El juez Penal de Garantías Especializado en Crimen Organizado, Osmar Legal, admitió la imputación a la abogada Carmen Analía Cibils Miñarro, formulada el 18 de mayo de 2026 por los fiscales Belinda Bobadilla, Jorge Arce y Leonardi Guerrero, por los hechos de prevaricato y uso de documentos públicos de contenido falso, dentro del caso conocido como la mafia de los pagarés.
Es preciso señalar que el juez Osmar Legal se encuentra interinando a su colega Humberto Otazú, encargado del juzgado Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos N° 1, ante el cual se tramita la actual causa penal.
Legal también dispuso el cumplimiento de medidas alternativas a la prisión preventiva para la exjueza de Paz de La Encarnación. Entre estas, se citan las prohibiciones de cambiar de número de celular, de acercarse al Juzgado de Paz de La Encarnación y de comunicarse por cualquier medio con funcionarios de dicha sede judicial.
También la obligación de residir en el mismo domicilio denunciado en el marco del proceso y de presentarse entre los días 1 y 10 de cada mes al juzgado, para firmar el libro de comparecencia.

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Asimismo, el magistrado aceptó la fianza real ofrecida del inmueble con Matr. N° 26.043, manzana 2, Lote 18, con Cta. Cte. Ctral. N° 19-0725-51, propiedad de Carmen Analía Cibils Miñarro, y en consecuencia trabar el embargo preventivo hasta cubrir el monto de G. 300.000.000.
Jueza dio trámite a notificación en el exterior
En la causa N° 135, junto con Analía Cibils fueron imputados el actuario Ricardo Ramón Cuevas (39), la ujier notificadora Audrey Jazmín Galeano Mora (27) y la representante de la firma PH SA, Thalia Desiree Benítez Faría (32), por supuesto prevaricato, producción inmediata de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso, como cómplices. En el caso de Benítez Faría, como presunta instigadora del prevaricato.
Se hace mención a que, en un expediente, la notificación de citación a reconocer firmas a la demandada no se habría practicado por parte de la ujier Audrey Galeano.
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En tal sentido, se presume que la jueza Carmen Analía Cibils, a petición de la abogada demandante Thalia Benítez, dio trámite a la preparación de la acción disponiendo la notificación ordinaria, siendo que el domicilio denunciado era en Tucumán, Argentina.
Por su parte, la citada jueza se basó en un informe practicado por el ujier Audrey Galeano, de que supuestamente se diligenció la notificación. Luego, nuevamente a pedido de la abogada Thalia Benítez, Cibils dictó resolución judicial, previo informe del actuario Ricardo Cuevas, que declaró tener por reconocidas las firmas atribuidas a la deudora, estampadas en los pagarés.
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Estos hechos fueron noticiados a través del Oficio N° 199 del 23 de abril de 2025, firmado por la jueza de Paz interina de La Encarnación, Susana Granado, quien comunicó la detección de una notificación con indicios de falsedad en el expediente “PH Sociedad Anónima c/Andrea Balbuena Galeano, N° 6807/202”.
De esos hechos surge la orden de disponer la notificación ordinaria por parte de la jueza Analía Cibils, cuando que el domicilio consignado era en territorio argentino; y luego, la supuesta notificación practicada por la ujier Audrey Galeano en ese país.