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Impuesto inmobiliario y RUN: ¿qué hará la DNIT?

Direccion Nacional de Ingresos Tributarios
Sede de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT). Dirección Nacional de Ingresos Tributarios

A partir de la creación del Registro Unificado Nacional (RUN), la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) desde enero tendrá a su cargo la determinación del valor fiscal de los inmuebles. Este nuevo sistema, que comenzará a regir desde el 14 de enero, busca unificar los trámites en la sede de Registros Públicos.

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Ever Otazú, gerente de Impuestos Internos de la DNIT, explicó esta mañana parte del nuevo esquema que se implementa con la puesta en marcha del Registro Unificado Nacional (RUN). Aclaró que el impuesto inmobiliario no pasa a ser administrado por Tributaciones, sino que se redistribuyen funciones vinculadas a la valuación fiscal.

Según señaló, la DNIT intervendrá en la elaboración del informe técnico que fija el valor fiscal del inmueble, base sobre la cual se calcula el impuesto. Esta tarea estaba anteriormente a cargo de Catastro y ahora se integra al nuevo sistema registral.

Otazú aclaró que Tributaciones no realizará inspecciones físicas ni verificaciones de campo. Las tareas relacionadas con la constatación de construcciones, mejoras o cambios en los inmuebles seguirán siendo competencia de las municipalidades y de Catastro, como hasta ahora.

Según explicó, en la práctica, la DNIT elaborará el informe de condición de dominio utilizando los datos técnicos provistos por Catastro y el Registro Unificado Nacional. A partir de esos insumos, la institución realizará los cálculos necesarios para determinar la base imponible del impuesto inmobiliario.

Señaló además que la valuación fiscal se realiza conforme a parámetros establecidos por la ley, que prevé actualizaciones periódicas en función de la ubicación, la superficie y el grado de desarrollo del inmueble. Agregó en ese contexto que el valor fiscal no necesariamente coincide con el valor de mercado.

Respecto a la implementación, Otazú señaló que el proceso será gradual. Durante esta etapa de transición se seguirán utilizando los sistemas y datos actuales, mientras se avanza en la adecuación tecnológica y en la coordinación entre las instituciones involucradas.

La ley que establece el nuevo sistema entra en vigencia el 14 de enero, fecha a partir de la cual los trámites se canalizarán a través del Registro Unificado Nacional, desde donde se derivarán a las instancias correspondientes para el análisis técnico y registral. Las gestiones que son presenciales se realizarán en la sede de Registros Públicos, sobre la avenida de Eusebio Ayala (Kilómetro 5).

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