ANDE define cómo comprará energía solar: así funcionarán tarifas y venta de excedentes

Félix Sosa en traje oscuro gesticulando frente a una audiencia en un salón moderno, con pantalla mostrando gráficos detrás.
Félix Sosa, presidente de la Ande presenta Plan Maestro de Generación, en Constructecnia 2026.Silvio Rojas

La Administración Nacional de Electricidad (ANDE) detalló cómo funcionará el esquema tarifario para comprar la energía generada por privados bajo la Ley N.º 7599/2025, que regula la producción y comercialización de electricidad desde fuentes renovables no convencionales.

Durante la presentación del Plan Maestro de Generación 2024-2043, en Constructecnia 2026, el presidente de la ANDE, Ing. Félix Sosa, explicó las modalidades de venta de la energía generada por el sector privado, los criterios de fijación de precios y el sistema de compensación para usuarios e industrias.

La normativa, reglamentada mediante el Decreto N.º 6034/2026, habilita por primera vez la venta formal de excedentes de energía a la ANDE y a grandes consumidores, además de establecer reglas para exportación y generación a gran escala.

Sosa explicó que la ley establece cuatro modalidades de participación dentro del nuevo mercado eléctrico.

La primera es la autogeneración, que permite a usuarios residenciales o industriales instalar sistemas como paneles solares para autoconsumo y vender a la ANDE la energía que no utilicen.

“Hoy en día, si uno quiere instalar paneles solares en su casa puede hacerlo sin ningún problemas, pero no tenía la posibilidad de vender a la ANDE si le sobraba energía. En este caso, ya podrá vender ese excedente”, afirmó.

La segunda figura es la cogeneración, aplicable a industrias que produzcan energía dentro de sus procesos y puedan comercializar el remanente.

La tercera corresponde al generador, es decir, a empresas que participarán en licitaciones convocadas por la ANDE para ampliar la capacidad de generación instalada. Según Sosa, los contratos podrán extenderse hasta 30 años.

La cuarta modalidad es la exportación, destinada a empresas que generen electricidad exclusivamente para venderla a mercados externos.

Quién puede vender y bajo qué condiciones

De acuerdo con la ANDE, los autogeneradores y cogeneradores podrán vender energía tanto a la estatal como directamente a grandes consumidores de 30 MW o más. “Puede elegir a quién vender, a quien le ofrezca mejor tarifa”, explicó Sosa.

En esos casos, la tarifa será pactada libremente entre las partes. La ANDE no intervendrá en la fijación del precio ni en la negociación contractual, aunque sí participará mediante contratos del transporte cuando se utilicen sus redes de transmisión.

El esquema también contempla que un mismo generador pueda mantener contratos simultáneos con la ANDE y con grandes consumidores.

Así funcionará la tarifa de compra de la ANDE

Uno de los aspectos centrales del nuevo régimen es el mecanismo de fijación tarifaria. Para la energía interrumpible, como la generada por plantas solares sujetas a variaciones climáticas, la ANDE pagará el equivalente al costo medio de generación de la estatal.

Sosa explicó que esto aplica principalmente a pequeños autogeneradores, cuyos excedentes deben ser absorbidos obligatoriamente por la ANDE hasta 1 megavatio. “Autogeneración no es el negocio para vender a la ANDE; eso solamente permite no perder la energía sobrante”, explicó.

Para la energía no interrumpible, el cálculo incorporará otros factores: costo de generación, potencia disponible, servicios auxiliares y localización técnica. Entre esos servicios se incluyen mecanismos de regulación de tensión y soporte de estabilidad del sistema.

El titular de la ANDE aclaró que la suma de esos componentes no podrá superar la tarifa que la empresa estatal cobra actualmente al cliente en ese nivel de tensión. “Si no, va a perder”, resumió Sosa al referirse al límite económico que tendrá la compra de energía privada.

Compensación semestral para usuarios

La ANDE aplicará un sistema de conciliación semestral de facturación para los pequeños generadores. El mecanismo no compensará energía por energía, sino en valores monetarios.

Si al cierre de seis meses el cliente inyectó más valor energético del que consumió, la estatal deberá devolver la diferencia.

La normativa establece que las plantas de más de 1 MW deberán contar con licencia otorgada por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC). En tanto que las instalaciones iguales o inferiores a esa potencia solo requerirán registro.

Asimismo, todos los contratos y volúmenes comercializados deberán ser reportados tanto a la ANDE como al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).

Licitación en el Chaco

Como primera aplicación concreta del nuevo esquema, la ANDE iniciará una licitación pública internacional para una planta solar fotovoltaica en Loma Plata.

Según lo anunciado por Sosa, este será el punto de partida para replicar el modelo de contratación privada de generación renovable a nivel nacional.

“La ANDE tiene que ir inyectando nueva generación, entonces, cada año la ANDE va a ir haciendo licitaciones y la empresa generadora puede participar en esas licitaciones para poder, al ser adjudicada, firmar el contrato con la ANDE hasta 30 años”, detalló.

Al respecto, los objetivos establecidos en las proyecciones de la ANDE prevén la incorporación progresiva de un promedio de 800 MW (equivalentes a casi cuatro veces la capacidad de la Central Acaray) de generación fotovoltaica por año, un volumen que combina plantas de energía solar y sistemas de almacenamiento por baterías.