La jueza de Ejecución Sandra Silveira, la Oficina Técnica de Inscripción de Bienes Comisados del Poder Judicial y la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico) iniciaron el proceso para el comiso de bienes de Ramón González Daher y su hijo Fernando González Karjallo, por G. 240.554.525.035 y US$ 11.711.977, es decir, un total de 47.087.642 de dólares.
En cuanto a las víctimas de usura, que son 155 según la sentencia que condenó a RGD a 15 años de cárcel, deben plantear su acción de manera independiente, ya sea ante el fuero penal o civil, para solicitar el pago en concepto de reparación del daño que sufrieron.
Respecto a estos puntos, la Sentencia Definitiva N° 515 del 17 de diciembre de 2021 dictada por el Tribunal Especializado en Delitos Económicos integrado por las juezas Claudia Criscioni (presidenta), Yolanda Morel y Yolanda Portillo, resolvió mantener todas las medidas cautelares de carácter real dictadas por el juez penal de Garantías Humberto Otazú, para asegurar el monto del comiso y la reparación del daño a las víctimas.
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Además resuelve, en el punto 11, “disponer el secuestro de los cupones de interés individualizados en las fojas 130, 131, 192, 193, 194, 223 y 224 del Tomo IV de la carpeta fiscal, a los efectos de garantizar la reparación del daño”.

Acción de las víctimas de RGD será de forma individual
La abogada querellante Patricia Doria puntualizó que cada una de las víctimas hará su propuesta de reclamo y la parte jurisdiccional será la que resuelva el monto de la indemnización.
“Ahora que quedó firme la sentencia las víctimas están habilitadas para plantear una demanda de reparación del daño, ya sea vía penal o civil. Son 155 víctimas en total, atendiendo los expedientes que fueron producidos como prueba en el juicio oral que finalizó con la condena del señor González Daher y su hijo”, aclaró la abogada del querellante adhesivo Julio Mendoza Yampey.
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Puntualizó que el comiso especial de bienes de padre e hijo no debe perjudicar el derecho de las víctimas al resarcimiento. Es decir, en caso de que no haya suficiente dinero y otros bienes para indemnizar a las víctimas de usura, se usarán los US$ 47 millones, como indica el artículo 90 del Código Penal.
