Ayer, miércoles, el Ministerio Público ratificó su imputación al exministro de Obras Públicas y precandidato presidencial colorado Arnoldo Wiens por supuesta lesión de confianza, en el marco de una causa sobre el fracaso del proyecto de establecimiento de un sistema de metrobús en el área metropolitana de Asunción.
La Fiscalía imputó a Wiens por presunta lesión de confianza y daño a obras construidas, responsabilizándolo del fracaso final del proyecto del metrobús por decisiones sobre el mismo que tomó cuando era ministro de Obras Públicas, durante el gobierno de Mario Abdo Benítez (2018-2023), incluyendo modificaciones al contrato con la empresa adjudicada Mota Engil y la destrucción de estaciones que ya habían sido construidas.
El Ministerio Público -representado en el caso por los fiscales Yeimy Adle, Giovanni Grisetti y Nathalia Silva– se ratificó en su imputación luego de que el juez interino de la causa, Osmar Legal, rechazara la imputación calificándola de “deficiente”.
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Tras la ratificación de la Fiscalía, el juez Humberto Otazú admitió la imputación y convocó a Wiens para una audiencia de imposición de medidas programada para el próximo 12 de marzo. Sin embargo, el juez solo admitió imputación por una de las calificaciones jurídicas expuestas por el Ministerio Público: la de supuesta lesión de confianza.
Daño a obras construidas no aplicaría

En conversación con ABC Cardinal este jueves, el juez Otazú explicó que, según el análisis hecho por el Juzgado al acta de imputación y el requerimiento de ratificación presentados por el Ministerio Público, las supuestas conductas expuestas por la Fiscalía se circunscriben a lo que el Código Penal establece como lesión de confianza, no así al presunto hecho de daño a obras construidas.
Explicó que el artículo 159 del Código Penal, que habla de daños a obras construidas o medios técnicos de trabajo, se refiere explícitamente a bienes que sean “propiedad de otro”.
Ese requisito, según interpreta el Juzgado, no aplicaría a Wiens y la destrucción de las paradas del metrobús debido a que las estaciones eran propiedad del Estado y Wiens, como ministro de Obras Públicas, era representante del mismo Estado.
“¿Quién es el otro acá si él representa al Estado?”, subrayó el juez.
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Sin embargo, el juez Otazú enfatizó que su interpretación es una “calificación primaria”, como son todas las calificaciones hechas en la etapa preparatoria de un proceso penal.
Añadió que el hecho de que el Juzgado solo haya admitido la imputación por lesión de confianza no significa que el Ministerio Público no pueda indagar a Wiens por el supuesto delito de daño a obras construidas o cualquier otra conducta penal que eventualmente pueda surgir en su investigación.
Wiens alega que quieren bajar su precandidatura presidencial
Arnoldo Wiens y su defensa mantienen que la imputación en su contra por el caso metrobús tiene motivaciones políticas y busca frenar su precandidatura a la presidencia de la República, un proyecto electoral que lleva adelante en representación de una facción disidente de la Asociación Nacional Republicana (ANR, Partido Colorado).
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Luego del anuncio de su imputación, Wiens insinuó que esta es producto de un acuerdo entre el oficialismo cartista en la ANR, el presidente Santiago Peña y ministros de la Corte Suprema de Justicia que se reunieron en secreto con el mandatario a finales de 2025.
Recusado por Miguel Prieto

El juez Otazú se refirió también a la recusación presentada en su contra por el exintendente de Ciudad del Este y también virtual candidato presidencial –por la oposición- Miguel Prieto, en el marco de una causa conocida como “Tajy”, sobre supuestas irregularidades en la compra de alimentos por parte de la Municipalidad esteña.
La Fiscalía alega que hubo irregularidades en la compra de alimentos por más de 300 millones de guaraníes para familias de escasos recursos que realizó en 2020 la Municipalidad de Ciudad del Este bajo administración de Prieto.
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El argumento de Prieto y su defensa para recusar al juez Otazú es que este no admitió una serie de pruebas presentadas por el exintendente en otra causa abierta en su contra, conocida como “Tía Chela”, también relacionada a supuestas compras irregulares de alimentos.
El juez Otazú defendió su actuación en la causa “Tía Chela” y señaló que la defensa de Prieto presentó “más de 3.000 testigos”, de los cuales solo 300 o 400 reunían los requisitos para aportar a la causa. Agregó que las pruebas digitales presentadas por la defensa fueron admitidas “casi en su totalidad”, con la excepción de aquellas presentadas en forma de audio.
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“Si uno mete un video con audio está llevando adelante una declaración y eso está prohibido, para eso están los testigos”, dijo el juez.
Otazú cuestionó el “comportamiento procesal” de la defensa de Prieto y afirmó que siempre dio “todas las garantías” al exintendente y a todos los demás encausados.
