Nelson Luis Miñarro Marques, de 25 años, fue sentenciado a 17 años de pena privativa de libertad por homicidio simple; es decir, sin ningún agravante. En el juicio oral y público, desarrollado en las últimas semanas en el Palacio de Justicia de Villarrica, se comprobó que asesinó a su concubina María Mabel Monges Morínigo de un disparo en la cabeza, en octubre del 2022, en la fracción Ybyraroví del barrio San Miguel de la capital guaireña.
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Y a pesar de que la acusación fue por feminicidio, por unanimidad el Tribunal de Sentencia, conformado por los jueces Porfirio Martínez como presidente y Julio Alfonso y Víctor Ortigoza como miembros, cambió la calificación, ya que consideró que no se demostró el tipo penal de feminicidio. La expectativa de pena del homicidio simple es de 5 a 20 años de cárcel, en tanto que la de feminicidio va de 10 a 30 años.
Es que el artículo N° 50 de la Ley Nº 5.777/2016 establece que, además de la relación de pareja, el feminicidio es el asesinato de una mujer por su condición de mujer. El tribunal concluyó que no se demostró que Nelson Miñarro haya matado a María Monges por cuestiones de género.
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Además, la condena es por homicidio simple, pues el tribunal no lo encuadró en ningún agravante como el asesinato a un concubino o concubina, situación que eleva la expectativa de pena a 30 años de prisión, de acuerdo al artículo N° 105 del Código Penal Paraguayo. Si bien la pareja convivía, fue por solo tres meses, y para la ley civil el concubinato sin hijos es a partir de los cuatro años.
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