Los abogados Gustavo González Planás y Rodrigo González Planás, defensores del exministro de Emergencia Nacional Joaquín Daniel Roa Burgos, presentaron recurso extraordinario de casación contra el Acuerdo y Sentencia N° 3 del 13 de marzo de 2026, dictado por el Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, que confirmó la condena a 8 años de cárcel para el ex secretario de Estado.
La defensa de Roa pide a la Sala Penal de la Corte que anule el fallo dictado por los camaristas Paublino Escobar, Camilo Torres y Arnulfo Arias; quienes habían confirmado la Sentencia Definitiva N° 663 del 22 de diciembre de 2025, dictada por el Tribunal Especializado en Delitos Económicos integrado por las juezas Elsa García (presidenta), Sonia Sánchez y Ana Rodríguez Brozón.
Lea más: Cámara ratifica condena del exministro de SEN Joaquín Roa a 8 años de cárcel
En ese sentido, los representantes del ex ministro de Emergencia piden que la máxima instancia judicial disponga la absolución de Joaquín Roa o, en su defecto, ordene el reenvío del expediente para un nuevo juicio oral a cargo de otro Tribunal de Sentencia.
La condena a 8 años de cárcel para Joaquín Roa es por los hechos de cohecho pasivo agravado (coima), lesión de confianza, administración en provecho propio, lavado de dinero y lavado de activos, que fueron probados en el juicio oral por el fiscal anticorrupción Silvio Corbeta.
Por su parte, el empresario Alberto Koube Ayala fue condenado a 6 años de prisión por los hechos punibles de lesión de confianza, como instigador, soborno agravado, administración en provecho propio, también como instigador, lavado de dinero y lavado de activos.
Lea más: Exministro de SEN Joaquín Roa pasará 8 años en la cárcel
Argumentos de Joaquín Roa contra condena por corrupción
En el escrito de casación presentado el pasado 26 de marzo, la defensa de Joaquín Roa afirma que hay una fundamentación insuficiente por parte del Tribunal de Apelaciones, al momento de confirmar la sentencia de primera instancia, porque los camaristas no se refirieron a los agravios expuestos en el recurso de apelación y recurrieron a “frases rutinarias genéricas” para fundar la resolución.
La defensa agrega que el Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado no estudió el reclamo contra la decisión que hizo lugar al incidente de inclusión de la declaración los peritos Sergio Salinas y Ramón Colman, como testigos del Ministerio Público. Agrega que los camaristas solo refirieron que “no pueden realizar una valoración probatoria”, cuando el pedido había sido la revisión de la aplicación de la ley procesal.

Además, los representantes del exministro de la SEN resaltan que el tribunal de alzada no atendió el reclamo contra la violación del principio de congruencia en relación al regalo de bodas que hizo Alberto Koube a una de la hijas de Joaquín Roa, para un tour por Europa. La defensa sostiene que este hecho no formó parte de la indagatoria al encausado, no fue incluido ni en la acusación ni en el auto de apertura a juicio, mucho menos de los alegatos iniciales del Ministerio Público.
Lea más: Empresas de Koube competían entre sí y eran beneficiadas con adendas
La defensa sostiene también que los camaristas no atendieron los reclamos en contra de la “sentencia arbitraria” que dictó el tribunal que juzgó la causa, tampoco respecto a la contradicción en la fundamentación del perjuicio patrimonial que sufrió la SEN; y que el tribunal de alzada incurrió en una fundamentación deficiente con respecto al agravio por la interpretación extensiva de la ley.
“No puede existir cohecho y administración en provecho propio sobre la misma porción de hechos”, resalta parte del recurso planteado por la defensa ante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que debe resolver si hace lugar al pedido del exministro Joaquín Roa o deja firme la sentencia.
Licitaciones amañadas por G. 16.080 millones
En el juicio oral quedó probado que Joaquín Roa, en el periodo entre enero de 2018 y diciembre de 2021, se desempeñó como ministro de la Secretaría de Emergencia Nacional y que durante este tiempo direccionó licitaciones por un total de G. 16.080.000.000, a varias empresas vinculadas a Alberto Koube Ayala.
Lea más: Joaquín Roa direccionó licitaciones por G. 16.000 millones a Koube
La presidenta del tribunal, Elsa García, puntualizó que la coima de parte de Alberto Koube al entonces ministro Joaquín Roa quedó probada a través de la entrega de la embarcación Azimut AZ 42 y el pago del tour por Europa.

En ese sentido, la magistrada resaltó que durante su administración Joaquín Roa “aceptó una embarcación de la marca Azimut AZ42, ofrecida por Alberto Koube, importada por el Grupo Tapyracuai SA, el 16 de agosto del 2018”.
García también expresó al momento de dar a conocer la sentencia que, “con la finalidad de disimular el fin de la embarcación, a cambio de direccionar las licitaciones, Joaquín Roa y Alberto Koube confeccionaron un contrato de compraventa, en la que el Grupo Tapyracuai SA, representado por Koube, vendía una embarcación por valor de US$ 450.0000 a Roa”.
Lea más: Empresas de Koube eran “mimadas” de la SEN en gestión de Joaquín Roa, afirman testigos
Alberto Koube era el beneficiario final
En cuanto al empresario Alberto Koube Ayala, enjuiciado también en la “causa madre” del caso A Ultranza Py, para el Tribunal de Sentencia quedó probado que el empresario Alberto Koube era quien estaba detrás de las licitaciones ofrecidas por la SEN. En este sentido, era él quien tomaba las decisiones y obtenía los beneficios con las adjudicaciones de las mismas, en cada llamado.
Además, todos los procesos de licitaciones fueron simulados ya que era Alberto Koube era el beneficiario final, de acuerdo con lo remarcado por el Tribunal Especializado en Delitos Económicos en la Sentencia Definitiva N° 663 del 22 de diciembre de 2025.

Al finalizar el juicio oral el Tribunal de Sentencia dispuso el levantamiento del arresto domiciliario para el exministro Joaquín Roa y dictó su libertad ambulatoria. Así también, además de la pena física, se le impuso la sanción adicional de inhabilitación especial por 5 años para ocupar cargos públicos.
Lea más: El yate que tumbó a un ministro del Ejecutivo por el caso a Ultranza Py
Los jueces decretaron el comiso especial de la embarcación Azimut AZ 42, así como el mantenimiento de la medida cautelar de secuestro sobre la misma y que quede a cargo de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico); además, decretó la medida de embargo preventivo sobre dicho bien, que fue la moneda de cambio entre Roa y Koube por direccionar las licitaciones.
