Intendente cartista de San Pedro renuncia para evitar ser echado

El intendente de San Pedro de Ycuamandyyú, Gustavo Rodríguez (ANR, HC), finalmente presentó su renuncia ante la Junta Municipal, presionado por las protestas en su contra y el ultimátum de sus propios correligionarios, ya que los diputados cartistas le habían pedido dimitir para evitar ser destituido. En Asunción, los diputados cartistas dilataban el inicio de la sesión extra en que se debía tratar su remoción. Ahora se deberá convocar a comicios para elegir nuevo jefe comunal.

Santiago Peña y Gustavo Rodríguez.
Tras dilatar por una hora su plazo, presentó su renuncia Gustavo Rodríguez.

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Gustavo Rodríguez (ANR, HC) ya soportaba una imputación de la Fiscalía y pesaba en su contra una disposición de no ingresar a la sede comunal.

Luego de incluso candidatarlo a diputado en las pasadas internas -en que perdió catastróficamente-, el cartismo finalmente le soltó la mano a Rodríguez, en parte por el lapidario informe del interventor designado por el Ejecutivo, Amancio Rivas, que determinó un presunto daño patrimonial por G. 18.000 millones solo en este último periodo administrativo.

No obstante, la bancada de Honor Colorado intentó hasta último momento incidentar y dilatar el estudio del caso de San Pedro del Ycuamandyyú, buscando excusas y amenazando con retirarse y dejar sin quorum la sesión de esta jornada.

La Cámara de Diputados incluso le había dado una semana más de gracia a Gustavo Rodríguez para que al menos se digne a renunciar y evite ser echado; sin embargo, se aferró hasta último momento al cargo. También presentó una chicana para suspender la audiencia de imposición de medidas ante el juez Humberto Otazú.

Se deberá convocar a elecciones

Tras la renuncia de Gustavo Rodríguez, al darse antes de los tres años de asumir el cargo, la Ley Orgánica Municipal, y puntualmente la modificación mediante Ley N° 6.564/2020, establece que obligatoriamente se debe convocar a nuevas elecciones en un plazo de 90 días.

“En caso de ausencia no justificada por más de treinta días, renuncia, inhabilitación, muerte o impedimento definitivo de un Intendente Municipal, ocurrido durante los tres primeros años del período, el Tribunal Superior de Justicia Electoral convocará a nuevas elecciones, dentro de los noventa días siguientes al hecho que motivare la vacancia, hasta tanto el Presidente de la Junta Municipal asumirá interinamente las funciones de aquel”, indica la ley.

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