“Mimada” de la Justicia: la artimaña que posibilitó que condenada por narcotráfico cumpla la mitad de su condena en casa

Juana Carolina Vera cuando fue detenida en 2018, en el marco de la Operación Austral. La mujer fue condenada a 11 años de cárcel por narcotráfico, de los cuales "cumplió" 5 años en su casa, con arresto domiciliario.
Juana Carolina Vera cuando fue detenida en 2018, en el marco de la Operación Austral. La mujer fue condenada a 11 años de cárcel por narcotráfico, de los cuales "cumplió" 5 años en su casa, con arresto domiciliario.

Juana Carolina Vera, cuñada del gobernador de San Pedro, Freddy D’Ecclesiis, condenada a 11 años de cárcel por narcotráfico, “cumplió” prácticamente la mitad de su pena en su casa. “Mimada” de la Justicia, Juana Vera fue la única de los doce procesados por el caso a ser favorecida con arresto domiciliario, recurrido en su momento por el fiscal Deny Pak.

El proceso abierto por narcotráfico que derivó en la condena de Juana Carolina Vera González a 11 años de pena privativa de libertad se inició en el año 2018. Vera está casada con Víctor D’Ecclesiis Giménez, con antecedentes por narcotráfico de los años 1997 (en el Uruguay) y en el 2005, en Paraguay, hermano del actual gobernador de San Pedro, Freddy D’Ecclesiis.

Hoy la sentencia se encuentra firme y la condenada se presentó para cumplir su pena el domingo último, en cumplimiento de una orden de captura dictada por la Justicia el 6 de julio pasado.

El cómputo definitivo realizado por el juzgado Penal de Ejecución Especializado en Delitos Económicos y Corrupción y Crimen Organizado N° 2, a cargo de María Lidia Wyder Mendieta determinó que Vera cumplió 7 años, 7 meses y 26 días de su condena y por lo tanto, tiene derecho a solicitar su libertad condicional a partir del 10 de febrero de 2026.

Eso en los papeles, porque en la realidad, Juana Vera realmente solo estuvo en la cárcel en el periodo comprendido entre noviembre de 2018 y mayo de 2021, pues desde el 1 de junio de 2021 hasta el sábado pasado (4 de julio), estuvo con arresto domiciliario en un departamento del Edificio Punta del Este Tower del barrio Villa Aurelia, en Asunción. Es decir, cumplió casi la mitad de su pena, en su casa.

Operación Austral contra el narcotráfico

Esta causa se inició en setiembre del 2018, cuando antidrogas realizaron la Operación Austral, que consistió en cuatro allanamientos, uno de ellos en una estancia de Itapúa de donde se incautaron 448 kilos de cocaína.

Una de las avionetas incautadas en el hangar de la familia D’Ecclesiis durante la Operación Austral, ejecutada en el 2018.
Una de las avionetas incautadas en el hangar de la familia D’Ecclesiis durante la Operación Austral, ejecutada en el 2018.

La avioneta que había descargado la droga, así como otras seis naves sospechosas, fueron localizadas en San Pedro en un hangar de Juana Carolina Vera, cuñada del entonces diputado colorado de dicho departamento, Freddy Tadeo D’Ecclesiis, lo que determinó su procesamiento.

Juana Vera fue procesada junto a otras 11 personas, cuya prisión preventiva fue dictada en su momento a pedido de la Fiscalía.

Proceso penal y prisión preventiva para Juana Carolina Vera

Específicamente, el entonces fiscal de la Unidad Especializada de Lucha Contra el Narcotráfico y Crimen Organizado Hugo Volpe imputó a Juana Vera por tráfico de sustancias prohibidas y facilitación de los medios para el tráfico y pidió su prisión preventiva.

La prisión preventiva de la mujer fue decretada el 12 de noviembre de 2018, por el juez penal de Garantías Miguel Tadeo Fernández. Idéntica medida restrictiva de libertad se dictó con relación a los demás procesados, en distintas fechas.

Juana Vera planteó revisión de medidas, rechazada por el magistrado debido a que la ley de drogas no permitía este beneficio.

La defensa apeló un par de veces la decisión, ratificada una y otra vez por el Tribunal de Apelación en lo penal, tercera sala integrado por Agustín Lovera Cañete, Cristóbal Sánchez y José Waldir Servín, a través de resoluciones dictadas el 19 de noviembre y el 18 diciembre de 2018.

En la misma línea, el Tribunal de Sentencia sorteado para realizar el juicio, integrado por Mesalina Fernández, Dina Marchuk y Gloria Hermosa ratificó la prisión preventiva de la procesada, el 1 de junio de 2021.

Esta resolución fue nuevamente apelada por la defensa y la cuestión fue, una vez más, objeto de estudio en segunda instancia.

Beneficio a Juana Carolina Vera, de la mano de Emiliano Rolón

Sin embargo, en esta oportunidad el Tribunal de Apelación se integró de manera distinta, porque el entonces camarista Emiliano Rolón Fernández -actual fiscal general del Estado, quien en la época integraba la cuarta sala- se encontraba interinando a su colega Agustín Lovera Cañete, integró la sala con sus miembros naturales, José Waldir Servín y Cristóbal Sánchez.

Esta nueva coyuntura resultó favorable a la pretensión de la procesada. Esto porque si bien Servín se mantuvo en su voto contrario a la concesión de medidas, Sánchez cambió su postura para acompañar a Rolón en su voto a favor del arresto domiciliario, conformando así la mayoría que otorgó el beneficio a la mujer.

Emiliano Rolón Fernández sentado en oficina, con abrigo oscuro y sombrero claro, expresión seria y micrófono frente a él.
Emiliano Rolón Fernández, fiscal general del Estado.

Rolón –a cuyo voto se adhirió Sánchez– argumentó que la prisión no debe durar más de dos años, como lo establece el artículo 236 del Código Procesal Penal, y estableció que el Tribunal de Sentencia debe aplicar medidas de sujeción para precautelar el objeto del proceso.

El cumplimiento de la disposición de la Cámara de Apelación, el Tribunal de Sentencia no tuvo otra alternativa que disponer el arresto domiciliario de la cuñada del político colorado, a través del auto interlocutorio (AI) N° 400 del 1 de julio de 2021. En aquella ocasión, el colegiado impuso al político una caución personal de G. 1.500.000.000 y una fianza real sobre dos inmuebles de Santaní, ambos de propiedad de la acusada, por el mismo valor G. 1.500.000.000.

El beneficio irregular fue cuestionado en su momento por el fiscal antidrogas Deny Yoon Pak, quien presentó una acción de inconstitucionalidad contra la resolución de la Cámara, pero no prosperó.

“Se puede notar claramente que la resolución judicial impugnada por esta vía se encuentra absolutamente infundada y, por tanto, resulta ilegítima, es decir, no ajustada a derecho, ya que se cumplen con los requisitos de ‘contenido’ necesarios para que un fallo se considere motivado”, afirmó el fiscal Deny Yoon Pak en su acción, tras sostener que los camaristas no explican por qué un artículo del CPP (236) está por encima de los límites establecidos por el artículo 19 de la Constitución.

Llamativo cambio de postura de camarista para conformar mayoría

Pak también advirtió el llamativo cambio de postura de Sánchez, que en una resolución dictada el 7 de mayo del mismo año, votó por confirmar la prisión decretada contra una persona el 14 de noviembre del 2017.

Es decir, Sánchez rechazó revisar la prisión preventiva de una persona que lleva más de 3 años en la cárcel y, un mes después, votó por revocar la prisión de la cuñada del diputado Freddy D’Ecclesiis, Juana Vera, con el argumento de que no podía estar más de 2 años en prisión.

Cristóbal Sánchez.
Cristóbal Sánchez, exintegrante del Tribunal de Apelación penal, tercera sala, actualmente jubilado.

“(...) en el caso impugnado que nos ocupa, a pesar de que en el –reciente– pasado firmó una resolución absolutamente distinta, sorpresivamente cambió de “criterio” al adherirse a la opinión del juez penal Emiliano Rolón, con la cual integró el voto en mayoría, para resolver de manera versátil, la misma cuestión jurídica, lo que demuestra por sí sola la arbitrariedad de esta resolución jurisdiccional, la cual pone en peligro la seguridad de la ciudadanía de contar con una decisión ajustada –siempre– al derecho y también a la justicia”, destaca el fiscal.

El 19 de marzo de 2022, cuando el juicio oral y público se encontraba en pleno desarrollo, la Sala Constitucional integrada por los ministros Antonio Fretes, César Diesel y Víctor Ríos rechazaron la acción de inconstitucionalidad planteada por el fiscal Pak contra la decisión de la Cámara.

“La acción es planteada en contra de un acto no definitivo y considerando que la resolución impugnada fue dictada en el marco de un proceso penal aún en trámite, carece de fuerza definitiva, circunstancia esta que impide la vía de inconstitucionalidad para su impugnación”, argumentó la sala constitucional.

Por su parte, otros procesados invocaron trato igualitario para solicitar revisión de medidas e intentar acceder al arresto domiciliario en las mismas condiciones de Juana Vera, sin éxito. Durante todo el proceso, Juana Vera fue la única procesada beneficiada con arresto.

Condena por narcotráfico

El 6 de julio de 2022, el Tribunal de Sentencia presidido por Mesalina Fernández condenó a 11 años de pena privativa de libertad, en un juicio oral y público donde se declaró probada la acusación defendida en audiencia por el fiscal Ysaac Ferreira.

Además de la cuñada del político colorado, también fueron acusados por tenencia sin autorización y tráfico internacional de estupefacientes, soborno agravado y asociación criminal, en distintos grados de responsabilidad, y recibieron las siguientes penas privativas de libertad:

  1. Víctor Hugo Gaona Lugo - 15 años
  2. Jorge Figueredo Burgos - 11 años
  3. Édgar Oreste Fariña - 10 años
  4. Ignacio María Denis - 10 años
  5. Óscar Guido Martínez López -10 años
  6. Ramón Ignacio Vera González - 5 años
  7. Benigno Daniel Chávez Cáceres - 4 años
  8. Eduardo Vargas Laupicher - 4 años
  9. José Rubén Moreno Martínez - 4 años
  10. Juan Carlos Balmaceda - 4 años
  11. Juan R. Ocampos Phillips - 2 años (con suspensión de la condena)

El 24 de diciembre de 2023, la sentencia condenatoria, la SD N° 225 del 6 de julio del 2022, fue confirmada por el Tribunal de Apelación, tercera sala, integrado por José Waldir Servín, Cristóbal Sánchez y Agustín Lovera Cañete.

Por Acuerdo y Sentencia N° 255 del 20 de junio de 2025, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió declarar inadmisible el recurso extraordinario de casación interpuesto por los abogados Orlando Cuevas Casco e Idilio Acosta en representación de Juan Ramón Ocampo y Juana Carolina Vera González.

 El juicio oral y público por narcotráfico a Juana Carolina Vera y otros estuvo a cargo del Tribunal de Sentencia integrado por Mesalina Vera, Dina Marchuk y Gloria Hermosa.
El juicio oral y público por narcotráfico a Juana Carolina Vera y otros estuvo a cargo del Tribunal de Sentencia integrado por Mesalina Vera, Dina Marchuk y Gloria Hermosa.

El 7 de julio pasado, a través del auto interlocutorio (AI) N° 129. la jueza Wyder estableció el cómputo definitivo.

En la misma resolución, ordenó que, a través de la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios, se proceda a la comunicación de lo resuelto a la institución penitenciaria donde se encuentre el Organismo Técnico Criminológico, a fin de que el Consejo Asesor examine a la condenada y proponga el establecimiento apropiado para su reclusión que seguramente no será por mucho tiempo, considerando la “estrategia” procesal que le permitió cumplir gran parte de su condena en su casa.