El diputado Orlando Gabriel Arévalo Zielanko aseguró, ante una consulta de este medio periodístico, que su participación y apoyo al candidato propuesto por el cartismo para integrar el Consejo de la Magistratura (CM), Abog. Enrique Berni, se sustenta en lo que dispone la ley.
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En ese sentido, el titular del JEM, manifestó que conforme al Art. 6° de la Ley 6814/21 “Que regula el procedimiento para el enjuiciamiento y remoción de magistrados judiciales, agentes fiscales y defensores públicos”, no prohíbe ni restringe la participación de sus legisladores miembros de éste órgano extrapoder, para participar en actividades políticas. En el mismo sentido, en este caso, se trata de una reunión del ámbito gremial del foro de profesionales del derecho, que asimismo no tiene restricciones para que no pueda participar de dichos eventos.
Si bien es cierto, el mencionado artículo del JEM prohíbe las actividades comerciales, políticas y de otras índoles a otros miembros, pero sin embargo, dispensa de esta restricción a los miembros que provienen del Parlamento Nacional, indicó Arévalo.
“En mi caso particular, no estoy ejerciendo candidatura alguna para el Consejo de la Magistratura, ni ocupando otro cargo que tenga incompatibilidad, por lo que este encuentro gremial no se encuentra restringido no prohibido por normas que afecten las mencionadas incompatibilidades del referido artículo”, explicó el diputado.
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Ley 6.418 que regula el JEM
El artículo 6° de la mencionada ley dispone taxativamente: “Los miembros del Jurado, sin perjuicio de las incompatibilidades que les son propias como integrantes del órgano que los designan, tendrán las mismas incompatibilidades previstas para los magistrados Judiciales. Quedan exceptuadas las funciones legislativas y las actividades políticas para los miembros designados por las Cámaras del Congreso”.
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Las restricciones de la Constitución Nacional
Por su parte, el artículo 254 – De las incompatibilidades, prevista en la Carta Magna, dispone para los magistrados:
“Los magistrados no pueden ejercer, mientras duren en sus funciones, otro cargo público o privado, remunerado o no, salvo la docencia o la investigación científica, a tiempo parcial. Tampoco pueden ejercer el comercio, la industria o actividad profesional o política alguna, no desempeñar cargos en organismos oficiales o privados, partidos, asociaciones o movimientos políticos”.
No afecta al orden ético
El diputado Arévalo de igual manera indicó que su participación en actividades gremiales como de ésta índole, no afectan las cuestiones relacionadas con la ética, en su desempeño como miembro del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Para el legislador, no hay transgresión ética por participar en reuniones gremiales porque los abogados no se encuentran en el ámbito de enjuiciamiento por parte del Jurado, por lo que mal podría decirse que pueda haber algún tipo de injerencia o influencia hacia los trabajadores del derecho, indicó.
Esta tesis se refuerza más aún porque los funcionarios públicos, llámense jueces, fiscales y defensores públicos, no participan de las elecciones de abogados representantes para el Consejo de la Magistratura, ya que estos trabajadores del Estado han sido excluidos del padrón por decisión de la misma Corte Suprema de Justicia, aseguró.
Sobre los mencionados administradores de justicia, sí, -en todo caso- el Jurado podría tener algún tipo de influencia, pero esto ya fue aclarado y por lo tanto quedan fuera de la injerencia del Jurado porque como ya se explicó fueron excluidos los funcionarios públicos del padrón eleccionario.
Proyecto para reglamentar actividades gremiales

De igual manera, Arévalo explicó que el Jurado bajo la presidencia del diputado Rodrigo Blanco se había presentado un proyecto de prohibiciones para estos tipos de actividades gremiales pero hasta ahora no se tiene aún reglamentación, y al no poder ser debatido este proyecto en la sesión del JEM, no han podido ser consideradas todavía.
Arévalo hizo un paralelismo con los miembros Oscar Paciello y Jorge Bogarín (con permiso en el Jurado), porque inclusive el primero de los nombrados se presentaría como candidato para un nuevo periodo como representante de los abogados ante el Consejo de la Magistratura.
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El diputado indicó que la mención, especialmente a Paciello, fue al solo efecto de dar un ejemplo que la ley no restringe la participación de un miembro en actividades gremiales de los profesionales del derecho, por lo que la ciudadanía no tendría que ver con malos ojos este tipo de actividades por parte de los integrantes del JEM, dijo finalmente.
