Los legisladores gustan llamarse “representantes del pueblo”, pero lo que con frecuencia hace una mayoría de ellos es sancionar leyes que van directamente contra los intereses de sus representados, aprobar generosos subsidios que no saldrán de sus bolsillos sino que los cargarán sobre toda la población, y beneficiar de diversa manera a su clientela política con miras a captar potenciales votantes. Dentro de esos criterios se puede ubicar la repudiable decisión adoptada anteayer en la Cámara de Diputados.
En efecto, en votación nominal y por amplia mayoría, los diputados resolvieron ignorar la Constitución, un fallo de la Corte Suprema de Justicia y el buen sentido, para que Itaipú Binacional pague unos 940 millones de dólares a 16.180 “exobreros” de la margen derecha, entre los que figuran politicastros y altos funcionarios de la entidad. De hecho, la mal llamada “compensación histórica” implicará un despojo al pueblo paraguayo, so capa de una mentirosa “sensibilidad social”, en beneficio de quienes, entre 1974 y 2002, mantuvieron una relación laboral con las firmas contratistas y subcontratistas. En otros términos, la entidad binacional citada asumirá las deudas ya prescritas de los “barones de Itaipú”, pese a que la responsabilidad solidaria quedó extinguida en virtud del intercambio de Notas Reversales del año 2000, aprobado por ley dos años más tarde.
Es improcedente, pues, que la infeliz iniciativa de los senadores Enrique Riera (ANR), Abel González (PLRA), Miguel Fulgencio Rodríguez (FG) y Gilberto Apuril (PH) invoque “el cumplimiento a los reclamos laborales de los derechos laborales y beneficios no percibidos, derivados del Tratado de Itaipú, sus Anexos y Protocolos Laborales” (sic). Por lo demás, en el acuerdo del intercambio de Notas Reversales se dice también que “Las relaciones laborales y de seguridad social de los trabajadores de los contratistas y subcontratistas de obras y de locadores y sublocadores de servicios, ocupados en las áreas delimitadas de acuerdo con el Artículo XVII del Tratado de Itaipú, se rigen por la legislación laboral y previsional del lugar de la celebración del contrato individual de trabajo”. Y bien, del art. 399 de nuestro Código del Trabajo se deduce que la acción para reclamar el pago de salarios prescribe al año de haber nacido, de modo que los agraciados el miércoles ya no podrían reclamar algo a la entidad binacional, incluso en el caso de que hayan tenido con ella alguna relación laboral, lo que no ocurrió. Según el art. 137 de la Carta Magna, el mencionado acuerdo internacional prevalecerá sobre el documento en cuestión, en caso de ser promulgado. Pero nada de esto interesa a la mayoría de los diputados, que solo piensan en esquilmar a los contribuyentes en beneficio propio o de sus clientelas, como suele ocurrir.
Los irresponsables legisladores que apoyaron el despropósito –treinta y seis colorados, veinte liberales y un independiente– ni siquiera sabían cuál será la fuente de financiamiento de la repartija con fines electoralistas. El art. 11 dice que “La compensación histórica (...) será abonada con recursos de la Entidad Itaipú Binacional, de acuerdo con los estudios técnicos, financieros y económicos presentados, que acompañan al presente proyecto y forman parte de la ley”. Aparte de que el enunciado “al presente proyecto de ley” mal puede aparecer en una ley, sus defensores no tuvieron a la vista los estudios referidos, en caso de que existan; los aprobaron, sin que en verdad integren la normativa, aunque no hayan tenido la menor idea de ellos: no podían haber sido más necios. En el recinto quedó pendiente, entonces, la pregunta de cómo financiar el costoso asunto, atendiendo que el Presupuesto es binacional y que, por tanto, se requeriría el consentimiento brasileño. A alguno se le ocurrió, como al presidente de la Unión Nacional de Extrabajadores de la Itaipú Binacional Margen Derecha, Milciades Areco, que el fardo podría trasladarse a las tarifas de los 1.500.000 usuarios de la ANDE: así de fácil resultaría satisfacer a un grupo de presión que llegó a amenazar a la senadora Desirée Masi (PDP), por oponerse a sus arbitrarias exigencias.
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Otra inaceptable alternativa sería que los Gobiernos departamentales y municipales dejen de recibir, durante dos años, las compensaciones por los territorios inundados por la represa o que el programa de becas universitarias del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo quede sin recursos durante 94 años, todo lo cual implicaría derogar o modificar las leyes respectivas. Lo dijo el ministro de Hacienda, Óscar Llamosas, al criticar severamente el disparatado proyecto de ley, al igual que el director general de Itaipú Binacional, Manuel María Cáceres, quien anunció desde ya una acción de inconstitucionalidad si la ley fuera promulgada. Llamativamente, hasta la fecha no se ha hecho sentir ningún gobernador, intendente o estudiante, pese a que podrían resultar muy afectados.
Por cierto, diez diputados abdistas votaron a favor del engendro, sumándose a los veintiséis cartistas; como lo mismo hicieron veinte liberales, cabe concluir que el Derecho y la razón no estuvieron nada bien representados en los partidos tradicionales.
El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, haría un gran favor al país si, escuchando al ministro desoído por sus propios partidarios en el Congreso, vetara in totum la iniciativa finalmente sancionada en claro perjuicio de una inmensa mayoría.