Los fiscales José Martín Morínigo, Francisco Cabrera y Diana Gómez, de la Unidad Especializada de Lucha contra el Narcotráfico y Crimen Organizado, formularon la acusación y requirieron la apertura a juicio oral y público contra Alexandre Rodrigues Gomes (hijo del fallecido exdiputado Eulalio “Lalo” Gomes), el abogado Óscar Luis Tuma Bogado, y las notarias públicas Blanca Rossana Ozuna Leguizamón y María Luisa Verón de Jara.
Tras darse a conocer el requerimiento conclusivo del Ministerio Público, el abogado Óscar Tuma se pronunció respecto a los cargos planteados y cuestionó la fundamentación penal de los fiscales acusadores.
En primer término, aclaró que la acusación en su contra se limita de manera exclusiva a los inmuebles recibidos como cobro de sus servicios profesionales, quedando totalmente descartada su participación o responsabilidad en la adulteración del sistema de la Dirección General de los Registros Públicos.
El profesional explicó que el lavado de dinero es un hecho punible derivado o de “segundo piso”, lo que significa que requiere de manera indispensable la existencia y comprobación previa de un delito primario firme. Sostuvo que aún no se ha determinado judicialmente en la causa principal de “Lalo” Gomes si dichos inmuebles son producto de un hecho ilícito, por lo que acusarlo de lavado de dinero configura una grave falla de tipicidad.

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Tuma: “Yo no soy sujeto obligado”
Tuma argumentó que en el ejercicio del patrocinio legal, los abogados no tienen la obligación legal ni la facultad de investigar el origen de los bienes o el dinero de sus representados, señalando que pretender penalizar esta conducta sienta un antecedente muy peligroso para el ejercicio libre de la abogacía.
“Yo soy abogado, o sea, yo no soy sujeto obligado y no tengo por qué preguntarle a mi cliente de dónde provienen los inmuebles. Es como que el día de mañana venga una persona que está acusada por el robo de un banco y yo le pregunte: ‘¿El dinero con que me estás pagando es del robo del banco?’. A mí no me interesa de dónde provienen los inmuebles, no tengo esa obligación legal de averiguar”, manifestó.
Aseguró que la operación fue totalmente transparente, con emisión de facturas legales y declaración pública. Destacó que fue él mismo quien puso la documentación y los inmuebles a disposición del órgano jurisdiccional, por lo que no existe daño o perjuicio ocultado.

Finalmente, Tuma (respaldado por datos que señalan que la Seprelad ya había remitido un informe de 250 páginas a la Fiscalía en noviembre de 2021 sin que esta tomara acciones durante años) señaló que el caso responde a un uso instrumental de la justicia con fines de persecución hacia figuras críticas al gobierno actual.
“Acá lo único que se trata es de acallar a algunas personas o de evitar que, bueno, generar una persecución innecesaria. Eso es bastante peligroso porque esto es como un búmeran, gira. Hoy yo estoy en el ojo de la tormenta, el día de mañana mis propios verdugos pueden ser los que estén en esa posición... Una barbaridad el análisis de los fiscales hoy en día”, concluyó.
Los delitos imputados
- Alexandre Rodrigues Gomes: acusado por Lavado de activos (Art. 196) en la modalidad de frustrar el comiso de bienes, e instigación a la producción y uso de documentos públicos de contenido falso
- Óscar Luis Tuma Bogado: acusado por Lavado de activos (Art. 196) en calidad de autor
- Blanca Rossana Ozuna Leguizamón: acusada por Producción y Uso de documentos públicos de contenido falso (Arts. 250 y 252)
- María Luisa Verón de Jara: acusada por Producción y Uso de documentos públicos de contenido falso (Arts. 250 y 252).
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