El Poder Ejecutivo busca un inaceptable cheque en blanco

Ya es suficientemente malo que el nuevo Gobierno inicie su gestión con una ampliación presupuestaria de 600 millones de dólares para lo que queda de este ejercicio 2023, a ser financiada con un nuevo fuerte aumento del endeudamiento público, para un período que abarca apenas un cuatrimestre de la primera parte de su mandato. Pero que, además, solicite amplias facultades para que el flamante Ministerio de Economía y Finanzas pueda disponer discrecionalmente de ese dinero y de otras partidas, asignando gastos a su antojo sin que estén previa y explícitamente justificados y presupuestados, en violación de la letra y del espíritu de la Constitución Nacional y contra los principios básicos de la administración pública y del derecho administrativo, es absolutamente inadmisible.

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Ya es suficientemente malo que, por las razones que sean, el nuevo Gobierno inicie su gestión con una ampliación presupuestaria de 600 millones de dólares para lo que queda de este ejercicio 2023, a ser financiada con un nuevo fuerte aumento del endeudamiento público, para un período que abarca apenas un cuatrimestre de la primera parte de su mandato. Pero que, además, solicite amplias facultades para que el flamante Ministerio de Economía y Finanzas pueda disponer discrecionalmente de ese dinero y de otras partidas, asignando gastos a su antojo sin que estén previa y explícitamente justificados y presupuestados, en violación de la letra y del espíritu de la Constitución Nacional y contra los principios básicos de la administración pública y del derecho administrativo, es absolutamente inadmisible.

El Poder Ejecutivo remitió al Congreso el proyecto de ley “por el cual se establecen medidas extraordinarias de gestión para las finanzas públicas”, con el que no solo pide la aprobación de una emisión de bonos del Tesoro de 600 millones de dólares, un aumento del tope del déficit fiscal de 2023 del 2,3% al 4,1% del PIB (casi el doble), la suspensión de la aplicación de diversos artículos de varias leyes para poder cambiar el destino de fuentes de recursos, sino que, mucho peor todavía, la facultad de “proceder a la ampliación de los ingresos, gastos y financiamiento dentro del Presupuesto General de la Nación del corriente año, a los efectos de realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para la utilización de los recursos no comprometidos de préstamos y bonos que hayan sido aprobados por ley”. En pocas palabras, un cheque en blanco.

Los motivos alegados son los mismos de siempre: las sequías, las inundaciones, el alza del precio internacional de la energía por la guerra en Ucrania, las bajas recaudaciones en comparación con las (infladas) estimaciones de ingresos y, por supuesto, la excusa preferida: la pandemia del covid. Nada de eso justifica saltarse olímpicamente las normas institucionales más elementales de la República.

El Ministerio de Economía sostiene que las cuentas se han venido maquillando para adecuarse artificialmente a los topes del déficit, al no contabilizar deudas vencidas con proveedores del Estado, especialmente de obras públicas y salud. Por este hecho, impulsa un saneamiento para saldar los atrasos, que, dicho sea de paso, primero eran de 300 millones de dólares, después de 400, después de 500 y ahora de 600.

Asegura que “el proceso de cancelación de los mismos será realizado en base a una revisión exhaustiva de la correspondencia de lo reclamado con lo proveído”, como si simplemente tuviéramos que creerles. No es así como se tienen que hacer las cosas, sino al revés. Primero se tiene que hacer la “revisión exhaustiva”, después la cuantificación estricta, después ponerlo a consideración del Poder Legislativo para presupuestar los fondos necesarios con su respectiva fuente de financiación, y solo después, previa aprobación, ejecutar.

Como su propio nombre y la doctrina lo indican, el “pre-supuesto” es anterior al gasto, no posterior, como sugiere este proyecto de ley, y la sanción del Presupuesto General de la Nación es una atribución y un deber del Congreso de la Nación, según lo establece taxativamente el artículo 202, numeral 5, de la Constitución Nacional. En contrapartida, ningún inciso del artículo 238, De los deberes y atribuciones del Presidente de la República, lo autoriza a gastar al margen del Presupuesto, y es sabido que en derecho público, por el principio de la legalidad, todo lo que no está expresamente permitido está prohibido.

Por lo tanto, ni el Congreso puede delegar una función constitucional ni el Poder Ejecutivo puede arrogarse facultades no contempladas en la Constitución, por más que el oficialismo quiera imponer su mayoría y aprobar cualquier desparpajo, lo cual sería un atropello al Estado de Derecho y un peligro para el manejo de la cosa pública. Por supuesto que todos querrían gobernar sin tener que someterse a los controles institucionales ni lidiar con las distintas fuerzas políticas, pero es así como se debe hacer en una democracia. Solo faltaría que decretasen la dictadura temporal para atribuirse la suma del poder público con “carácter de excepción”.

En una ocasión, Eligio Ayala, siendo ministro de Hacienda, recibió una nota del entonces primer mandatario José P. Guggiari solicitándole un rubro para un asistente, a lo que le contestó de puño y letra, en la misma hoja, con su firma, lo siguiente: “Si el Presidente de la República quiere un secretario fuera de presupuesto, que lo pague de su bolsillo”. Gracias a ese rigor Paraguay tuvo la salud financiera y el ahorro necesarios para enfrentar luego la Guerra del Chaco. Necesitamos más de ese tipo de paraguayos.

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