Policía Nacional: nombran promoción por agente fallecido, pero no indemnizan a su familia

Nuevos suboficiales de la Policía Nacional de la promoción “Suboficial Superior P.S. Catalino Ojeda Romero” durante el acto celebrado ayer en el estadio Defensores del Chaco.
Nuevos suboficiales de la Policía Nacional de la promoción “Suboficial Superior P.S. Catalino Ojeda Romero” durante el acto celebrado ayer en el estadio Defensores del Chaco. Presidencia de Paraguay

El Estado se niega a pagar a las familias de dos agentes de la Policía Nacional, fallecidos en el cumplimiento de su trabajo en 2024, las indemnizaciones correspondientes según la ley, denunció el abogado que representa a los familiares. Mientras tanto, la Policía puso el nombre de uno de los fallecidos a su última promoción de suboficiales egresados.

Ayer jueves, en un multitudinario acto en el estadio Defensores del Chaco de Asunción, con presencia del presidente Santiago Peña y altas autoridades de la Policía Nacional y del Poder Ejecutivo, se llevó a cabo el acto de egreso de unos 5.000 nuevos suboficiales de la Policía.

La promoción de nuevos agentes fue denominada “Suboficial Superior P.S. Catalino Ojeda Romero” en homenaje a un agente policial que fue apuñalado en julio de 2024 durante un allanamiento por una denuncia de violencia familiar en la ciudad de San Estanislao y falleció días después. En el mismo incidente también fue herido mortalmente el subcomisario Eduardo Machado, quien murió en el día del incidente.

Sin embargo, a pesar de que la Policía usa el nombre del suboficial Ojeda para su nueva promoción de agentes, la institución se niega a pagar a los familiares de este y del subcomisario Romero las indemnizaciones que les corresponden por ley, dijo hoy en conversación con ABC Color el representante legal de ambas familias, el abogado Óscar Tuma.

“Utilizan el nombre de un fallecido para una cuestión de marketing y a sus familiares no les pagan lo que tienen que pagarles”, dijo Tuma, quien calificó como “hipocresía” el actuar de la Policía.

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Modificaron ley luego de la muerte de los policías

El abogado explicó que cuando ambos agentes fallecieron, en julio de 2024, estaba vigente la ley 5.349 “Que establece beneficios al personal policial y militar asignado a operaciones conjuntas”, que establecía en su artículo 4 que “los familiares del personal policial o militar que sufriera la muerte, en actos de servicio, serán indemnizados con 5.000 jornales mínimos legales”.

Esa ley, indicó el abogado, fue posteriormente modificada para establecer que, para el pago de indemnizaciones, las muertes deben producirse específicamente en el marco de la lucha contra el grupo armado EPP.

Sin embargo, Tuma enfatizó que por derecho corresponde a las familias el pago de las indemnizaciones de acuerdo con la versión de la ley que estaba vigente cuando se produjo el deceso de ambos uniformados.

“Fueron llamados, estaban en servicio, acudieron a un llamado de emergencia, perdieron la vida y la ley establece que debían ser indemnizados”, subrayó. “(Los familiares) están peleando esto desde que fallecieron ambos. Esto no es un ningún programa social, es lo que les corresponde en derecho”.

El abogado lamentó que las familias no reciban ningún tipo de respuesta a sus reclamos mientras la Policía “tiene la caradurez de nombrar una promoción por una persona con quien no están cumpliendo”.