15 de enero de 2026

Con la creación del Registro Unificado Nacional, que fusiona varias instituciones públicas, se concretó también un retroceso en el acceso a la información pública. Desde ayer, miércoles, se deshabilitó la opción de visualizar a los propietarios de inmuebles en el portal de Catastro, clave para acceder a información que ayude a destapar graves casos de corrupción pública.

A partir de la creación del Registro Unificado Nacional (RUN), la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) desde enero tendrá a su cargo la determinación del valor fiscal de los inmuebles. Este nuevo sistema, que comenzará a regir desde el 14 de enero, busca unificar los trámites en la sede de Registros Públicos.

Con la puesta en marcha del Registro Unificado Nacional (RUN), el Estado busca cerrar una histórica descoordinación entre Catastro y Registros Públicos que, durante años, complicó trámites y desgastó a los usuarios, según reconocieron autoridades. Desde el 15 de enero, los principales registros vinculados a bienes operarán bajo una sola estructura.

El Poder Ejecutivo emitió el Decreto 5181/2025, por el cual se fija el nuevo valor fiscal inmobiliario, que será del 4,1% para el periodo 2026, porcentaje que resulta de la inflación acumulada hasta noviembre del presente año. Esto servirá de base imponible para la determinación del impuesto inmobiliario correspondiente al periodo, informaron desde el MEF.

El Registro Unificado Nacional (RUN) entrará en vigencia el 15 de enero de 2026, informó ayer el asesor jurídico de la Presidencia de la República, Roberto Moreno. El RUN fusiona tres entidades: Registros Públicos, Dirección Nacional de Catastro y el Departamento de Geodesia y Agrimensura.

En la Jornada Notarial 2025, especialistas internacionales y nacionales coincidieron en que la implementación del Registro Unificado Nacional (RUN) solo será efectiva si va acompañada de un notariado fuerte, regulado y tecnológicamente preparado. Además, recordaron que los escribanos cumplen un rol clave en la prevención del lavado de activos y que requieren una ley orgánica que ordene y fortalezca su función.