Mafia de los pagarés: exujieres serán beneficiados con salida procesal, a pedido de Fiscalía

Mafia de los pagarés
Miembros de la Coordinadora de Víctimas de la Mafia de los Pagarés durante la manifestación frente al Congreso Nacional.Lilian Acosta

La Fiscalía General del Estado ratificó el pedido de suspensión condicional del procedimiento para dos exujieres del Juzgado de Paz de La Encarnación (Asunción), Audrey Jazmín Galeano Mora y Alfredo René Benítez Cabrera, procesados en el caso mafia de los pagarés. Al inicio de la causa ambos fueron imputados junto a la entonces jueza de Paz Carmen Analía Cibils Miñarro.

La fiscal adjunta Gilda Villalba Tottil, interina de la Unidad de Delitos Económicos Económicos y Anticorrupción, ratificó el pedido de suspensión condicional del procedimiento para los procesados en la mafia de los pagarés Audrey Galeano y Alfredo Benítez, exujieres del juzgado de Paz de La Encarnación.

El requerimiento de la fiscala adjunta fue presentado ante el juez de Garantías Especializado en Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia, quien en la audiencia preliminar dictó el trámite de oposición al planteamiento realizado en audiencia preliminar por la fiscala anticorrupción Belinda Bobadilla.

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Con este requerimiento ratificado por la fiscalía adjunta, el juez Rodrigo Estigarribia deberá hacer lugar a la suspensión condicional del procedimiento para Audrey Galeano y Alfredo Benítez, de conformidad a lo establecido en el artículo 358 del Código Procesal Penal.

Ambos exujieres fueron procesados junto a entonces jueza de Paz de La Encarnación Carmen Analía Cibils Miñarro, quien renunció al cargo y debe afrontar juicio oral y público; como autores de la supuesta producción inmediata de documentos públicos de contenido falso y cómplices del hecho punible de prevaricato.

Conductas de ujieres en mafia de los pagarés

En su requerimiento la fiscala adjunta Gilda Villalba resalta que los elementos de convicción recolectados pueden permitir al Ministerio Público sostener la existencia de las conductas atribuidas a los ujieres notificadores Alfredo René Benítez y Audrey Jazmín Galeano, consistentes en los tipos penales de producción inmediata de documentos públicos de contenido falso, en calidad de autores; y prevaricato en carácter de cómplices.

“Los ujieres estaban en conocimiento pleno de las circunstancias reales del hecho, que las notificaciones (a las víctimas de la mafia de los pagarés) no fueron realizadas y dejaron asentado falsamente en sus informes que realizaron las notificaciones”, remarca parte del escrito de 13 páginas presentado por la fiscala adjunta.

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Agrega que los entonces ujieres notificadores del juzgado de Paz de La Encarnación tenían la capacidad de materializar el hecho punible de producción inmediata de documentos públicos de contenido falso; ya que eran los funcionarios encargados de labrar los documentos en los que se dejaban constancias que las víctimas eran supuestamente notificadas.

Rodrigo Estigarribia, juez de Garantías Especializado en Delitos Económicos; y la actuaria Gabriela Benítez Yambay.
Rodrigo Estigarribia, juez de Garantías Especializado en Delitos Económicos; y la actuaria Gabriela Benítez Yambay.

Sin embargo, la fiscala adjunta Gilda Villalba Tottil afirma que ambos pueden ser beneficiados con la suspensión condicional del procedimiento, ya que una eventual condena no superaría la pena a dos años de cárcel, además que los imputados admitieron los hechos imputados y demostraron voluntad de reparar el daño causado.

Exujieres admitieron hechos y quieren reparar daño

Al ratificar el pedido de suspensión condicional del procedimiento, la fiscalía adjunta remarca que tanto Audrey Galeano como Alfredo Benítez han comparecido al llamado del Ministerio Público, ejercieron su defensa material, colaboraron de manera eficaz con la investigación fiscal.

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Sobre el punto destaca que los exujieres aportaron datos y elementos de prueba que son importantes, con el propósito de acreditar no ya los hechos punibles en la causa mafia de los pagarés, sino los móviles y fines de los autores e instigadores del tipo penal de prevaricato.

Fiscales Belinda Bobadilla y Jorge Arce, dos de los agentes del Ministerio Público encargados del caso mafia de los pagarés.
Fiscales Belinda Bobadilla y Jorge Arce, dos de los agentes del Ministerio Público encargados del caso mafia de los pagarés.

“Ante esta situación se debe tener en cuenta la finalidad de la pena, contexto en el cual se debe sopesar entre lo que se espera de una posible condena y la idoneidad de la aplicación de una pena, razón por la que, a criterio de esta representación fiscal Audrey Jazmín Galeano Mora y Alfredo René Benítez Cabrera pueden acogerse al beneficio de la suspensión condicional del procedimiento”, puntualiza el escrito fiscal.

Al requerir la salida procesal el Ministerio Público solicita, como periodo de prueba, el plazo de un año y ciertas reglas de conductas a ser impuestas por el Juzgado de Garantías Especializado en Delitos Económicos a cargo de la presente causa.

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Finalmente, la fiscalía adjunta resalta que esta figura procesal es aplicable al caso concreto, no solamente por cuestión de política criminal y economía procesal, sino porque la moderna legislación, en materia procesal, ofrece salidas alternativas al proceso ordinario que, cumplidas con los presupuestos de admisibilidad, conllevan a la culminación del proceso penal, prescindiendo de la última etapa del proceso, que es el juicio oral y público.