Indignados por aparecer en el padrón de la Concertación Nacional

Muchas personas se mostraron indignadas por aparecer en el padrón de la Concertación Nacional y exigieron ser excluidas porque no se sienten identificadas con la agrupación partidaria. En julio pasado, el Tribunal Superior de Justicia Electoral reconoció a la concertación de partidos de la oposición como participante de las próximas elecciones generales y autorizó el uso del padrón nacional en sus internas. Sin embargo, recién ahora se viralizó y generó una lluvia de quejas.

Efraín Alegre y Soledad Núñez, precandidatos por la Concertación Nacional. En redes sociales varios internautas se quejaron por aparecer en el padrón de la Concertación Nacional y exigieron ser excluidas porque no se sienten identificadas con la agrupación partidaria.
Efraín Alegre y Soledad Núñez, precandidatos por la Concertación Nacional. En redes sociales varios internautas se quejaron por aparecer en el padrón de la Concertación Nacional y exigieron ser excluidas porque no se sienten identificadas con la agrupación partidaria.ARCENIO ACUÑA

Una importante cantidad de personas se mostraron indignadas al ingresar a la dirección que la candidata a vicepresidenta Soledad Núñez viralizó ayer y encontrar que aparecen en el padrón de la Concertación Nacional, donde les indica en qué sitio votar y hasta en qué orden.

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La queja también es porque muchos afiliados del Partido Colorado están en dicho padrón. Además, otras personas que no están afiliadas a ningún partido aparecen como afiliadas al Partido Liberal Radical Auténtico.

“Lo que me extraña es que estemos en el padrón de la Concertación incluso siendo afiliada al Partido Colorado. Yo estoy de acuerdo con la libre participación, pero no quiero que me coloquen como que no voté en su padrón, porque yo sí voy a ir a votar, pero en las internas de mi partido. Allí está la irregularidad, no nos puede agregar en sus mesas; también puede otra persona ir a votar por mí”, dijo una afiliada al Partido Colorado, quien indicó que solicitará ser excluida del padrón de la Concertación.

Sitio de votación no corresponde

Otra de las irregularidades es que a algunas personas le indica que deben ir a votar en sitios que ya no existen, como el caso de Karina Fabiola Gómez, directora de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, quien indicó que está afiliada al Partido Colorado y también aparece en el padrón de la Concertación. Si bien indicó que inicialmente pensó que se trataba de una noticia falsa, ahora se está asesorando para ver cómo accionar.

Agregó que el Club Cerro Corá ya no existe, pero, según la Concertación Nacional, ella debe votar allí.

“El club Cerro Corá fue demolido hasta los cimientos, es en mi barrio, pero la gente que va a ir a votar no va a encontrar nada. Es triste que siempre se cuestionó a los colorados por incluir al padrón sin autorización, pero ahora se hace lo mismo”, dijo Gómez.

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Otra persona, que no está afiliada a ningún partido político, aparece en el padrón de la Concertación como afiliada al Partido Liberal y sobre todo figura que debe ir a votar en un barrio muy distante de su domicilio.

Por ejemplo, siempre votaba en las generales en el barrio Julio Correa de Luque, pero supuestamente ahora debe hacerlo en Isla Bogado. Otra persona, que siempre vota por el Partido Colorado en el barrio Laurelty de Luque, aparece para votar en el barrio Primavera.

Está autorizado

En julio pasado, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) reconoció a la Concertación como participante de las próximas elecciones generales y autorizó el uso del padrón nacional en sus internas del 18 de diciembre.

La decisión permitirá a todos los inscriptos en el Registro Cívico Permanente (RCP) participar de las internas que convocarán los partidos de la oposición para definir un candidato a presidente en las Elecciones Generales de 2023.

La posibilidad de utilizar la lista a nivel nacional fue cuestionada por la Asociación Nacional Republicana (ANR), alegando que los partidos y movimientos políticos deben realizar sus internas con sus respectivos afiliados.

La ANR presentó una solicitud para que no se utilice el RCP y que los afiliados a éste y otros partidos no participen de su interna.

Sin embargo, el TSJE argumentó en su fallo que la Ley 3.212/07, que crea la figura de las concertaciones para elecciones generales, establece en su artículo 43 que las concertaciones y alianzas podrán obviar la disposición del Código Electoral de utilizar padrones elaborados por el propio partido o movimiento.

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