La Cámara de Senadores por mayoría aprobó esta tarde el proyecto de Ley de Reforma de la Caja de Jubilaciones del sector público, con modificaciones, por lo que tendrá una segunda vuelta en Diputados. Esto en medio de manifestaciones de los sectores afectados, principalmente del sector docente que desde tempranas horas coparon el microcentro de la capital, además de protestas en todo el país.
La última reforma se dio en este ámbito fue en el año 2003, durante la administración de Nicanor Duarte Frutos y Dionisio Borda como ministro de Hacienda
En sesión extra, los senadores debatieron como único punto, el proyecto de Ley de Reforma del régimen de jubilaciones del sector público. En medio de un amplio debate a favor y en contra de los cambios sugeridos a último momento tras presión de los docentes, los legisladores dieron su aprobación al proyecto de Ley en base a las recomendaciones de la Comisión de Hacienda y Presupuesto.
Con los cambios aprobados en Cámara Alta, el proyecto vuelve a Diputados para una segunda vuelta. Aunque en principio se dijo que se busca aprobar la reforma esta semana, al parecer en Cámara Baja hay desacuerdos con los términos aprobados.
Principales cambios en reforma de caja fiscal
Una de las modificaciones importantes introducidas al proyecto de Ley es el establecimiento de un aporte estatal del 10% (de implementación inmediata), a diferencia de la versión de Diputados que establecía un aporte escalonado entre 1% y 5%, mientras que en el régimen actual esto no está contemplado.
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Asimismo, también se aprobó aumentar del 16% al 19% el aporte de los trabajadores de los sectores deficitarios, según la versión de los diputados.
Edad mínima de 53 años
En el caso de la jubilación ordinaria, la versión del Senado contempla para los sectores de Magisterio Nacional, docentes universitarios y magistrados judiciales, el trabajador que deberá contar con al menos 25 años de aporte y 53 años de edad, accediendo a una tasa de sustitución del 78%. Este porcentaje podrá incrementarse gradualmente hasta alcanzar el 90%, en la medida en que el trabajador continúe prestando servicios, según el proyecto.
En lo que respecta a la jubilación extraordinaria del Magisterio Nacional, continuará conforme a la disposición vigente para el sector, destinada a casos de enfermedad o incapacidad. En estas situaciones el trabajador puede acceder al beneficio con un mínimo de 10 años de aporte y con una tasa de sustitución del 40%.
Se aprobó también establecer un periodo de transición para que de esta manera, los trabajadores del Magisterio Nacional que cuenten con más de 20 años de aporte puedan optar por regirse por las disposiciones de la legislación vigente, o por las reglas de la nueva ley que eventualmente sea promulgada.
Cambios para las fuerzas públicas
Para el sector de las fuerzas públicas (policías y militares) se aprobó la edad mínima de 55 años para la jubilación ordinaria, frente a 57 años de la versión Diputados. También se flexibilizó la tasa de sustitución de haberes del 75% al 90% en la versión aprobada por Senadores.
Senado también aceptó incluir las modificaciones vinculadas a disposiciones sobre herederos y pensiones por invalidez.
Asimismo, en el caso de los magistrados judiciales se aprobó la disposición vigente conocida como “dos por uno”, mediante la cual por cada dos años de servicio como funcionario administrativo se reconoce un año de servicio como magistrado a efectos del cálculo jubilatorio
