Vía libre para levantar embargo a RGD y que Tributación cobre millonaria deuda

El fiscal Osmar Legal dio hoy su visto bueno para que el Juzgado en lo Civil levante el embargo y la Secretaría de Tributación pueda ejecutar la deuda de Ramón González Daher, que ronda los US$ 7 millones, que el acusado de usura y lavado de dinero debe abonar al fisco en concepto de impuestos.

Ramón González Daher y su hijo Fernando González Karjallo están acusados de usura y lavado de dinero.
Ramón González Daher y su hijo Fernando González Karjallo están acusados de usura y lavado de dinero.Archivo, ABC Color

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El agente de la Unidad contra Delitos Económicos y Anticorrupción Osmar Legal, quien había solicitado al juez Humberto Otazú que trabe embargo preventivo sobre los bienes y las cuentas bancarias de Ramón González Daher y su hijo Fernando González Karjallo, en el proceso por supuesta usura y lavado de dinero, respondió hoy al traslado del juez en lo Civil Hugo Garcete.

“Esta representación no se opone al levantamiento de los embargos contra las cuentas habilitadas en los bancos a nombre de Ramón Mario González Daher hasta cubrir la suma de G. 42.316.840.717”, señala Legal en parte de su contestación al Juzgado.

Con la postura favorable del Ministerio Público, ahora el juez Hugo Garcete tiene el camino allanado para ordenar el levantamiento del embargo y la suma reclamada por Tributación sea transferida directamente a la cuenta judicial abierta a nombre del presente juicio en el Banco Nacional de Fomento (BNF).

Acuerdo con Hacienda

El capital reclamado por la Secretaría de Tributación es de G. 84.139.379.640; sin embargo, a través de un acuerdo con el acusado y homologado por el juez en lo civil José Villalba, el monto a ser pagado es solo de G. 42.316.840.717, con la exoneración de los accesorios legales establecidos en el decreto N° 5.027/2021.

No obstante, el propio juez aclara que esta última suma mencionada es la que abonará Ramón González Daher al fisco, siempre que el depósito se realice hasta el 31 de julio de 2021, conforme a la nota SET N° 523 del 6 de mayo pasado que presentó la Abogacía del Tesoro, en la que se puntualiza que la cifra es producto del acuerdo entre el Ministerio de Hacienda y el contribuyente demandado.

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