Los ministros Víctor Ríos Ojeda, Gustavo Santander Dans y Manuel Ramírez Candia votaron por declarar inconstitucional la Resolución N° 431 de la Cámara de Senadores, que resolvió la pérdida de investidura parlamentaria de la entonces senadora Kattya Mabel González Villanueva, en fecha 14 de febrero de 2024.
A criterio de estos integrantes de la máxima instancia judicial, la Cámara Alta violó la Resolución N° 429/2023, ya que dicho reglamento estaba vigente al momento de tratarse la pérdida de investidura de Kattya González; por lo tanto el Senado requería de una mayoría de dos tercios (30 votos) para concretar la expulsión, no solo de 23 legisladores como ocurrió.
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Además, los tres ministros de Corte afirmaron que la Cámara de Senadores violó el derecho a la defensa, consagrado en el Artículo 17 de la Constitución Nacional, ya que Kattya González no tuvo tiempo suficiente para preparar su defensa tras la presentación del libelo acusatorio en su contra.
Consideraron incluso que la expulsión de Kattya González de la Cámara de Senadores, constituye un hecho de violencia política en contra de la mujer y que para la pérdida de investidura de un parlamentario es atribución del Tribunal Superior de Justicia Electoral, no de las cámaras del Legislativo.
Senado “pulverizó el debido proceso”, según Víctor Ríos
Para el ministro Víctor Ríos Ojeda, el primero que votó por hacer lugar a la acción y declarar inconstitucional la expulsión de Kattya González del Senado, resulta evidente que la Cámara Alta “ha pulverizado el derecho al debido proceso, en un acto de notoria arbitrariedad”, violando no solo artículos de la Constitución Nacional y el Derecho internacional, sino también situando al Paraguay en un escenario de regresión institucional.
Destacó que la Resolución N° 429/2023, que reglamentó el debido proceso que debe regir para la pérdida de investidura dentro de la Cámara Alta, estaba vigente al momento de tratarse la expulsión de Kattya González del Senado, sin embargo el cuerpo legislativo, al prescindir de dicho reglamento, vulneró el núcleo esencial de los derechos fundamentales que la Constitución Nacional garantiza a todo ciudadano sometido a un proceso sancionatorio.

Al respecto, Ríos Ojeda remarca que pretender aplicar una mayoría simple para la pérdida de investidura de un Senador de la República, constituye una solución interpretativa que favorece desproporcionalmente a las mayorías coyunturales, en detrimento de las minorías parlamentarias.
Agrega que convalidar el estándar de la mayoría simple significaría reducir la representación democrática a una condición de precariedad, donde la permanencia en el cargo dependería del beneplácito del grupo mayoritario y no del cumplimiento de la ley.
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“La utilización de maniobras jurídicas en detrimento de la razón normativa y de la protección de las minorías coyunturales, constituye un ejercicio abusivo del derecho. En una República, no se puede pretender desmantelar el pluralismo político, pues la verdadera institucionalidad reside en la capacidad de las mayorías de autolimitarse frente a la tentación de utilizar la norma como un arma de exclusión contra sus adversarios”, resalta el ministro Víctor Ríos en una parte de su voto.
Expulsión de Kattya es “violencia política contra la mujer”
Por su parte el ministro Gustavo Enrique Santander Dans afirmó que la exclusión de Kattya González del Senado contiene rasgos que podrían ser categorizados como violencia política en su condición de mujer, porque la acción de pérdida de investidura realizada por la Cámara Alta impidió que siga ejerciendo su derecho pasivo o de representación del electorado, que se encuentra garantizado en el Artículo 17 último párrafo de la Constitución Nacional, según fundamentó.

“La exclusión del seno del Congreso de la señora Kattya Mabel González Villanueva no es un hecho aislado, por contrario, es consecuencia de la también exclusión histórica de las mujeres de la política y del derecho constitucional; y viola sus derechos constitucionales garantizados en el Art. 117 de la Constitución”, resaltó en su voto.
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Santander Dans agregó que Kattya González debió someterse a un proceso judicial ante la Justicia Electoral para procederse o no a la cesación del mandato por la causal de uso indebido de influencias fehacientemente comprobado. Al respecto, el ministro concluyó que solamente ante la Justicia Electoral la entonces senadora tendría garantizado el ejercicio amplio de su derecho a la defensa porque es la institución judicial competente para juzgar sobre su título de Senadora de la República.
A criterio del Gustavo Santander la Cámara de Senadores, al no ser la autoridad apropiada para dictar o decretar la pérdida de investidura porque carece de tal atribución constitucional, la resolución de pérdida de mandato o de investidura de la Senadora Kattya González Villanueva incumple con el principio de validez.
Se violó el derecho a la defensa, según Ramírez Candia
El ministro Manuel Dejesús Ramírez Candia, miembro natural de la Sala Penal de la Corte, fue el tercer y último voto a favor de la acción de inconstitucionalidad de Kattya González, con el argumento que la Cámara de Senadores violentó las reglas del debido proceso sancionado, previstas en los artículos 16 y 17 de la Constitución Nacional.
Sobre el punto, Ramírez Candia puntualiza que al no entregarse a la acusada el libelo acusatorio con la anticipación necesaria para preparar su defensa, se ha violado el Art. 17.7 de la Carta Magna, que establece que toda persona sometida a la pretensión sancionadora del Estado tiene derecho a la comunicación previa y detallada de la imputación, así como disponer de copias, medios y plazos indispensables para la preparación de su defensa.

“La omisión de este requisito constitucional resulta evidente de la lectura del acta de la sesión extraordinaria puesto que: 1) uno de los intervinientes en el debate reconoció que el libelo acusatorio fue divulgado en la prensa por lo que la afectada debía conocer, 2) el tiempo de duración del tratamiento del tema de un poco más de una hora”, resalta parte del voto de Ramírez Candia.
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A criterio del ministro del máximo tribunal también se violó el reglamento interno de la Cámara de Senadores, que establece el procedimiento de pérdida de investidura (Resolución N° 429 del 20 de diciembre de 2023) puesto que, conforme con la discusión y decisión de la sesión, solo se discutió la mayoría establecida en el Art. 11 de dicho reglamento y fue derogado, pero no se ha alterado el procedimiento de pérdida de investidura que establece los trámites para el efecto y dicho trámite no se cumplió.
