En mayo de 2024 la abogada María Gloria Núñez López, representante legal del usurero luqueño Ramón González Daher en el fuero civil, promovió un juicio para cobrar cheques por US$ 1.308.203, que fueron expedidos por el también abogado César Luis Puente Cuéllar a nombre del condenado a 15 años de cárcel por usura grave, lavado de dinero y denuncia falsa.
La letrada promovió la acción preparatoria de juicio ejecutivo para el cobro de un total de US$ 1.308.203, más intereses, correspondiente a ocho cheques del banco Sudameris vencidos, que fueron firmados por el abogado César Luis Puente a la orden de Ramón González Daher.
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Con el escrito la Abg. María Gloria Núñez López presentó los cheques de fecha 5 de junio de 2020 por la suma de US$ 703.743; del 9 de junio de 2020 por US$ 83.650; de fecha 10 de junio de 2020 por la suma de US$ 80.500; del 24 de junio de 2020 por US$ 84.715; dos de fecha 10 de julio de 2020 por los montos de US$ 90.085 y US$ 82.600; del 25 de julio de 2020 por US$ 90.870 y el último de fecha 9 de agosto de 2020 por la suma de US$ 92.040.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Tercer Turno, Secretaría N° 5, de la Capital, a cargo del juez Juan Francisco Blanco Bogado, en fecha 20 de setiembre de 2024, tuvo por iniciado el juicio ejecutivo promovido por la Abg. María Gloria Núñez López contra César Luis Gabino Puente Cuellar, intimó al deudor a pagar la suma de US$ 1.308.203 más intereses y costas del juicio.
Asimismo el magistrado decretó el embargo ejecutivo sobre los bienes suficientes de la parte demandada, hasta cubrir la suma reclamada más US$ 130.820, fijada por el juzgado para gastos provisorios de Justicia.
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Prescripción evitó pago
El 14 de agosto de 2025 el juez Juan Francisco Blanco Bogado hizo lugar a la excepción de prescripción contra el progreso de la presente ejecución, opuesta por el Abg. Gustavo Adolfo Valinotti en representación del señor César Luis Puente Cuéllar, en fecha 3 de abril del año pasado.
En consecuencia, el magistrado del fuero Civil y Comercial rechazó la ejecución promovida por la Abg. María Gloria Núñez López contra Puente Cuéllar, por el cobro de los US$ 1.308.203 más intereses y costas del juicio.

Al presentar la excepción de prescripción la víctima de usura argumentó que todos los cheques ejecutados por la contraparte prescribieron a los 4 años de su emisión. Específicamente, según fundamentó el representante de Luis Puente, el primer cheque prescribió el 7 de junio de 2024 y el último el 9 de agosto de 2024, en atención a que el plazo de prescripción no fue interrumpido.
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En ese sentido el juez resalta en su resolución que la intimación de pago y embargo ejecutivo, dictados en fecha 20 de setiembre de 2024, formar parte del primer acto procesal por el cual se puso en conocimiento del deudor la demanda ejecutiva en sí, de conformidad al Art. 451 del Código Procesal Civil.
“Esto confirma que el clan sigue operando”
Las víctimas de usura de Ramón González Daher afirmaron que el juicio ejecutivo impulsado por la Abg. María Gloria Núñez López es la demostración de que el usurero luqueño condenado a 15 años de cárcel sigue operando desde la prisión, buscando cobrar los créditos con intereses excesivos que daba a sus clientes. Indican que, como RGD no puede “apretar” directamente a sus víctimas, está utilizando a su círculo de confianza.
“Este juicio promovido por una de las abogadas que trabajan para Ramón González Daher es la prueba de lo que venimos denunciando hace muchísimo tiempo; que este usurero y su clan continúan operando desde la cárcel e siguen intentando utilizar a la Justicia como garrote para cobrar a sus víctimas”, expresó el Abg. Federico Campos López Moreira, uno de los voceros del grupo de víctimas de la usura del ex dirigente de la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF).

Al respecto el letrado insistió en el pedido de pericia de los celulares incautados en las celdas de Ramón González Daher y su hijo Fernando González Karjallo, en la Penitenciaría Regional de Coronel Oviedo, durante el cateo realizado el martes 29 de enero de 2025. En el procedimiento encontraron cinco aparatos telefónicos, dos cargadores y botellas con bebida alcohólica en poder del usurero; y otros cincos celulares en poder de su hijo, quien cumple condena a 5 años de cárcel.
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Campos López Moreira remarcó que no se puede utilizar el sistema judicial, en cualquier fuero, para con argucias procesales llevar adelante juicios que están fuera de la ley, como señalan los artículos 299 y 357 del Código Procesal Civil; y pidió a la Corte que sancione a los civilistas que “se hacen los ñembotavy de la ley”.
