El abogado Rodrigo Yódice, defensor del banco Atlas, sostuvo que la reciente incorporación de estos documentos al expediente cambia por completo el escenario jurídico. “Esto no es sino la confirmación de la entera manipulación del sistema de administración de justicia y, sobre todo, de persecución penal”, afirmó.
Resaltó que, si bien ellos tenían conocimiento de esos acuerdos, no tenían elementos probatorios al respecto y tampoco formaba parte de la carpeta penal hasta que tanto la hija de Nicolás Leoz como la esposa confirmaron su existencia durante una declaración recientemente.
Según explicó, lo más relevante es el hecho de que fue omitido durante todo el proceso. “Esta causa penal fue iniciada de manera espuria, ilícita, ilegal, ilegítima, ocultando cuestiones sumamente relevantes”, cuestionó.
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Para la defensa, esa omisión es determinante porque el acuerdo extingue la base misma del caso. “Ese presunto perjuicio patrimonial fue total y absolutamente reparado y, consecuentemente, existía una causal de extinción de la acción penal”, señaló.

Reparación total y fin del conflicto penal
Yódice detalló que la familia del fallecido dirigente deportivo Nicolás Leoz firmó acuerdos reparatorios integrales con la Conmebol y pagó 51 millones de dólares.
“Entre la viuda y las hijas entregan a la Conmebol cincuenta y un millones de dólares”, indicó, destacando que el monto supera los 44 millones mencionados como daño en auditorías realizadas durante el proceso en contra de Atlas.
El abogado explicó que este dato es central desde el punto de vista legal. “En los hechos punibles de naturaleza patrimonial, una causal de extinción de la acción penal es precisamente la reparación integral del daño”, sostuvo.
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A partir de eso, planteó una contradicción de fondo en la causa: “Si está extinguida la acción penal respecto al hecho principal, ¿cómo puede existir un proceso por lavado de activos? No puede haber”, insistió.
Según el defensor, este acuerdo impacta de manera “directa, irreversible, irrebatible a la acción penal del Ministerio Público”.

Un acuerdo oculto durante años
Más allá del contenido, el defensor resaltó el ocultamiento de este acuerdo durante varios años por parte de la Conmebol. “La presunta víctima sabía desde el año 2020 que no tenía ningún derecho material de persecución penal. Sin embargo, en el año 2021 hacen la denuncia y omiten el acuerdo”, denunció Yódice.
Según detalló, esa omisión se mantuvo en todas las etapas del proceso. “Durante la denuncia, la imputación y la querella adhesiva, en todo momento se ocultó este acuerdo”, afirmó.
Recién a días del requerimiento conclusivo, y tras un pedido de la defensa, los documentos fueron incorporados a la carpeta fiscal hace dos días. Para el abogado, este punto es el más grave, pues “se ocultó deliberadamente un elemento que impedía el inicio mismo de la acción penal”.
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La causa “queda sin sustento”, sostiene
Con la aparición de los acuerdos, la defensa sostiene que la causa pierde su base jurídica. “La Fiscalía carece del derecho material para continuar esta acción penal”, afirmó Yódice al ser consultado sobre las consecuencias procesales.
Incluso señaló que ahora el Ministerio Público debería solicitar el sobreseimiento definitivo por falta de elementos para continuar. “La reparación integral del daño extingue la acción penal en hechos de naturaleza patrimonial”, insistió.
Además, aseguró que la Fiscalía fue inducida a actuar sin información completa. “La Fiscalía fue inducida al error por la ocultación deliberada de este acuerdo”, sostuvo.
Una causa que, según la defensa, “no debió existir”
El abogado también cuestionó la solidez de la investigación y las pruebas presentadas. “No existe una sola documentación que acredite los extremos de la imputación”, afirmó, calificando la hipótesis fiscal como “una especulación no comprobada”.
Finalmente, insistió en que el daño institucional ya está hecho. “Los perjuicios ocasionados son terribles, cuando se omitió algo tan esencial que impacta directamente en la posibilidad de continuar la causa”, expresó.
Para la defensa del banco Atlas, la conclusión es que “este acuerdo fulmina la causa penal”, puesto que elimina el fundamento legal que permitía su existencia.
