¿Qué pasa si no voto?

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Pese a que la legislación nacional estipula que el voto es obligatorio, no existe una institución que sancione el incumplimiento de esta ley. En países de la región, en cambio, existen severas sanciones, que llegan incluso hasta la “muerte civil”.

La Ley Nº 834/86, del Código Electoral Paraguayo, establece que el voto constituye un deber de todo paraguayo, por lo que todo ciudadano inscripto en el padrón electoral debe acudir a las urnas para cumplir con esta obligación, en este caso, el domingo 15 de noviembre para elegir a autoridades municipales.

"El ejercicio del sufragio constituye una obligación para todos los ciudadanos habilitados, cuyo incumplimiento será sancionado conforme lo establece el artículo 332 de este Código", expresa el artículo 4° de la citada normativa.

Sin embargo, pese a que la legislación establece una multa de medio a un jornal mínimo para aquellos que no cumplen con su deber cívico, hasta hoy no existe una reglamentación. Es decir, no está determinado quién aplicaría la sanción, pues el organismo electoral del Estado (TSJE) no es un ente de recaudación.

"El problema es que no hay un organismo encargado de cobrar la multa (no se estableció un órgano perceptor, o sea, quién va a cobrar", explicó Carlos María Ljubetic, asesor del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), en conversación con ABC Color.

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Indicó que la Constitución Nacional, por la Ley 635/95, la que organiza la Justicia Electoral, en sus atribuciones no habla de una competencia de esta institución para cobrar multa alguna "y como en derecho administrativo, lo que no está permitido, está prohibido, entonces no hay forma de cobrar", señaló.

Ljubetic refirió que otros países de la región, en cambio, establecen castigos drásticos para aquellas personas que no ejerzan su deber de sufragio. El más drástico de todos, según consideró, es Perú, que establece consignar un sticker en la propia cédula de identidad del ciudadano a la hora de votar. "La cédula tiene como unas cuadrículas y en vez de darte un certificado de votación, te ponen una especie de calcomanía en la cédula de identidad", explicó para seguidamente agregar que de no cumplir con la votación, la cédula queda prácticamente inutilizable para otro tipo de gestión, "o pagás la multa o sos un muerto civil", dijo.

Añadió que en este país, las multas por no participar en las elecciones se pagan en cualquier entidad bancaria.

En cuanto al caso de Uruguay, señaló que aquellas personas que no voten en comicios de su país, pierden incluso el derecho a la educación, al no poder inscribirse a una facultad, o la imposibilidad de postularse a becas. Indicó que tampoco se pueden acceder a cargos en el funcionariado público.

La Ley Nº 834/86, del Código Electoral Paraguayo, establece quienes no pueden votar: A continuación, quienes no pueden ser electores:

a. Los interdictos declarados tales en juicio;
b. Los sordomudos que no sepan hacerse entender por escrito o por otros medios;
c. Los soldados conscriptos y clases de las Fuerzas Armadas y Policiales y los alumnos de institutos de enseñanza militar y policial;
d. Los detenidos o privados de su libertad por orden de juez competente;
e. Los condenados a penas privativas de libertad o de inhabilitación electoral; y,
f. Los declarados rebeldes en causa penal común o militar.

a. Las personas mayores de setenta y cinco años de edad;
b. Los magistrados del fuero electoral y el personal judicial afectado a los actos comiciales;
c. Las personas que por razones de trabajo, sumariamente justificadas ante la autoridad judicial del lugar, se hallen a más de cincuenta kilómetros del local en que les corresponde sufragar;
d. Los enfermos imposibilitados de trasladarse a la sede en que les correspondería sufragar, toda vez que tal situación resulte comprobada con el certificado de su médico tratante o de la dirección de la intitución asistencial donde se halle internado; y
e. Las personas que desempeñan funciones en los servicios públicos cuya interrupcción no fuere posible. 

ABC Color habilitó un especial por las elecciones municipales. Un sitio donde podrá consultar desde su lugar de votación, quiénes son los candidatos de cada distrito y cuáles son los principales problemas en cada municipio.

Además de este especial, ABC Televisión transmitirá de forma ininterrumpida el día de las elecciones desde tempranas horas. La transmisión podrá verse en la página principal www.abc.com.py o en www.abc.com.py/abc-tv/ en todo el país y en el exterior a través de internet, que nos permite llegar a los compatriotas que no están en el país y que estarán atentos a los resultados.

Para acceder al especial de ABC Color, hacer clic aquí.