Expulsión de Kattya González vulneró la Constitución, sostiene ministro de la Corte

La exsenadora de oposición Kattya González.
La exsenadora de oposición Kattya González.Juan Pablo Pino

El ministro de la Corte Víctor Ríos defendió su disidencia y aseguró que el proceso de expulsión de Kattya González violó el debido proceso y la Constitución.

El ministro de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Víctor Ríos defendió su voto en disidencia dentro de la acción de inconstitucionalidad promovida por la exsenadora Kattya González contra su pérdida de investidura.

El magistrado afirmó que el procedimiento aplicado por el Senado vulneró garantías básicas del debido proceso y, por consiguiente, disposiciones constitucionales.

Ríos integró el grupo minoritario de tres ministros que se pronunciaron a favor de la acción, frente a una mayoría de seis votos que rechazó el planteamiento.

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No existe ámbito inmune de la Constitución

Según explicó, su postura se basa en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que establece que los procedimientos de carácter político no están exentos del control constitucional ni del respeto a las garantías fundamentales.

“No existe ámbito inmune que no sea susceptible de control de constitucionalidad en nuestro Estado constitucional democrático”, expresó.

El ministro señaló que el Poder Judicial no debe evaluar el fondo de las decisiones políticas adoptadas por otros poderes del Estado, sino verificar si los procedimientos respetan la Constitución.

En ese sentido, aclaró que no analizó si existían o no causales para la pérdida de investidura, sino exclusivamente la legalidad y constitucionalidad del proceso seguido por el Senado.

Aplicación del reglamento del Senado

Uno de los puntos centrales de su disidencia fue la aplicación del reglamento del Senado. Ríos sostuvo que -aunque podía discutirse la constitucionalidad de la disposición que exigía una mayoría calificada para aprobar una pérdida de investidura- ello no justificaba dejar sin efecto el resto de las normas procedimentales.

A su criterio, el Senado ignoró reglas relacionadas con plazos de defensa y otras garantías esenciales, lo que dejó el procedimiento sujeto a la discrecionalidad de la mayoría parlamentaria.

Para el magistrado, la ausencia de una reglamentación previa aplicada al caso afectó el derecho de la entonces senadora a ser juzgada bajo normas preestablecidas. Por ello, concluyó que hubo una violación del debido proceso y, en consecuencia, de la Constitución Nacional.

“Desde el momento en que de facto se deja de aplicar el reglamento en el Senado para la pérdida de investidura, no se cumplió con ese requisito que uno debe ser juzgado por una disposición previa al proceso. Es decir, al no haber reglamentación previa, eso queda absolutamente a la discrecionalidad de la mayoría que claramente es incompatible con el debido proceso y con el Estado constitucional de derecho”, declaró.

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¿Caso Kattya González podría derivar en sanción al Estado?

Consultado sobre la posibilidad de que el caso llegue al sistema interamericano de derechos humanos, Ríos reconoció que existe la probabilidad de una eventual condena al Estado paraguayo si la afectada decide recurrir ante la Corte Interamericana.

Recordó antecedentes en los que Paraguay fue sancionado por decisiones que posteriormente fueron consideradas incompatibles con estándares internacionales.

Respecto al impacto de la resolución en la imagen de la Corte Suprema, consideró que las valoraciones dependerán de la posición de cada sector de la sociedad.

No obstante, destacó que el Tribunal emitió su decisión dentro del actual periodo constitucional y evitó postergar el fallo hasta que la controversia perdiera efectos prácticos.

No descarta presión extrajudicial

Sobre eventuales presiones externas, admitió que todos los poderes judiciales están expuestos a intentos de influencia por parte de sectores interesados en los conflictos sometidos a decisión. Sin embargo, evitó pronunciarse sobre si esas presiones tuvieron incidencia concreta en este caso.

También descartó una especulación sobre la fecha de emisión del fallo y señaló que los tribunales suelen evaluar el momento oportuno para dar a conocer sus resoluciones.

Ríos afirmó que el caso deja un precedente relevante sobre el control judicial de las decisiones políticas.

En cuanto al debate sobre la mayoría necesaria para aprobar una pérdida de investidura, reiteró que la cuestión requiere una interpretación constitucional más amplia y no puede resolverse únicamente mediante una lectura literal de las normas.