Los fiscales Belinda Bobadilla, Jorge Arce y Leonardi Guerrero, presentaron un urgimiento a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), cuya Sala Penal integrada por los ministros Carolina Llanes, Luis Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia, debe resolver la recusación planteada por el abogado acusado Alejandro Valiente Martínez, contra el Tribunal de Apelaciones y el juez Humberto Otazú, en marzo pasado por el caso de la mafia de los pagarés.
El 20 de marzo de 2026 debía realizarse la audiencia preliminar ante el juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos, Humberto Otazú. Sin embargo, una recusación planteada a primera hora de ese día, por el abogado Alejandro Valiente Martínez, frustró la realización de esta diligencia.
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Posteriormente, con un aparente fin dilatorio, Valiente Martínez también recusó a los miembros del Tribunal de Apelación Penal Especializada en Delitos Económicos y Crimen Organizado, Claudia Criscioni, Silvana Luraghi y Gustavo Amarilla, quienes debían analizar a su vez la chicana presentada contra Otazú.
Para la agente fiscal Belinda Bobadilla, estos incidentes son meramente dilatorios.
La fiscala explicó que ello es así porque “el trámite es que el juez recusado debe elevar informe a la Cámara -especializada en este caso- y la cámara resuelve. Para que la cámara no pueda resolver, le recusó también a la Cámara y la Cámara, eleva informe a Sala Penal y esta debe resolver la recusación”.
Recién cuando la Corte resuelva el pedido de separación de los camaristas, el Tribunal de Apelación podrá analizar y resolver la recusación presentada contra el juez Humberto Otazú.
Debido al incidente de Valiente Martínez es que la audiencia donde el magistrado debe resolver si dispone o no la apertura de la causa a juicio oral, lleva retrasada casi dos meses y hasta hoy la máxima autoridad judicial no se ha pronunciado.

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Juez de la Catedral y otros acusados por la mafia de los pagarés
En octubre de 2025, el juez de Paz de La Catedral 1° Turno, Gustavo Enmanuel Villalba Báez (31); su actuario judicial Aarón Itamar Bernabé Valdéz Cáceres (31); los ujieres notificadores Osvaldo Isnfrán Vera (27) y Jorge René Montiel Montiel (56); el oficial de justicia Ronald Iván Navarro Pérez (33) y el abogado Alejandro Valiente Martínez (32), representante de la firma de cobranzas de Credisolución SAECA, fueron acusados por la Fiscalía.
Los fiscales Belinda Bobadilla, Jorge Arce y Leonardi Guerrero, les atribuyeron los hechos punibles de prevaricato (art. 305) y uso de documentos públicos de contenido falso (art. 252), según el Código Penal, al juez Gustavo Villalba; al abogado Alejandro Martínez, como instigador del primer ilícito y autor del otro.
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En tanto que a los ujieres notificadores Osvaldo Insfrán y Jorge Montiel se les sindica la comisión de los hechos punibles de producción inmediata de documentos públicos de contenido falso, en calidad de autores, y prevaricato, en carácter de cómplices.
Por otra parte, al actuario judicial Aarón Valdez se le atribuye la autoría de la producción inmediata de documentos públicos de contenido falso y el uso de los documentos públicos de contenido falso, así como la complicidad en el hecho de prevaricato. En tanto que, al oficial de justicia Ronald Navarro, se le acusa por la producción inmediata de documentos públicos de contenido falso.
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Eligió a juez “amigo” para tramitar expedientes
El 19 de marzo de 2024, el abogado Alejandro Valiente Martínez impulsó, en representación de la casa de cobranzas Credisolución SAECA, un total de 33 demandas. Cada una de ellas, fue sorteada por el sistema Judisoft y fueron asignadas al Juzgado de Paz de La Catedral 1° Turno de Gustavo Villalba.
Luego, el 17 de junio de ese mismo año, el abogado Alejandro Martínez volvió a presentar más demandas, en esta ocasión 50 expedientes. Los pedidos de preparación de acción ejecutiva se presentaron en físico y el sistema asignó estos casos al Juzgado de Paz de La Encarnación, a cargo de la jueza también acusada Carmen Analía Cibils Miñarro.
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Ante esa asignación, el abogado Martínez presentó recusación, sin expresión de causa, por cada uno de los 50 expedientes contra la jueza Analía Cibils. En consecuencia, Cibils dictó providencias entre el 21 y 24 de junio a través de las cuales dispuso la remisión de los casos al Juzgado de Paz de La Catedral 1° Turno.
Estos casos fueron recepcionados en el referido juzgado a cargo de Villalba entre el 24 y 25 de junio.
El 26 de junio, el magistrado procesado Gustavo Villalba, dictó providencias, en las qeu dictó como recepcionados cada uno de los 50 expedientes y posteriormente, dispuso la asignación de las causas a a la Secretaría N° 2 de su juzgado, a cargo del actuario Aarón Valdéz. De esta forma, logró que sus demandas sean tramitadas ante un juez “amigo”.
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Demandas eran impulsadas sin pagarés
De acuerdo con lo establecido por la norma, luego de que se haya citado al deudor, no es posible realizar la audiencia sin que el título original que se pretende ejecutar sea exhibido al mismo, primero porque ante la ausencia del pagaré, el deudor no puede reconocer su propia firma; y tampoco es posible dar trámite al proceso si el acreedor no acredita la posesión del título cuyo cumplimiento reclama.
En este sentido, la Fiscalía destaca que “en ninguno de los 83 expedientes incautados, el abogado Alejandro Valiente, quien actuó en representación de la firma Credisolución SAECA, presentó los pagarés originales, conforme se explicó, son necesarios para la audiencia de reconocimiento de firmas”.
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Así también, el Ministerio Público expone en su acusación que, tras pedir informe al juez interino del Juzgado de Paz de La Catedral 1° Turno, desde el mismo se expuso que “los pagarés cuya preparación era solicitada o ingresaban para su ejecución, no eran depositados para la audiencia de reconocimiento de firmas”.
Y precisan los fiscales acusadores al respeto, que la “falta de depósito de los pagarés se daba porque justamente el abogado Alejandro Valiente tenía como seguro que los deudores demandados no se presentarían a la audiencia de reconocimiento de firma porque justamente se representaban que las cédulas de notificación, en la realidad, no eran diligenciadas por el ujier Osvaldo Insfrán”.
