“Desconocemos y negamos categóricamente la existencia del dictamen jurídico que habilita pagos sin homologación judicial”, decía el comunicado con el que el Instituto de Previsión Social (IPS) intentó frenar las críticas sobre el derroche de G. 177.656 millones (US$ 27 millones) en gastos judiciales, en apenas 28 meses. Sin embargo, documentos oficiales “bajo llave” y a los cuales accedió ABC desmontan la versión oficial y exponen cómo se utilizó cuestionablemente ese rubro para favorecer a proveedores fuera de contrato y, lo más grave, burlando a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
La Resolución CA Nº 022-044/2025, del 14 de abril de 2025, es la prueba documental del esquema. Usando el rubro 915 “gastos judiciales”, el Consejo de Administración –integrado por Jorge Brítez, Carlos Pereira, Gustavo González, José Emilio Argaña y José Jara– autorizó un pago “excepcional” para la firma Audicon-Auditores, Contadores & Consultores, cuyos socios son Jacinto Santa María, la exviceministra Marta González, Édgar Colmán y Claudia Melgarejo bajo la excusa de un “acuerdo extrajudicial” en el marco de una licitación de 2024 que no pasó primero por el Juzgado, tal como ya estableció en su momento el Dictamen Nº 18/2023 del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), del 4 de diciembre de 2023.

La disposición del IPS ordena a la Gerencia Administrativa y Financiera el desembolso inmediato de G. 385 millones, correspondiente a los productos ya recibidos de la Auditoría del Ejercicio 2023, con imputación al Objeto de Gasto Nº 915 “Gastos Judiciales”; “y que posteriormente al acuerdo extrajudicial se proceda al pago restante del monto del Contrato, que representa la suma de G. 385 millones y al pago del monto total de la Adenda Nº 2 del Contrato, equivalente a la suma de G. 154 millones”. Es decir, G. 924 millones de los fondos previsionales se desembolsaron como “gastos judiciales”, pero para pagar prestaciones de servicios adquiridos por el IPS, que normalmente debería seguir el procedimiento establecido en la Ley de Contrataciones Públicas.

DNCP, un adorno
El pago millonario se forzó a pesar de que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), a cargo de Agustín Encina, mantenía el proceso bloqueado. Según el expediente, tanto el director jurídico José “Jose’i” González como la jefa de dictámenes, Jorgelina Gómez de la Fuente, “apuraron” el trámite a partir de un pedido de la misma consultora, ingresado el 19 de marzo de 2025.

El entonces gerente de Abastecimiento y actual asesor del presidente Jorge Brítez, Jaime Caballero, señaló el 4 de abril de 2025 a la Dirección Jurídica que el proceso no tenía Código de Contratación debido a que la DNCP insistía en que el proceso no cumplía el Decreto Nº 2264/2024, que establece una comunicación de la evaluación técnica antes de abrir las ofertas económicas, una falta grave que, según la normativa, era obligatoria y podría derivar en la cancelación del proceso de contratación. “Por lo que se infiere que la DNCP no emitirá dicho Código de Contratación” (sic), reconoció Caballero.
Ante este escenario la Dirección Jurídica recomendó al Consejo de Administración del IPS optar por la “vía corta“: usar el rubro “gastos judiciales” para pagar una licitación con presunta irregularidades.
Tanto González como Gómez de la Fuente no quieren atender las llamadas de ABC, pese a nuestra insistencia.
Una auditoría “ciega”
Para tratar de blindar más el desembolso, la Dirección Jurídica recurrió a una Auditoría Interna que evitó cuestionar el fondo de la cuestión. El informe firmado el 1 de abril de 2025 por Estela Méndez (jefa) y María Belén Alé se limitó a confirmar que la empresa entregó dos informes: Informe de Auditoría Externa Independiente sobre el Cumplimiento Tributario Ejercicio cerrado al 31/12/2023 y el Informe de Auditoría Externa Independiente Ejercicio cerrado al 31/12/23, omitiendo deliberadamente que la licitación estaba viciada y que se realizó una adenda en medio de las observaciones de la DNCP.

“Esta auditoría no ha recibido respuesta por parte de la Dirección Operativa de Contrataciones, dependiente de la Gerencia de Abastecimiento y Logística hasta la fecha de emisión del presente informe, por lo tanto ésta auditoría se encuentra limitada para emitir parecer u observaciones en ese sentido”, fue la ambigua respuesta de las auditoras. De esta manera se burlaron todos los controles, incluso la advertencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el IPS usó G. 954 millones como “gastos judiciales” para pagar el costo de adquisición de servicios de auditoría externa con serios indicios de direccionamiento y que debía de regirse por el proceso de licitación establecido en la ley de Contrataciones Públicas.
A partir de este pago también cae por tierra la otra defensa del IPS: “deudas heredadas”, para el uso discrecional del rubro 915 “gastos judiciales”.
