursos.
- Implementar políticas de inversión segura y rentable.
- Asegurar la sostenibilidad del sistema frente a la reforma de la Caja Fiscal impulsada por el Poder Ejecutivo, constituyéndose en una contrapropuesta viable.
Mantener el artículo 16 de la ley 2345/03
Artículo 16: los docentes del magisterio nacional que, a la fecha de la promulgación de la ley, tengan veinte o más años de aporte, podrán optar entre las reglas anteriormente vigentes para la jubilación ordinaria o las que se establecen en esta ley.
Para mejorar y aumentar los fondos de la caja jubilatoria, es importante que todos los rubros declarados vacantes que no tengan un destino determinado; los rubros retenidos por la aplicación de sanciones, descuentos por ausencias; por fallecimiento del titular, descuentos por ausencias y rubros no procesados en periodo de vacaciones correspondientes a los docentes contratados o recién nombrados, sean incorporados en su totalidad a la caja jubilatoria.
Esta sería la propuesta de modificación para la reforma de la Caja Fiscal, que presentaron desde la AERS, que nuclea a más de 800 docentes de la capital del departamento de Misiones.
