27 de septiembre de 2026
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) dio inicio a un programa de profesionalización orientado a la aplicación de herramientas jurídicas y gestión, enfocado en la nueva Ley de la Función Pública y Servicio Civil.
De acuerdo a los lineamientos internacionales, hemos de graficar todo lo que se representa en materia de negociaciones y de actividades diversas concernientes a los funcionarios públicos; pues bien, la referencia inmediata la encontramos en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que dimensiona la gravedad y las amenazas que plantea la corrupción para la estabilidad y seguridad de las sociedades financieras, en particular la delincuencia organizada y la delincuencia económica, incluido el blanqueo de dinero.

En 2003 se había aprobado la anterior reforma de la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Sector Público o Caja Fiscal, pero la misma ha sido perforada a lo largo de las décadas por medio de leyes que cambiaron los parámetros de jubilación de los distintos sectores civiles y no civiles de la función pública.
Definitivamente, hemos de apreciar los diversos tecnicismos jurídicos que rigen dentro de nuestro entorno sistémico y, en tal efecto, se propone un recorrido por el tipo legal denominado “administración en provecho propio”, que se encuentra vinculado a la Ley N° 2523/04 “Que previene, tipifica y sanciona el enriquecimiento ilícito en la función pública y el tráfico de influencias”.

La nueva Ley de la Función Pública y del Servicio Civil crea un Sistema de Denuncias para reportar irregularidades en concursos públicos, cuya coordinación podría quedar a cargo del MEF y la Contraloría. Aunque la norma refuerza el mérito, la igualdad y la transparencia, el mecanismo aún no fue reglamentado, mientras la región muestra modelos con arbitraje independiente y reclamos sin paralizar procesos.

Veinte años después de la primera ley de la Función Pública, el Gobierno impulsa una nueva etapa de cambios con la vigencia de la Ley 7445/2025 “De la Función Pública y del Servicio Civil”. Los decretos reglamentarios que emitieron evidencian límites en su aplicación, porque dejan fuera a instituciones públicas autónomas y postergan el cronograma de selección por concurso de la alta dirección pública, de acuerdo con un análisis de Horizonte Positivo.