El Tratado de Itaipú, en su Art. XIII, consagra que la energía que produzca el aprovechamiento hidroeléctrico “... será dividida en partes iguales entre los dos países”. Por consiguiente, 1.422.869,5 GWh (1 GWh = 1000 MWh) integraban el patrimonio de la República del Paraguay.
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Señalemos que la cifras correspondientes a la generación abarcan el período comprendido entre el 5 de mayo de 1984 y el 31 de marzo último, porque las oficinas paraguayas de la entidad binacional aún no divulgaron los datos correspondientes al mes de abril.
Si el Paraguay aprovechó el 8,71% de tan extraordinaria cantidad de energía eléctrica, mediante la explotación de la energía hidráulica del río Paraná, “perteneciente en condominio a los dos países” (Art. I del Tratado) y el sacrifico del Salto del Guairá, una maravilla casi incomparable de la naturaleza, situado en territorio paraguayo, Brasil, utilizó el abrumador 91,29% aún faltante en nuestro relato.
¿Por partes iguales?
De la producción acumulada - y consumida- en 38 años por la “obra del SXX”, reiteremos, 1.422.869.500 MWh (1 MWh = 1000 KWh) pertenecían a nuestro país. No obstante, según los registros de la binacional y de la estatal paraguaya a los pudimos acceder, la tasa local de aprovechamiento de la energía paraguaya fue del 17,42% (247.824.000 MWh) y, debido el yugo de una interpretación casi dogmática vigente del Tratado y de su Anexo C, debió ceder a Eletrobras, parte constitutiva de la entidad binacional conjutamente con la ANDE (Art. 1°) el 82,58% de la parte paraguaya (1.175. 045.500 MWh) a un “precio” promedio o de “compensación” que apenas supera la barrera de los US$ 4 por 1000 KWh cedidos a la a compañía brasileña, inmersa en el presente en su proceso de privatización.
El valor promedio unitario se obtiene dividiendo la cantidad de MWh cedidos por la suma que recibió el Ministerio de Hacienda de nuestro país desde 1989, US$ 4.830.100.000 -alguna vez se investigará también por qué razón las remesas de las regalías paraguayas comenzaron recién en 1989-.
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La entrada en servicio de las siguientes unidades se ajustaron el siguiente cronograma: la 2 y la 3 en 1985, de la 3 a la 6, 1986; de la 6 a la 9, 1987; de la 9 a las 12, 1988; de la 12 a la 15, 1989, la 14 y la 16 en 1990, de la 16 a la 18 en 1991 hasta el 2016 y en 2007, gracias a un nuevo acuerdo y la modificación de Anexo B del Tratado, incorporan el grupo N° 19 en 2007 y en el 2008 el N° 20.