Tratados bilaterales de inversión

El río Paraná es la base de dos de los tratados bilaterales más importantes del Paraguay (Itaipú y Yacyretá).
El río Paraná es la base de dos de los tratados bilaterales más importantes del Paraguay (Itaipú y Yacyretá).GENTILEZA

En América Latina, salvo algunas excepciones, la primera ola de tratados bilaterales de inversión surgió en los años 1990 (ver Gwynn (2015) Tratado Bilateral de Inversión en América del Sur, Journal of International Dispute Settlement (6)1, Oxford University Press).

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Los tratados son celebrados entre Estados, pero una de las particularidades que tienen estos tipos de tratados es con relación a su cláusula de solución de controversias que habilita a un inversionista extranjero a demandar directamente a un Estado cuando aquél no haya cumplido con las obligaciones y garantías establecidas para inversiones extranjeras en el tratado.

Comúnmente, las demandas se presentan ante el Centro Internacional de Arreglo a Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), un centro dependiente del Banco Mundial, con sede en Washington, Estados Unidos, el cual también tiene su propia Convención. Desde entonces son numerosos los países que han sido demandados por inversionistas extranjeros.

En América Latina, Argentina lidera el número de demandas sometidas por empresas o inversionistas internacionales contra dicho Estado. Tantos fallos de los tribunales arbitrales fueron contra los Estados, que la situación generó una reacción de ciertos Estados contra este régimen.

Algunos países denunciaron los respectivos tratados y se retiraron del CIADI, como han sido los casos de Bolivia, Ecuador, Venezuela y Honduras, aunque posteriormente algunos de ellos volvieron a adherirse.

Aunque proporcionar un marco legal de protección y garantía a las inversiones extranjeras era el objetivo de los tratados bilaterales de inversión, lo que permitió que se interpusieran tantas demandas contra los Estados, fue su redacción y la amplitud de algunas disposiciones, en grado tal que se equiparaban algunas actuaciones estatales como el de establecer ciertas regulaciones que para los Estados eran necesarias, a lo que se consideraría como expropiaciones, y en caso de así determinarse, el Estado debía compensar al inversionista.

Muchos países han tomado nota de ello y han modificado las disposiciones respectivas antes de firmar nuevas versiones de tratados bilaterales de inversión, tal como ocurrió en el caso de Canadá y Estados Unidos.

Es así que versiones modernas de tratados bilaterales de inversión equilibran la situación entre inversionistas y los Estados al excluir de manera explícita del concepto y alcance de expropiaciones a las regulaciones estatales relacionadas con la salud, lo ambiental, lo energético, o con medidas que constituyan parte del interés nacional del Estado (ver Gwynn (2018) Equilibrar el derecho del Estado a regular con la Protección de Inversiones, Groningen Journal of International Law 6 (1)).

Aunque la comunidad internacional ve las nuevas versiones de tratados bilaterales de inversión como un gran progreso para equilibrar la regulación estatal con la promoción y seguridad a la inversión extranjera, el Paraguay aún mantiene en todos sus tratados la versión antigua no modernizada.

En la actualidad, el Paraguay ha tenido tres demandadas concluidas ante el CIADI, una perdidosa, por inversionistas amparados por Tratados Bilaterales de Inversiones celebrados entre Paraguay y Perú, Suiza, y Países Bajos, y en el año 2025 el Paraguay ha sido demandado por un inversionista amparado en el Tratado Bilateral de Inversión celebrado entre Paraguay y Portugal, el resultado del cual aún se encuentra pendiente.

La promoción de inversiones es sumamente importante, y todo inversionista extranjero necesita la seguridad jurídica por parte del Estado anfitrión; pero al mismo tiempo, dicho marco legal debe equilibrar los intereses superiores de tal modo a que también se garantice la soberanía de las regulaciones de un Estado para el bienestar de sus ciudadanos.

(*) Abogada y árbitro internacional. Exconsejera paraguaya de Itaipú binacional.