El Tribunal de Apelación Penal, Especializado en Crimen Organizado, integrado por Paublino Escobar, Arnulfo Arias y Camilo Torres, confirmó por Acuerdo y Sentencia (AyS) N° 8 la Sentencia Definitiva (SD) N° 4 del 5 de enero de 2026, a través de la cual fue condenada a 6 años de pena privativa de libertad Presentación Rivas Ávalos, conocida como Ña Nena, por el hecho de trata de personas con fines de explotación sexual. Fue detenida en 2023 en la operación Guaraní.
El fallo fue dictado por el Tribunal de Sentencia, presidido por Pablino Barreto Alfonso e integrado por Juan Alberto Dávalos Bogarín y Anselma Inés Galarza Careaga. La acusación en el caso la había presentado la fiscala Juan Carina Sánchez Fernández.
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En el caso de Presentación Rivas Ávalos (59), el colegiado en mayoría la condenó a 6 años de privación de libertad que deberá cumplir en el Complejo Penitenciaría para Mujeres Privadas de Libertad (Comple), mientras que paraa la otra acusada por el caso Rosineide Duarte Medina (45), los jueces en forma unánime dictaron la pena de 3 años de encierro.
Para el caso de ambas, el Tribunal de Sentencia declaró probada la comisión del hecho de trata de personas con fines de explotación sexual, según lo establecido en el artículo 5°, inciso 1° de la Ley N° 4788 de protección integral contra la trata de personas.

Rechazo unánime de agravios señalados por la defensa
Los abogados Oscar Tuma y Rodrigo Sanabria, quienes ejercen la defensa de Presentación Rivas Ávalos, plantearon la apelación especial contra la SD N° 4. Señalaron como agravio la construcción de la condena con base solamente en testimonios “de supuestas víctimas que nunca fueron individualizadas en el debate”.
Sobre este punto el preopinante Paublino Escobar indicó, que las víctimas están en condición de testigos protegidos en el Reino de España, donde declararon ante las autoridades y el Ministerio Público contrastó esas manifestaciones mediante diligencias, por lo que a su consideración, la defensa no puede agraviarse porque las mismas no declararon ante el Tribunal de Sentencia.
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Otro agravio referido por la defensa de la hoy condenada, que se aplicó erróneamente la figura del artículo 5 de la Ley N° 4788. “La defensa sostiene que la sentencia no demuestra que la señora Presentación Rivas haya tenido conocimiento real, que haya querido el resultado ni que haya tenido dominio del hecho, por lo que solicita la absolución”, se extrae del AyS N° 8.
Sobre este otro agravio, Escobar analizó que “el dolo en el delito de trata de personas podría demostrarse principalmente mediante pruebas indiciarias ya que, elemento subjetivo especial, es decir la intención o el propósito no es directamente demostrable sino más bien se deduce por actos externos graves”.
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Añadió así que “el Tribunal inferior valoró correctamente en su conjunto todas las pruebas aportadas por el ministerio público es decir las declaraciones de las víctimas, las comunicaciones, los documentos, las pruebas materiales y financieras que se realizaban de manera constante, se pudo demostrar que la conducta de la condenada respondía a una planificación, coordinación y un beneficio esperado”.
Y también que “la defensa pretende que la conducta sea considerada como una prestamista ocasional, lo cual tampoco se condice con lo realmente acontecido”, según la plasmado por el camarista Escobar en su análisis.
Igualmente la defensa apunto otros agravios como la sentencia contradictoria, la valoración lógica, así como la violación del estándar de certeza en materia penal y del principio in dubio pro reo, los cuales fueron rechazados por el miembro del Tribunal de Apelación. A las opiniones de Paublino Escobar se adhirieron en el mismo sentido y voto Camilo Torres y Arnulfo Arias.
Operación Guaraní: ofrecían trabajo, pagaban pasajes y la explotaban para pagar la deuda
De acuerdo con los antecedentes señalados en la acusación fiscal y lo que se probó en juicio, entre junio y octubre de 2022, las mujeres que hoy están en calidad de testigos protegidos en España, viajaron hasta este país con la intención de trabajar y mejorar su calidad de vida.
La decisión la tomaron, en vista a que en Paraguay venían atravesando un difícil momento económico. Una de ellas aprovechó la invitación que le hizo una amiga para ir a trabajar a España, quien la puso en contacto con una paraguaya residente en el país europeo y a quien la conocían como “Isa” y fue identificada como Isabel Martínez.
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Tras el contacto, fue Martínez ,el que se encargó de costear el pasaje a través de Presentación Rivas Ávalos, a quien se la conocía como “Ña Nena”. La última de hecho fue quien le entregó los pasajes a la mujer para que viajase a España, además de la suma de 1.000 euros, la reserva de hotel y también, la adiestró para superar los controles migratorios.
Fue así que en el año 2022 la víctima viajó junto con “Isa”, quien le pagó los boletos del viaje, informándole que debía devolver la cantidad de 2.000 euros por eso. Sin embargo, una vez que llegó a España, Isabel le indicó que la deuda ya era de 3.000 euros por los billetes.
Empero, la mujer, al llegar a España le entregó la suma de 1.000 euros en efectivo, que debía devolverle a “Ña Nena”, que también le había entregado la reserva del hotel que al final no utilizó.
La otra víctima, recibió la oferta de parte de Rosineide Duarte, alias Rosy, quien le informó que trabajaba con “Ña Nena”, a quien presentó como la dueña de una agencia de viajes.

Captación de mujeres para enviarlas a España
El 2 de octubre del 2022, la segunda víctima se trasladó desde su ciudad natal hasta la Estación de Buses de Asunción, de donde Presentación Rivas la buscó y luego la trasladó hasta su domicilio en Lambaré. Ahí, ya estaban otras cuatro mujeres. Posteriormente, Rivas les comentó que en España iban a desempeñarse en un buen trabajo que les daría beneficios económicos.
Sin embargo, Presentación Rivas en ningún momento les advirtió que los beneficios financieros los obtendrían ejerciendo la prostitución. Bajo engaños, Presentación Rivas, les entregó los pasajes, la reserva de hotel y la suma de 800 euros a cada una, y también les adiestro para superar los controles migratorios y luego las llevó al aeropuerto.
En el adiestramiento que, según sus declaraciones recibieron las víctimas, debían manifestar ante la consulta del motivo de su viaje a España, que iban como turistas antes de que se inicie el invierno y que su fecha de retorno a Paraguay era el 13 de octubre.
En esta operativa, era Rosincide Duarte la encargada de mantener el primer contacto con las víctimas, para luego conectarlas con los demás miembros de la organización; en Paraguay con Presentación Rivas y en España, con Isabel Martínez y los demás integrantes del grupo, que se encargaban de controlar los pisos de citas, donde las víctimas fueron forzadas a ejercer la prostitución.
Una vez en España las mujeres fueron recogidas por un español conocido como Jorge Hernández Carabias, que resultó ser el esposo de Isabel, quien las llevó hasta el piso de citas en la ciudad de Córdoba, donde fueron obligadas por ambos a ejercer la prostitución, debido a que debían saldar la deuda que habían contraído para viajar.
En el tiempo que estuvieron bajo esa situación, no se les permitía ir al médico en las ocasiones en que sufrían de alguna afección en su salud, tampoco disponían de las sumas de dinero que pagaban los clientes, ya que se les descontaba entre el 40% y 60% del costo del servicio sexual.
