Ya el pasado 21 de julio, el presidente de la Cámara de Senadores, Basilio “Bachi” Núñez (ANR, cartista), emitió la resolución 2698 “por la cual convoca a concurso a las personas interesadas en postularse para los cargos de defensor del Pueblo y defensor del Pueblo adjunto”, fijando además como plazo desde mañana lunes 27 hasta el 10 de agosto para la presentación de los postulantes, pese a que existe controversia sobre los plazos, ya que el actual defensor del Pueblo, Rafael Ávila, había jurado en el cargo en septiembre de 2022, tras asumir desde la Defensoría adjunta en reemplazo de Miguel Godoy, que se vio forzado a renunciar antes de ser echado.
Posteriormente, en julio de 2023, para cubrir el cargo vacante de defensor del Pueblo adjunto dejado por Ávila al asumir la titularidad, la Cámara de Diputados designó a Natalia Sosa, quien actualmente ocupa el cargo y cuyo mandato debería ir hasta el 2028, pero cuyo mecanismo de sustitución ya incluye en este llamado del Senado.
La controversia con el “apuro” del Senado aumenta ante el hecho de que el artículo 277 de la Constitución es claro en establecer los plazos de mandato y los periodos de elección.
“El defensor del Pueblo gozará de autonomía e inamovilidad. Es nombrado por mayoría absoluta de dos tercios de la Cámara de Diputados, de una terna propuesta por el Senado y durará cinco años en sus funciones, coincidentes con el período del Congreso. Podrá ser reelecto. Además, podrá ser removido por mal desempeño de sus funciones, con el procedimiento del juicio político establecido en esta Constitución", señala taxativamente el art. 277 de la Constitución.
Incluso con el hecho de su asunción por la vía de la sustitución, en el caso de Ávila recién cumple el plazo de cinco años en septiembre del próximo año, mientras que Sosa lo hace en julio de 2028, respetando además la exigencia de que los mandatos son “coincidentes con el periodo del Congreso”.
Si bien Ávila cuenta con un pedido de desafuero en base a una acusación por supuesto desacato a una orden judicial planteada el año pasado, su permanencia en el cargo no está en duda.
Ávila fue consultado sobre el proceso de su sustitución y señaló simplemente que está analizando si es que se vuelve a postular en este llamado.
Requisitos que estableció el Congreso
Como anexo a la resolución del Senado, además se adjuntan los requisitos para ocupar ambos cargos, que son los siguientes:
- Fotocopia de cédula de identidad (autenticada)
- Certificado de antecedentes judiciales (original)
- Certificado de antecedentes policiales (original)
- Currículum Vitae (actualizado), junto con los certificados respaldatorios indicados en el mismo.
Dicha documentación puede ser presentada de forma digital al Senado, que luego iniciará el proceso de entrevista antes de la conformación de las ternas, las cuales posteriormente deberán ser remitidas a Diputados, para que de ellas se designe a un nuevo defensor del Pueblo y defensor el Pueblo adjunto.
