Corte confirma que ex director del Indert debe cumplir condena por coima

Pedro Gómez de la Fuente, ex gerente regional del Indert; detrás del ex gerente de Créditos Carlos María Soler (con tapabocas), condenados por corrupción.
Pedro Gómez de la Fuente, ex gerente regional del Indert; detrás del ex gerente de Créditos Carlos María Soler (con tapabocas), condenados por corrupción.Fernando Romero

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó dos recursos planteados por el exdirector regional del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) Pedro Enrique Gómez de la Fuente, condenado a 3 años y 6 meses de cárcel por los delitos de cohecho pasivo agravado (coima) y extorsión. El máximo tribunal concluyó que los planteamientos fueron “chicanas” para dilatar el cumplimiento de la sentencia.

Un recurso de aclaratoria y una reposición, planteados por la defensa del exdirector regional del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) Pedro Enrique Gómez de la Fuente, fueron rechazados por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrado por los ministros Carolina Llanes, César Garay y Alberto Martínez Simón.

La aclaratoria planteada por la defensa es sobre el Auto Interlocutorio N° 295 del 15 de julio de 2025, dictado por la Sala Penal de la CSJ; y la decisión de la máxima instancia judicial, de no hacer lugar al recurso, se dio este miércoles 17 de diciembre. Es decir, la aclaratoria tuvo respuesta poco más de 5 meses después.

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El otro recurso presentado por la defensa de Gómez de la Fuente es una reposición en contra de la Providencia del 24 de setiembre de 2025, dictada también por la Sala Penal de la máxima instancia judicial. En este caso, la resolución se dio casi tres meses después, a través del Auto Interlocutorio N° 667 de fecha 17 de diciembre de 2025.

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El exdiputado y exgerente de Créditos del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) Carlos María Soler, quien fue condenado a 4 años de cárcel en la presente causa, se entregó en la tarde del 3 de julio de este año en el Departamento Judiciales de la Policía Nacional y desde esa fecha cumple su condena por coima, extorsión y tráfico de influencias. Por su parte, Gómez de la Fuente sigue con orden de captura.

Carlos María Soler, exgerente de Créditos del Indert.
Carlos María Soler, exgerente de Créditos del Indert.

Recursos dilatorios del ex director del Indert

En el análisis de la aclaratoria planteada la Sala Penal de la CSJ señala que la defensa ha incurrido en una conducta manifiestamente dilatoria y contraria a la buena fe procesal al sostener, ante el Juzgado de Ejecución, que la Sentencia Definitiva N° 257 del 15 de julio de 2022 y el Acuerdo y Sentencia N° 261 del 24 de julio de 2024 no se encontraban firmes, argumentando que los incidentes de nulidad y las excepciones de incompetencia y de extinción de la acción penal promovidas contra dichas resoluciones aún no fueron estudiadas por la Corte, por lo que producían efectos suspensivos.

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“Con ello (la defensa de Pedro Gómez de la Fuente) pretendió instalar un escenario ficticio de incertidumbre procesal, destinado a obstaculizar la ejecución de la condena y a prolongar indebidamente un proceso ya concluido”, resalta parte de la resolución de la máxima instancia judicial.

Agrega que lo más grave es que, incluso después de que estos planteamientos fueran rechazados por su notoria improcedencia -mediante AyS N. º 218 del 15 de julio de 2025 y A.I. Nº 295 de la misma fecha- la defensa volvió a presentar una nueva aclaratoria con idéntico propósito dilatorio.

La Sala Penal remarca que este accionar no solo desconoce abiertamente el principio de cosa juzgada, sino que además configura un abuso de las herramientas procesales. “Tal comportamiento constituye un uso desviado del derecho de defensa, expresamente prohibido por el artículo 112 del Código Procesal Penal, que impone a las partes el deber de litigar con buena fe y proscribe los planteos dilatorios”, destaca otra parte del fallo.

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Pidieron US$ 125.000 para adjudicar inmuebles en el Chaco

El Tribunal de Sentencia, presidido por la jueza Elsa García e integrado por Claudia Criscioni y Yolanda Morel, condenó a Soler y Gómez de la Fuente mediante la Sentencia Definitiva N° 257 del 8 de julio de 2022 luego de tener por probados “sin duda alguna” los hechos expuestos por el fiscal Leonardi Guerrero.

En sus alegatos finales el agente de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción Leonardi Guerrero había solicitado una condena de 6 años de cárcel para Soler, por los hechos de extorsión y tráfico de influencias, y de 4 años y medio de prisión para Gómez de la Fuente por el delito de extorsión.

El Tribunal de Sentencia resaltó que en el juicio oral quedó probado que en el año 2019 los ahora condenados solicitaron 125.000 dólares americanos al estanciero Albino Méndez para anular la revocación de adjudicación de un inmueble de 3.900 hectáreas ubicado en el Chaco y titular dicho inmueble junto a otro lote.

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Víctima entregó dos cheques a Carlos María Soler

El fiscal Leonardi Guerrero demostró que Méndez llegó a entregar a Carlos Soler dos cheques, uno por G. 100 millones y el otro por G. 60 millones. Ambos cheques fueron entregados luego a Gómez de la Fuente, para que los efectivizara. “Si no entregaba los cheques el denunciante iba a perder el lote por el que ya había pagado aproximadamente G. 500 millones”, puntualizó la presidenta del tribunal.

La investigación se inició en octubre de 2019, cuando Albino Méndez denunció que Soler le pidió una coima de US$ 25.000 para revocar la anulación de la adjudicación de un inmueble del Indert en el departamento de Boquerón, Chaco, y US$ 100.000 para titular dicho lote junto a otro terreno de 3.900 hectáreas.

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Uno de los inmuebles iba a ser titulado a nombre de Nathalia Méndez Acevedo y el otro a nombre de Diego Méndez Acevedo, los hijos del denunciante, quien en su declaración en el juicio oral y público puntualizó que el proceso había quedado sin efecto porque no depositó el dinero para que se efectivicen los cheques que entregó a Soler.