21 de julio de 2026

Caracas. Venezuela sumó este domingo otros 157 muertos por los devastadores terremotos del pasado 24 de junio, por lo que totalizan al menos 4.490 fallecidos, mientras que la cifra de heridos se mantiene en 16.740, según el balance oficial.
El artículo 1609 del Código Civil expresa: “… El asegurador queda liberado si el tomador o beneficiario provoca el siniestro, dolosamente o por culpa grave. Quedan excluidos los actos realizados para precaver el siniestro o atenuar sus consecuencias, o por un deber de humanidad generalmente aceptado…”.
La caducidad es un término que proviene del latín caducus, que significa “que cae”, y en materia de seguros es pues eso, el decaimiento del derecho del asegurado por la inejecución de una carga u obligación que le tiene impuesta en el contrato celebrado. El Art. 1579 del Código Civil expresa: “Cuando por este código no se ha determinado el efecto del incumplimiento de una carga u obligación impuesta al asegurado, puede convenirse la caducidad de los derechos de este, si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia de acuerdo con el siguiente régimen: a) si la carga u obligación debe cumplirse antes del siniestro, el asegurador deberá alegar la caducidad dentro del mes de conocido el incumplimiento. Cuando el siniestro ocurre antes de que el asegurador alegue la caducidad, sólo se deberá la prestación si el incumplimiento no influyó en el acaecimiento del siniestro, o en la extensión de la obligación del asegurador; y b) si la carga u obligación debe ejecutarse después del siniestro, el asegurador se libera por el incumplimiento si el mismo influyó en la extensión de la obligación asumida. En caso de caducidad corresponde al asegurador la prima por el periodo en curso al tiempo en que conoció el incumplimiento de la obligación o carga”.
Viajar en auto es muchas veces la opción más cómoda o incluso, en numerosos de los casos la única posible. Si el desplazamiento se realiza por Paraguay y se cuenta con un seguro en vigor no debería existir ningún problema en caso de sufrir un siniestro. Ahora bien, si se traspasan las fronteras el ámbito de cobertura de la póliza puede sufrir variaciones.