Fiscalía pide sanción a chicanero por dilatar caso de compra de equipos de espionaje inservibles para la Senad

El Ministerio Público solicitó la aplicación de sanciones disciplinarias para uno de los procesados por lesión de confianza en perjuicio a la Senad de casi G. 11.000 millones, por la compra de equipos inservibles y supuestamente sobrevaluados, que tenían por finalidad realizar espionajes telefónicos. Fue chicaneada nuevamente la fijación de fecha de audiencia preliminar, en la causa que ya lleva 5 años.

El entonces fiscal Martín Cabrera se constituyó hasta la Senad para constatar los supuestos equipos de espionaje telefónico que la institución había adquirido para la lucha contra el crimen organizado. Fue en abril de 2019.
El entonces fiscal Martín Cabrera se constituyó hasta la Senad para constatar los supuestos equipos de espionaje telefónico que la institución había adquirido para la lucha contra el crimen organizado. Fue en abril de 2019.

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El juez penal de garantías en Delitos Económicos del Primer Turno, Humberto René Otazú Fernández por Auto Interlocutorio (AI) N° 787 del 12 de noviembre de 2021, convocó a los procesados ex titulares de la Senad Francisco José de Vargas Benítez y Luis Alberto Rojas Ramírez, así como a Antonio Salvador Pereira Fretes, Silvia Jara Acha, Silvio Alcides Amarilla Torales, Alberto Daniel Ferreira Martí, Adalberto Javier Benítez, Jessica Paola Reyes Aguilera y Hugo Danilo González, para el 13 de diciembre a las 9:30 para sustanciar la audiencia preliminar.

En el citado auto interlocutorio, el juez advirtió que en caso de promoverse recursos dilatorios, aplicaría sanciones previstas en la ley y en las acordadas de la Corte Suprema.

Sin embargo, el 18 de noviembre, el procesado Alberto Daniel Ferreira Martí, por derecho propio y bajo patrocinio del abogado Carlos Gustavo Montañez, con matrícula de la CSJ N° 7731, planteó una apelación general contra el Auto Interlocutorio (AI) N° 787 del 12 de noviembre de 2021, en la que pide revocar.

Ferreira Martí se “agravia” y alega que le genera un “gravamen irreparable” al momento de que el juez resuelve dar seguimiento al proceso señalando día y hora de audiencia preliminar existiendo un recurso extraordinario de casación sobre el cual la Sala Penal de la CSJ no se ha terminado de expedir, pues está aún pendiente de resolución una aclaratoria planteada por mi parte. Si bien es cierto que la aclaratoria planteada es solo a los efectos de determinar ciertos aspectos sobre los cuales el auto cuya aclaración se ha solicitado no se ha expedido, tampoco es menos cierto que ello ocasiona que la resolución en cuestión no quede firme, refirió el apelante.

Pedido de sanción

El Ministerio Público al expedirse en la causa caratulada: “Francisco de Vargas y otros s/ contrabando”, Nº 72/2016 al contestar el traslado que le corrió el juzgado penal de garantías sobre la apelación general que promovió Alberto Daniel Ferreira Martí, bajo patrocinio del abogado Carlos G. Montañez contra el AI N° 787 del 12 de noviembre de 2021, por el que se hizo lugar a la reposición de la Fiscalía para el diligenciamiento de la audiencia preliminar, argumentó que la aclaratoria del recurso extraordinario de casación solicitada por el apelante, ya no puede modificar el fondo de la cuestión, y en consecuencia, requirió al Tribunal de Alzada el rechazo de la apelación.

Aplicación de sanción: “Resulta evidente, la pretensión del recurrente de dilatar el proceso, tal como consta en autos, el recurrente planteó anteriormente un recurso extraordinario de casación contra una resolución cuya decisión jurisdiccional no puso fin al proceso, por ende, el planteamiento a todas luces y sin el menor análisis resulta inadmisible, sin embargo, de igual manera ello obligó a que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia analice el estudio de admisibilidad”, refiere el Ministerio Público.

“Utilizar éstas herramientas con la finalidad de dilatar el proceso con una notoria falta de motivación que en este caso, demuestran la intención del justiciable de no querer su sometimiento al proceso, correspondiendo la aplicación de las sanciones al mismo previstas en el Art. 114 del Código Procesal Penal”, requirió la Fiscalía.

Lo que prevé el Código Procesal Penal

Artículo 114. SANCIONES. Cuando se compruebe mala fe o se litigue con temeridad, los jueces podrán sancionar hasta con cien días multa en casos graves o reiterados y, en los demás casos, con hasta cincuenta días multa o apercibimientos. Para la aplicación de la multa regirá lo establecido en el Código Penal. Antes de imponer cualquier sanción procesal se oirá al afectado. Las sanciones procesales son apelables con efecto suspensivo.

El caso

El entonces fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción Martín Cabrera imputó por lesión de confianza el 18 de noviembre de 2016 al exministro de la Senad Francisco José de Vargas, porque en el 2012 compró para esa institución, de la firma Televox SRL, el equipo denominado “sistema de rastreo sensitivo móvil”, por el que “pagó G. 9.406.120.000, por un bien que de ninguna manera justificaba dicho desembolso”, según señaló el Ministerio Público.

La investigación fiscal corroboró que los equipos de espionaje telefónico eran inservibles y que posiblemente habían sido sobrefacturados. Incluso, se mencionó que estos equipos, lejos de ayudar al combate del crimen organizado o el tráfico de drogas, entorpecieron las labores.

Luego de tres años, en el 2015, el entonces ministro de la Senad, Luis Alberto Rojas, realizó una nueva compra, denominada “equipos tácticos de comunicación”, por el que pagó G. 1.250.000.000, nuevamente a la empresa Televox. También fue procesado por lesión de confianza.

La investigación de la Fiscalía sostiene que dichos equipos no se pudieron utilizar en la labor de la Senad, y que De Vargas y Rojas, como administradores, tenían la obligación de cuidar del patrimonio de la institución a su cargo.

Rojas, además, fue quien direccionó las dos compras de equipos hacia la empresa Televox SRL.

Televox tiene como representantes a Nicasio Bóbeda y Alfredo Javier Bóbeda, quienes fueron imputados por producción de documentos no auténticos y contrabando.

Por su parte, la contadora de esta firma, Silvia Jara Acha, fue procesada por producción de documentos no auténticos.

Televox solicitó ser proveedora del Estado recién el 8 de agosto de 2012 y solamente realizó las dos ventas a la Senad (2012 y 2015), y en Aduanas registró esas dos importaciones.

También fueron imputados por lesión de confianza (complicidad) seis exfuncionarios de la Senad. Alberto Ferreira Martí, exencargado de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC); Jessica Paola Reyes, exasesora jurídica de la Dirección Administrativa; Antonio Pereira, exdirector administrativo; Silvio Amarilla, agente especial y exdirector de Inteligencia; Hugo González, coordinador de la UOC, y Adalberto Benítez, exdirector de Administración.

El actual fiscal de la causa es Luis Lionel Piñánez, de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, quien presentó la acusación correspondiente en diciembre de 2018.

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