El Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, de la Capital confirmó las penas de 25 años de cárcel para los policías Eusebio Torres Romero y Fortunato Lorenzo Laspina; y 20 años de prisión para el policía Manuel Crescencio Alcaraz, por los hechos de tortura contra Domingo Guzmán Rolón y otros presos políticos de la dictadura de Alfredo Stroessner (1954-1989).
Las camaristas María Lourdes Sanabria, Miryam Meza de López y Bibiana Benítez Faria, por unanimidad, rechazaron los recursos planteados por la defensa y ratificó la Sentencia Definitiva N° 30 de fecha 12 de febrero de 2026, dictada por el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Héctor Fabián Escobar, como presidente; Carlos Manuel Hermosilla y Juan Pablo Mendoza, como miembros titulares.
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“Las penas impuestas resultan proporcionales a la gravedad de los hechos, al grado de reprochabilidad de los autores, quienes ostentaban la condición de funcionarios públicos encargados de la seguridad, y a la necesidad de prevención especial y general, sin que se observen elementos de desproporcionalidad o arbitrariedad en la decisión del Tribunal de la instancia anterior.
Sobre la imprescriptibilidad del hecho punible de tortura, las defensas argumentaron que el Colegiado de Sentencia aplicó de manera retroactiva la Ley N° 4614/2012, que modificó los artículos 236 y 309 del Código Penal, a hechos ocurridos en los años 1976 y 1977. Al respecto, la Cámara concluye que la aplicación de la imprescriptibilidad no vulnera la irretroactividad, sino que responde a un mandato superior de protección internacional e universal.
Policías competían “quién torturaba más”, según víctimas
Para el Tribunal de Sentencia que dictó las altas condenas, en el juicio oral la fiscala de Derechos Humanos Sonia Sanguinés probó que los ahora condenados tuvieron participación en calidad de autores en los episodios de torturas, por lo que la conducta se tipifica en el hecho establecido en el artículo 309 (tortura) incisos 1, 2 y 3, en concordancia con el artículo 29 del Código Penal.
Al momento de dar a conocer el fallo el presidente del Tribunal Fabián Escobar resaltó que las víctimas de tortura, que declararon en el juicio oral, identificaron plenamente a los acusados como los responsables de los apremios físicos y psicológicos que sufrieron por ser sindicados como miembros de grupos subversivos.

“Uno de los testigos detalló que visualizó en el cuerpo de Domingo Guzmán Rolón cicatrices de tortura y heridas que le fueron infringidas durante los interrogatorios a los que eran sometidos los presos de la dictadura en el Departamento de Investigaciones de la Policía”, puntualizó el magistrado.
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Por su parte, el juez Juan Pablo Mendoza resaltó que varios de los testigos declararon que incluso los policías hacían competencia de quién torturaba más o quién aplicada mejores métodos de tortura en contra de los presos políticos. Es decir, buscaban mostrar “quien era más útil al régimen”, según remarcó el magistrado.
Hechos de tortura ocurrieron entre 1976 y 1978
De acuerdo con lo explicado por el Tribunal de Sentencia, en el juicio oral quedó probado que los ahora condenados torturaron a Domingo Guzmán Rolón y otros presos políticos fueron detenidos por la Policía del dictador Alfredo Stroessner entre los años 1976 y 1978.
Domingo Guzmán Rolón fue detenido el 17 de octubre de 1976, en Puerto Pilcomayo (Argentina), cuando intentó ingresar al país con un certificado falso a nombre de Jorge Antonio Zapattini Samaniego.

Luego de su detención en territorio argentino, Guzmán Rolón fue llevado primeramente hasta un Destacamento de la Armada, luego a un Centro de Detención situado en Resistencia, para luego ser trasladado hasta un lugar denominado Monte 29 de Formosa, de acuerdo con lo probado en juicio.
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El 2 de diciembre de 1976 fue llevado en la valijera de un vehículo hasta el Departamento de Investigaciones de la Capital, lugar donde sufrió apremios físicos y permaneció detenido hasta el 1 de diciembre de 1977, cuando fue trasladado al Penal de Emboscada, según lo probado en el debate oral.
Víctima falleció mientras esperaba el inicio del juicio
Guzmán Rolón falleció en el año 2024, mientras esperaba el inicio del presente juicio oral y público, que luego de muchas dilaciones empezó recién en octubre del 2025 y finalizó el 12 de febrero de 2026.
La presente causa inicialmente tuvo 10 personas imputadas, pero con el transcurso de los años, cinco de ellas fallecieron: Camilo Almada Morel, Juan Aniceto Martínez, Agustín Belotto Vouga, Obdulio Argüello Brítez y Felipe Nery Saldívar.
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En tanto que otras dos personas están declaradas en rebeldía y se trata de Nicolás Lucilo Benítez y Mario Flores Cáceres. Ambos cuentan con órdenes de captura pendientes, de acuerdo con lo informado por la fiscala Sonia Sanguinés.
