El Tribunal de Apelación Penal de la Adolescencia confirmó la apertura el juicio oral y público en la causa que afronta Thiago Raúl Gorostiaga Arestivo, de 19 años, por la presunta comisión de coacción sexual y violación, según lo resuelto el pasado 4 de marzo a través del Auto Interlocutorio N° 35 dictado por el juez penal de la Adolescencia del 2° Turno Ubaldo Matías Garcete.
Específicamente los abogados defensores Cristóbal Cáceres Frutos y Álvaro Cáceres Alsina apelaron los puntos 1, 3 y 4 del A.I N° 35 que resolvió no hacer lugar a la aplicación de medidas socioeducativas, no hacer lugar al cambio de calificación del hecho y rechazar el pedido de acumulación de procesos, respectivamente, planteados por la defensa en la audiencia preliminar.
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Al contestar el recurso planteado la agente fiscal de la Unidad Penal N° 6, Cleider Marlene Velázquez, solicitó el rechazo íntegro de la apelación y la confirmación de los numerales 1, 3 y 4 del Auto Interlocutorio N° 35 del 4 de marzo de 2026, argumentando que la resolución recurrida se ajusta a derecho y preserva las garantías procesales.
Luego de analizar los fundamentos de las partes los camaristas Clara Estigarribia de Carvallo, Lourdes Sanabria Mallorquín y Gustavo Auadre Canela concluyeron que, ante la gravedad del hecho punible acusado, la resolución dictada por el juez Matías Garcete, de elevar la causa a juicio oral se ajusta a derecho. En consecuencia, por unanimidad, votaron por la confirmación.
Fundamentos para confirmar juicio a Thiago Gorostiaga
En el Auto Interlocutorio N° 51 del 20 de abril de 2026 el tribunal de alzada argumenta, en cuanto al agravio por el rechazo del incidente de cambio de calificación del hecho; que la calificación jurídica en la etapa intermedia es provisional y operativa. Agrega al respecto que el Art. 353 del Código Procesal Penal faculta al juez a delimitar el objeto del juicio, pero la subsunción definitiva es competencia exclusiva del Tribunal de Sentencia.
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Respecto a la supuesta falta de congruencia, los camaristas señalan que consta que el cambio de calificación fue advertido tras la declaración de la víctima en Cámara Gesell, garantizando el derecho a la defensa conforme al Art. 427 del CPP.
En cuanto a la acumulación de causas, el Tribunal de Apelación concluyó que si bien el Artículo 46 del Código Procesal Penal establece reglas de conexidad, su aplicación no es automática ni absoluta. “La acumulación debe responder a criterios de economía procesal y celeridad, sin perjudicar el interés de la víctima”, resalta parte del A.I N° 51.
Finalmente los camaristas destacan que, tal como sostiene la Fiscalía, la unificación de juicios que involucran a distintas víctimas menores de edad podría propiciar una revictimización y dilaciones indebidas, contraviniendo el principio de protección integral; en consecuencia la autonomía de los procesos debe mantenerse para salvaguardar la eficacia del sistema de justicia.
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Acusación por coacción sexual y violación
La acusación sostenida en la audiencia preliminar por la fiscal Cleider Marlene Velázquez y la querella adhesiva, señala que el hecho investigado habría ocurrido en abril de 2023 en una vivienda del barrio Republicano de Asunción, aunque la denuncia fue presentada recién en 2025.
La víctima y el ahora acusado participaban de una fiesta junto a otros jóvenes de la misma edad, de acuerdo con lo resaltado por el Ministerio Público en el requerimiento conclusivo.

En un momento de la reunión, tras ingerir bebidas alcohólicas, la joven comenzó a sentirse mareada, por lo que fue trasladada con ayuda de amigos a una de las habitaciones de la vivienda para descansar.
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Posteriormente, Thiago Gorostiaga ingresó al cuarto acompañado de otras personas, quienes luego se retiraron. Según la declaración de la víctima, ella se acostó en la cama y el joven también lo hizo al otro lado, pero en un momento sintió que estaba siendo manoseada.
La denunciante sostuvo que los actos habrían ocurrido sin su consentimiento y que no pudo reaccionar ni defenderse debido a su estado físico. Estos elementos fueron considerados por la Fiscalía para sustentar la imputación.
Otras causas contra Thiago Gorostiaga
Este proceso es uno de los tres que enfrenta Thiago Raúl Gorostiaga Arestivo por presuntos hechos punibles contra la autonomía sexual. Dos de la causas son llevadas por el juez Garcete y una por el magistrado Raúl Florentín.
En otro caso, también investigado por el fiscal Hernán Mendoza, el joven está imputado por coacción sexual y violación en relación con un hecho que habría ocurrido en diciembre de 2023.
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El tercer proceso corresponde a un episodio ocurrido durante una fiesta realizada el 30 de mayo pasado en una residencia del barrio Manorá. En esa causa, la fiscala María Angélica Insaurralde lo imputó igualmente por presunta coacción sexual, la cual corresponde al juzgado de Florentín.
En el marco de las tres causas abiertas en su contra, la Justicia dispuso para Gorostiaga la medida de arresto domiciliario, además de la prohibición de salir del país. Asimismo, se solicitó la colocación de una tobillera electrónica para su monitoreo permanente.
