Antes de 1991 en Paraguay no había divorcios y miles de personas vivían en separaciones y uniones de hecho. También eran llamados “situaciones extramatrimoniales”, “concubinos” o “amancebados”, y según recuerdan testigos de la época, miles de compatriotas iban a casarse a Clorinda o Formosa, Argentina.
El país dejaba una larga dictadura stronista (1954-1989) y el Congreso electo en mayo de 1989 tenía muchas prioridades en salud, tierras mal habidas y otras, pero una de ellas fue crear una ley de Divorcio Vincular.
El trámite sería polémico, pero debía finiquitarse antes de las elecciones de los miembros para la Convención Nacional Constituyente, principal objetivo político y social. Sin embargo, en ese entonces, la Constitución vigente de 1967 declaraba que la religión oficial del Paraguay era la Católica y que el requisito para ser presidente era profesar la religión “católica, apostólica y romana”, y era bien sabido que la Iglesia no estaba de acuerdo con la ley.
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El primer paso ocurrió el 27 de noviembre de 1990 cuando la Cámara de Senadores aprobó, con 17 votos a favor y 11 en contra, la ley de Divorcio Vincular cuyos proyectistas eran los colorados Abraham Esteche Troche y Carlos Zayas Vallejos.
El ambiente estaba tenso debido a la oposición de entidades tales como el Colegio de Abogados del Paraguay, la Asociación de Abogadas del Paraguay y de la propia Iglesia Católica.

Testigos recuerdan la brillante exposición del liberal Evelio Fernández Arévalos, quien explicó que la falta de esta figura jurídica ocasionaba serios perjuicios a muchos ciudadanos a quienes se les negaba el derecho a rehacer sus vidas. Señaló que los actos matrimoniales, tanto civiles como religiosos, pertenecían a dos universos totalmente diferentes, de manera que no podían ser mezclados. Agregó que se tomó como modelo la ley argentina de divorcios.
El proyecto fue remitido a la Cámara de Diputados pero no se trataría hasta nueve meses después en agosto de 1991, interín se daban protestas de grupos conservadores y religiosos.
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Madres advertían suicidios y el descenso de la población
Grupos religiosos se mantenían en el constante lobby en el Parlamento. El grupo denominado “Madres al servicio de la Familia” advertía en comisiones legislativas que la ley traería “la aparición de nuevas generaciones de personas sin concepto de familia, de valores morales, sentido de la vida, que solo se transmiten a través de la familia estable, y que fomentaría la drogadicción, suicidios, violencia juvenil”.
También alertaron de abandonos masivos de bebés, la baja de la natalidad y el envejecimiento de la población.

Pese a esto, la Cámara de Diputados trató el proyecto el 20 de agosto de 1991. Fue aprobado en general y se introdujeron modificaciones (sobre la tenencia de los hijos y los apellidos de las divorciadas) por 49 votos a favor y 14 en contra. El debate inició a las 9:00 y se extendió hasta las 20:00.
“La Iglesia fue benevolente con nosotros ya que no amenazó con excomulgarnos como ocurrió en otros países”, dijo Carlos Galeano Perrone, quien votó en contra.
El tratamiento continuó dos días después y durante el debate hubo protestas de laicos que expresaron su rechazo al proyecto que consideraban que atentaba contra el principio católico de la “indisolubilidad del matrimonio”. Era presidente de la Cámara Baja José Antonio Moreno Ruffinelli.
La CEP y Mons. Livieres Banks protestaron
Tras la aprobación en Diputados, la Conferencia Episcopal Paraguaya (CEP) emitió un comunicado que decía: “Elevamos nuestra voz de pena y protesta por este gravísimo atentado a instituciones fundamentales de la vida humana, como son el matrimonio y la familia”.
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El comunicado fue firmado por el titular de la CEP, monseñor Jorge Livieres Banks, quien años después sería acusado de numerosos abusos sexuales a menores, pero su caso nunca fue esclarecido por la Justicia.
En la Universidad Católica (UCA), todo docente que expresara su apoyo al proyecto era separado de sus funciones.

El texto fue devuelto a la Cámara de Senadores, instancia que el 19 de setiembre y sin mucho debate, aprobó con 18 votos a favor y varias abstenciones; los cambios introducidos por la Cámara de Diputados y la ley quedó sancionada. Era el presidente del Senado, Gustavo Díaz de Vivar.
La expectativa aumentaba y el entonces presidente de la República, Andrés Rodríguez, no firmaría el decreto de promulgación hasta el 1 de octubre de 1991.
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Al día siguiente, los diarios de tirada nacional ya traían anuncios de estudios jurídicos que ofrecían iniciar juicios de divorcio en todo el país.
Iniciaba una nueva era y una lucrativa “industria” en los Tribunales. Días después la política y la sociedad volvieron a centrarse en las elecciones para convencionales constituyentes de 1992 y el resto, como se dice, es historia.
