Des-desafuero: jueces tienen autonomía para avanzar en procesos, según ministro de Corte

El ministro de la Corte Víctor Ríos afirmó que los jueces tienen autonomía para avanzar en los procesos conforme a sus interpretaciones constitucionales, en el marco del debate sobre el des-desafuero. También refirió que no hay un plazo establecido para que la Sala Constitucional emita una resolución sobre la acción planteada por la Fiscalía.

El ministro de la Corte Víctor Ríos.
El ministro de la Corte Víctor Ríos.

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La Fiscalía General del Estado (FGE) presentó ayer ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una acción de inconstitucionalidad contra el des-desafuero de los senadores cartistas Hernán Rivas, Erico Galeano y el opositor Rafael Filizzola (PDP). La Sala Constitucional de la Corte deberá analizar la acción y expedirse.

Víctor Ríos, ministro de la CSJ y miembro de la Sala Constitucional, señaló que no hay un plazo establecido para la emisión de una resolución.

Precisó que este viernes se conocería al ministro -miembro de la Sala Constitucional- que será el preopinante, tras un sorteo.

“Esto va a llevar un poco de tiempo”, mencionó respecto al proceso de estudio de la acción y descartó que haya resolución para la próxima semana. Agregó que se está trabajando en un Código Procesal Constitucional para fijar los plazos que actualmente no existen.

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Jueces y fiscales deben hacer sus interpetreciones

Ríos, asimismo, se refirió a las posiciones del fiscal Silvio Corbeta y el juez Osmar Legal, quienes decidieron seguir con el proceso, pues consideran que el des-desafuero no existe una vez que se inicia una causa.

Afirmó que los jueces y fiscales pueden avanzar en las causas con base en sus interpretaciones constitucionales. Agregó que hay una conflicto jurídico por la otra parte involucrada, ahí entra a dirimir la Sala Constitucional de la Corte.

“Todos somos intérpretes de la Constitución, solo que la interpretación imperativa es de la Sala Constitucional. Los fiscales y jueces deben estar constantemente interpretando la Constitución; entonces, si uno considera que una determinada decisión es la correcta, debe avanzar en esa decisión. Si hay otra parte que no está de acuerdo en la decisión que tomé, debe plantear los recursos pertinentes. Eso se llama control de constitucionalidad”, dijo.

“Cada juez debe hacer su propia interpretación constitucional y, de acuerdo a eso, tomar decisión. Si alguien no está de acuerdo y llega a la Corte, esta decidirá en definitiva sobre la cuestión”, insistió.

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Hay autonomía en jueces

Señaló que los jueces tienen una autonomía interna y externa que les permite tomar decisiones conforme a sus interpretaciones sobre lo establecido en la Constitución Nacional.

“El juez no puede estar pidiéndole a la Corte cada rato un consejito y esperando que le diga: ‘Qué bien hecho, eso es lo que corresponde’, tiene autonomía interna”, resaltó.

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El ministro de la Corte, por otra parte, refirió que el des-desafuero es un caso sin precedentes y que marcará un antes y un después en la historia constitucional de nuestro país.

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