El Tribunal de Ética del Poder Judicial se reunió este jueves último, luego de tomar conocimiento del caso que involucra a la jueza Penal de Sentencia Especializada en Crimen Organizado de la Capital, Dina Marchuk Santacruz, por su comentario “sin lloro” en redes sociales. En consecuencia, la misma fue convocada para que lleve a cabo su descargo.
De la misma forma, se tomó conocimiento del caso del juez de Paz de Benjamín Aceval, Gregorio Ignacio León Martínez, quien protagonizó un accidente automovilístico en aparente estado de ebriedad, al mando de su camioneta, el pasado 5 de junio. El juez también fue convocado por el Colegiado.
Los miembros del Tribunal de Ética y del Consejo Consultivo, Miryam Peña, Antonia Irigoitia, Raúl Gómez Frutos y María Lilia Pusineri, fijaron para las 10:00 y las 11:00 del lunes 29 de junio, las audiencias del juez de Paz de Benjamín Aceval Gregorio León y la jueza de Sentencia Dina Marchuk.
De acuerdo con lo que explicaron fuentes judiciales a ABC Color, esta determinación se tomó de oficio, luego de considerar que se encontraron suficientes méritos en torno a los dos casos citados, para iniciar una investigación ante la posible violación del Código de Ética.
Tribunal de Ética dictará sanciones tras audiencias
Luego de que los magistrados que son objeto pasivo de esta diligencia hagan sus respectivos descargos ante el Tribunal de Ética, el mismo pasará a analizar el contexto y los argumentos expresados como defensa de los afectados, el juez Gregorio León y la jueza Dina Marchuk, según agregaron fuentes judiciales.
Luego de dicho análisis el tribunal pasará a resolver sobre la cuestión.
En el caso de la jueza Marchuk se debe analizar el contexto de la publicación hecha a través de redes sociales, en cuanto al comentario “sin lloro” y otros más que habría hecho en otras plataformas digitales.
En tanto que sobre el juez León, existen videos que muestran su actuación y las condiciones en las que estaba la noche del percance que protagonizó.

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El Tribunal de Ética, así tras someter a análisis los casos de Marchuk y León, emitirá dictámenes respectivos y en ellos, dispondrá una sanción que puede ir de la más leve, consistente en una “recomendación”, que es privada por lo que no va al legajo del magistrado, una intermedia que también es una “recomendación” pero que sí va al legajo.
Y también se podría dictar una sanción más dura que consiste en una recomendación de restringir el ascenso del magistrado o funcionario judicial por un periodo de 5 años. La resolución que se dicte, luego se remite al Departamento de Recursos Humanos y también a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), a modo de que tengan conocimiento al momento de algún concurso al que postule el sancionado.
