Corte da trámite a acción de esposa de senador liberal, que reclama gratificación

La sala constitucional de la Corte Suprema de Justicia dio trámite a la acción de inconstitucionalidad planteada por Mirtha Elizabeth Benítez Machuca, esposa del senador Éver Villalba (PLRA). La acción fue promovida contra una ley que le restringe percibir gratificaciones como comisionada a la Entidad Binacional Yacyretá.

El senador Éver Villalba junto a su pareja, Mirtha Elizabeth Benítez Machuca, en una foto extraída de Facebook.
El senador Éver Villalba junto a su pareja, Mirtha Elizabeth Benítez Machuca, comisionada a Yacyretá.

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Por Auto Interlocutorio (AI) N° 2013 del 12 de diciembre de 2023, la Sala Constitucional resolvió “dar trámite” a la acción presentada por la esposa del senador liberal Éver Villalba, Mirtha Elizabeth Benítez Machuca y en consecuencia corrió traslado a la Fiscalía General del Estado para que expida su dictamen. La admisión de la acción lleva las firmas de los ministros César Diesel, Gustavo Santander y Eugenio Jiménez Rolón.

La parte actora alega que el acto normativo impugnado infringe las disposiciones contenidas en los artículos 3, 9, 46, 92, 137, y 145, de la Constitución Nacional.

La acción de inconstitucionalidad, presentada por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, es contra el Art. N° 8 inciso a) de la Ley N° 6622/2020Que establece Medidas de Racionalización del Gasto Público” y su respectiva reglamentación Art. 25 inciso “a” (Reglamentación del Art. 8º) del Decreto N° 4899 de fecha 24 de febrero de 2021 “Por el cual reglamenta la ley 6622/2020″.

La justificación para la admisión de la acción

Los ministros de Corte sostienen que habiendo analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente el agravio como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el artículo 554 del Código Procesal Civil.

Accionó para percibir gratificaciones en EBY

Mirtha Elizabeth Benítez Machuca fue comisionada el 4 de agosto de este año del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) a la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), según la Resolución N°26.659, firmada por el entonces director Nicanor Duarte Frutos, es decir, antes de la toma de poder de Santiago Peña del 15 de agosto.

El comisionamiento del MEC fue firmado por el anterior ministro de Educación, Nicolás Zárate.

La mencionada resolución aceptó su comisionamiento hasta el 31 de diciembre de este año, y dispuso, provisoriamente, el pago de gratificación mensual de G. 5.000.000.

Alegó que no percibe doble remuneración

Entre los argumentos que sostiene Benítez Machuca en su acción se puede leer: “trabajar en la EBY en mi carácter de comisionada no viola la ley en cuanto a la doble remuneración, pues la doble remuneración está prohibida solo para evitar percibir del Estado Paraguayo dos remuneraciones”.

Agregó: “No es el caso pues Yacyretá es una empresa binacional, con marcos legales propios y el pago de bonificación acorde a mi trabajo en la misma no constituye inmoralidad al no provenir de los fondos del Estado paraguayo, sino de una entidad binacional”.

“No distingue una turbina de una licuadora”

Durante su exposición en la sesión del Senado del 30 de agosto de 2023, la senadora Celeste Amarilla había cuestionado duramente a su colega Éver Villalba por apoyar la designación de Luis Benítez como director para la EBY.

“Nada de lo que dijo el colega Éver Villalba lo hace apto como director de la Entidad Binacional Yacyretá (por Luis Benítez). El hecho de que su padre haya sido una buena persona, que haya tenido una empresa de transporte, que era guarda, que era chofer (...) Todo eso es sumamente loable, lo felicito por tener un padre trabajador, pero no lo hace apto a usted”, agregó.

Sin embargo, lo que trascendió posteriormente, era que el apoyo del senador Villalba, para la designación de Luis Benítez, tenía como trasfondo que su pareja Mirtha Elizabeth Benítez Machuca, había sido comisionada justamente a la Entidad Binacional Yacyretá.

La ley atacada de inconstitucional

La accionante Benítez Machuca atacó el artículo 8° de la Ley N° 6622 “Que establece medidas de racionalización del gasto público”.

La mencionada ley tiene por objeto establecer medidas de racionalización de las compras y contrataciones superfluas, fijar topes a las remuneraciones asignadas al funcionario público, y establecer otras medidas orientadas a lograr una mayor eficiencia en la utilización de los recursos públicos.

Taxativamente, el art. 8° dispone: Condiciones para los entes binacionales:

El Poder Ejecutivo articulará los medios requeridos para que las Entidades Binacionales Itaipú y Yacyretá integren en los respectivos cuerpos normativos que rigen dichas instituciones lo siguiente:

a) Que ningún funcionario público ni autoridad de representación popular podrá percibir remuneraciones de las entidades binacionales mientras perciba una remuneración pública”.

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