Condenados “vip”: Tribunal confirma penas pero exministros del MAG seguirán presos en sus casas

El Tribunal de Apelación que confirmó las condenas a los exministros de Agricultura Enzo Cardozo y Rody Godoy y a la exdirectora de Administración y Finanzas Maristela Azuaga, se ocupó de asegurar que los mismos sigan cumpliendo sus penas en sus respectivos domicilios, pese a la gravedad del perjuicio ocasionado al Estado, nada menos de G. 68 mil millones.

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El exsenador liberal Enzo Cardozo, actual parlasuriano. La Cámara confrmó su condena a 10 años de cárcel por estafa y lesión de confianza.

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Mientras más de 70% de las personas privadas de libertad en todo el país carecen de condena, los exministros del MAG cuyas penas han sido ratificadas en segunda instancia en una causa en que se constató un perjuicio de casi G. 70 mil millones, seguirán en sus casas, donde se encuentran desde enero pasado, gracias a la benevolencia de nuestra justicia.

El 29 de noviembre pasado, los exministros de Agricultura y Ganadería Enzo Cardozo (exsenador liberal y actual parlasuariano) y su sucesor Rody Godoy fueron condenados a 10 y 7 años de pena privativa de libertad, respectivamente.

En el mismo juicio, a exdirectora de Administración y Finanzas de la citada cartera de Estado Maristela Azuaga fue sentenciada a 10 años de cárcel.

En juicio, se probó que entre abril de 2012 y mayo de 2013, los condenados autorizaron el desembolso de G. 68.965.418.419 para financiar proyectos de productores frutihortícolas de 188 comités de todo el país.

Todos fueron declarados culpables de los delitos de estafa y lesión de confianza y en consecuencia, el Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Elsa García e integrado por Héctor Fabián Escobar y Gloria Hermosa decretó la prisión de todos.

Cámara ratificó condena a exministros del MAG pero no la prisión

Con motivo de las apelaciones planteadas por las defensas, el fallo fue objeto de estudio en segunda instancia y el Tribunal de Apelación integrado por los camaristas Andrea Vera Aldana (penal), Enrique Mercado (civil y comercial) y Gustavo Auadre (penal adolescente) confirmó las sentencias establecidas en primera instancia, tras concluir que la sentencia se encuentra ajustada a derecho.

Sin embargo, con el voto en disidencia de la magistrada Vera Aldana -quien votó por ratificar la condena y la prisión en un centro penitenciario- los camaristas Gustavo Auadre y Enrique Mercado dejaron sin efecto los puntos 8. 9 y 10 de la sentencia el 28 de noviembre pasado, referente a la revocatoria de las medidas alternativas a la prisión que tenían desde el inicio del proceso.

“Mimados” de la Justicia

Pese a que el Tribunal comprobó un perjuicio de casi G. 70 mil millones, resolvió -en mayoría- mantener las medidas alternativas a la prisión otorgadas a los condenados en enero pasado. Para el efecto, Enzo Cardozo ofreció una la fianza de G. 20 mil millones, mientras que las cauciones ofrecidas por los demás son por montos inferiores.

Recordemos que el juicio se pudo hacer recién luego de casi 7 años de que el Ministerio Público presentara su acusación, precisamente a causa de las múltiples chicanas promovida por la defensa de los tres “mimados” de la justicia.

A juzgar por la llamativa benevolencia con que la justicia actúa en esta causa, no sería de extrañar que los ex ministros y su mano derecha en el MAG terminen cumpliendo gran parte de sus penas en sus respectivos domicilios, pues el tiempo en que permanecen con arresto también se computa a favor del condenado, al igual que el periodo que permanezca en un centro penitenciario.

Y si de “mimados de la justicia” hablamos, tampoco se puede descartar la posibilidad de que esta causa termine en el opareí por prescripción, tal como se dio en la otra causa abierta contra estas mismas personas, por el desvío de los G. 3.700 millones, igualmente del MAG, registrado en la misma época.

Magistrada afirma que peligro de fuga está latente

Para la camarista Andrea Vera Aldana no existen motivos para que los condenados por el desvío de G. 68 mil millones permanezcan con arresto domiciliario pues a su criterio, el peligro de fuga está latente.

A continuación, se transcribe parcialmente el argumento de la Dra. Vera: “(...) los mismos fueron condenados a una pena privativa de libertad, la que deberá ser cumplida en un establecimiento penitenciario (...)

En este sentido y al tratarse en este caso de un recurso de apelación especial, considera esta magistratura que toda determinación realizada sobre medidas cautelares durante la tramitación del presente recurso quedan sin efecto, ya que las mismas no causan estado y menos aún a esta altura del proceso donde existe una condena, cabe señalar que la causa ya no se encuentra en etapa investigativa, sino de un proceso concluido con resultado de condena, quedando latente la posibilidad de fuga ante la revocatoria de una medida cautelar”.

En otra parte de su voto. agrega que las penas impuestas “(...) les servirán para reflexionar y recapacitar sobre los actos cometidos, la sociedad debe quedar satisfecha por la pena impuesta, más aún considerando que en este caso se vio afectado el patrimonio del Estado y ciudadanos en condiciones de vulnerabilidad, y la conducta desplegada por los condenados ha quedado efectivamente comprobada”.

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