Ministros de Corte incurrieron en graves omisiones para sostener su fallo contra Kattya

Kattya González presenta su séptimo urgimiento a la Corte.
Exsenadora Kattya González en la Corte Suprema de Justicia.

El que la Resolución 429/2023 que reglamenta la expulsión de senadores no se encontraban vigente fue el punto central del argumento de los cuatro ministro de la Corte Suprema de Justicia que fallaron en contra de la acción de inconstitucionalidad de la senadora expulsada Kattya González; sin embargo omitieron al menos tres admisiones de la vigencia por parte del entonces presidente del Congreso, Silvio “Beto” Ovelar (ANR, HC) y una sesión extraordinaria previa.

Encabezados por el actual presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón, los ministros de Corte, Luis María Benítez Riera, Carolina Llanes y César Diesel argumentaron su voto en contra de la acción de constitucionalidad presentada por la exsenadora Kattya González alegando que el reglamento (Resolución que establecía -entre otras cosas- que se requerían 30 votos para echar a la legisladora, entró en vigencia recién el 15 de febrero de 2024, al día siguiente de su expulsión.

El argumento de Martínez Simón, al que se adhirieron los demás citados, alega que si bien la Resolución 429/2023 aprobada por la mayoría cartista y aliados el 20 de diciembre de 2023, no entró en vigencia hasta el 15 de febrero del 2024 debido a que supuestamente recién se aprobó el acta anterior en la sesión en la que se expulsó a González (14 de febrero).

Esto ya que el artículo 11 de la citada resolución señalaba que “la presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación”, y para los ministros de la Corte, la aprobación se consuma no con la votación del 20 de diciembre de 2023, sino con la aceptación del acta el 14 de febrero de 2024.

Sin embargo, los ministros de la Corte omitieron que en al menos tres ocasiones el entonces propio presidente de la Cámara de Senadores, Silvio “Beto” Ovelar (ANR, HC), admitió la vigencia desde su aprobación.

En dos ocasiones se llevó a votación este reglamento (una para la aprobación y luego para un rectificación), Beto Ovelar mencionó: “Suficiente mayoría. Aprobado. Se incorpora al ordenamiento de esta Cámara de Senadores, esto no rige para la Cámara de Diputados”.

A esto hay que sumarle que ese mismo de 20 de diciembre de 2023, inmediatamente después de la aprobación de la Resolución 429/2023, se desarrolló una sesión extraordinaria solicitada por el senador cartista Derlis Maidana para tratar el ascenso de policías.

En este punto, llama la atención, que si bien está el registro audiovisual irrefutable de la extraordinaria, en el Sistema de Información Legislativa (SILpy) no aparece dicha sesión ni el acta correspondiente.

No obstante, ante la duda puntual si regía el reglamento ese 14 de febrero de 2024, el senador Eduardo Nakayama (Liberal) le preguntó puntualmente al secretario de la Cámara Alta, Antonio Sánchez sobre la vigencia del reglamento en cuestión, y el propio Beto Ovelar respondió que estaba vigente.

“Señor secretario, ¿está vigente la resolución 429 o está derogada?“, consultó Nakayama, seguido de un momento de silencio de desconcierto.

“Señor secretario, le pido, por favor, que me conteste si está vigente o derogada la resolución 429″, insistió el legislador, ante lo cual tanto el secretario como el entonces presidente del Senado respondieron: “No, no está derogada”. “No está derogada. Entonces, quiere decir que está vigente”, enfatizó el legislador.

Pese a dejar eso asentado en los registros (acta de sesiones del 14 de febrero de 2024) la Corte consideró que la resolución en cuestión supuestamente no estaba vigente.

“Si esa resolución establece 30 votos para que se pueda proceder con la pérdida de investidura y si esa resolución establece que solamente puede ser modificada o derogada con la cantidad de 30 votos, entonces quiere decir que todo lo que se está haciendo aquí o se pretende hacer es nulo de nulidad absoluta. Eso, primero, para que quede constancia y le sirva posteriormente a la colega en la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, había apuntado Nakayama.