El juez de Garantías Especializado en Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia condenó, mediante un procedimiento abreviado, a los abogados Patricia Adriana Parodi Cantero y Blas Antonio Rodríguez Galeano, acusados en la causa conocida como la mafia de los pagarés.
La Fiscalía había acusado a Patricia Parodi por prevaricato, uso de documentos públicos de contenido falso y producción inmediata de documentos públicos de contenido falso. En el caso de Blas Rodríguez, la acusación fue por prevaricato y uso de documentos públicos de contenido falso.
Según la acusación fiscal recogida en la resolución, el esquema investigado se desarrollaba en procesos civiles tramitados ante el el entonces juez de Paz de La Recoleta, Víctor Nilo Rodríguez Acosta. Notificaciones, intimaciones de pago y otras diligencias judiciales habrían sido documentadas como realizadas pese a que no se habrían practicado efectivamente.
La Fiscalía sostuvo que sobre la base de esas constancias, los procesos continuaban y posteriormente se dictaban resoluciones favorables a las pretensiones de los acreedores. En el caso de Parodi, además, se tuvo en cuenta su actuación como oficial de justicia.
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Admitieron hechos y pidieron procedimiento abreviado
Durante la audiencia preliminar, las defensas de ambos acusados solicitaron la aplicación de los artículos 420 y 421 del Código Procesal Penal, que regulan el procedimiento abreviado.
Parodi admitió los hechos atribuidos y ofreció G. 75 millones como reparación social.
Rodríguez Galeano también admitió los hechos y ofreció G. 88 millones. En su caso, la defensa señaló que la Fiscalía había individualizado 88 expedientes en los que intervino como abogado de Satec SA.
Fiscalía se allanó a procedimiento abreviado
El Ministerio Público, que inicialmente se ratificó en su acusación y sostuvo que contaba con elementos para llevar el caso a juicio oral, finalmente consideró suficiente una pena de dos años para cada acusado y se allanó al procedimiento abreviado.
La Fiscalía señaló que esta salida procesal permitía obtener una condena y cumplir con fines de reprochabilidad, proporcionalidad y prevención.
El juez verificó que ambos acusados admitieron los hechos y prestaron su consentimiento de manera libre y consciente. También consideró que la acusación tenía respaldo en expedientes judiciales, informes, documentos y otros elementos de convicción reunidos durante la investigación.
Dos años de cárcel, pero con suspensión de la ejecución
La resolución condenó a Parodi y Rodríguez a dos años de pena privativa de libertad, pero dispuso la suspensión a prueba de la ejecución de la condena durante dos años.
El juzgado consideró, entre otros elementos, que ambos carecían de antecedentes penales, admitieron los hechos y asumieron compromisos de reparación social.
La suspensión no elimina la condena, conforme lo estableció el juez en su resolución. Explicó que la pena queda condicionada al cumplimiento de las reglas de conducta y de las obligaciones impuestas durante el periodo de prueba.
Ambos deberán comparecer trimestralmente ante el Juzgado de Ejecución, comunicar cambios de domicilio y registrar sus entradas y salidas del país.
Parodi deberá aportar G. 75 millones
Patricia Parodi deberá destinar G. 75 millones a reparación social.
El monto se distribuirá entre el Hospital Pediátrico Niños de Acosta Ñu, que recibirá G. 20 millones; el Hospital de San Lorenzo, también G. 20 millones; el Hospital Materno Infantil Reina Sofía, G. 10 millones; y el Hospital General Materno Infantil San Pablo, G. 25 millones. Este último aporte será abonado en 24 cuotas mensuales.
Los aportes deberán ser acreditados ante el Juzgado de Ejecución mediante las respectivas constancias de cumplimiento.
Rodríguez deberá realizar aportes por G. 88 millones
Blas Rodríguez Galeano deberá cumplir una reparación social total de G. 88 millones.
Entre los beneficiarios figuran la Residencia Geriátrica Gijón Róga, con G. 10 millones; el Hospital de Trauma, con G. 20 millones; el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de San José de los Arroyos, con G. 10 millones; Cristina Danise Martínez Ayala, con G. 5 millones; y el Club de Leones Barrio Bernardino Caballero, con G. 5 millones.
El saldo de G. 38 millones deberá ser destinado al Departamento de Búsqueda de Prófugos de la Dirección General de Investigación Criminal de la Policía Nacional, en 24 cuotas mensuales.
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Como parte de la resolución, el juzgado ordenó levantar las medidas cautelares que pesaban sobre ambos acusados en el marco de esta causa.
