La recusación presentada por el acusado en el caso detergente de oro César Daniel Ojeda Figueredo, en contra de dos miembros del Tribunal de Apelaciones, fue rechazada por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), integrada por los ministros Manuel Ramírez Candia, María Carolina Llanes y Gustavo Santander Dans.
En el Auto Interlocutorio N° 462 de fecha 23 de julio de 2026, el máximo tribunal resalta que el recusante no ha explicado alguna circunstancia fáctica concreta de la que se pueda deducir que la imparcialidad e independencia de los magistrados recusados se encuentren afectadas, ni ha presentado aval probatorio que permita la corroboración efectiva de los fundamentos señalados en la recusación.
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Dicha recusación fue presentada en contra de los miembros del Tribunal de Apelación, Primera Sala, Mario Camilo Torres y Silvana Luraghi; en fecha 26 de septiembre de 2025, por parte del abogado Walter Cardozo, en representación del acusado César Daniel Ojeda Figueredo, exconcejal de Asunción y exintendente interino de la municipalidad capitalina.
Es decir, la recusación contra los magistrados se resolvió luego de 10 meses. Ahora el tribunal de alzada podrá estudiar el recurso de apelación subsidiaria interpuesto por el exintendente Óscar “Nenecho” Rodríguez y César Ojeda Figueredo, en contra de la resolución del juzgado de Garantías que ratificó la admisión de la acusación fiscal.
Debido al citado recurso que debe ser resuelto por el Tribunal de Apelaciones, hasta la fecha está pendiente la audiencia preliminar para el exintendente Óscar Rodríguez y el exconcejal César Ojeda Figueredo. El acusado Édgar Estigarribia también tiene pendiente dicha diligencia, pero en su caso es por incomparecencia a la audiencia que se había realizado el pasado 6 de julio.
Preliminar pendiente para Nenecho y otros acusados
El 22 de septiembre de 2025, juez de Garantías Especializado en Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia rechazó los recursos de reposición planteados por el ex intendente de Asunción Óscar “Nenecho” Rodríguez y el exconcejal colorado César Ojeda Figueredo, contra la providencia que admitió la acusación del Ministerio Público.
En su resolución, Estigarribia expuso que las defensas “se han limitado a formular consideraciones generales sobre la supuesta falta de incorporación de determinados elementos probatorios o sobre incidentes pendientes, sin explicar cómo la fijación de la audiencia preliminar les genera un perjuicio procesal concreto.
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El 3 de setiembre de 2025, los fiscales Marlene González, Jorge Arce y Silvio Corbeta Dinamarca presentaron acusación contra Nenecho, Wilfrido Cáceres, César Ojeda y otras 13 personas, por supuesta lesión de confianza y asociación criminal, debido a la compra irregular del “detergente de oro” y otros artículos de limpieza, entre los años 2020 y 2021.

Respecto a Wilfrido Adrián Cáceres Flores, el pasado martes 7 de julio el juez Rodrigo Estigarribia elevó a juicio oral la causa por presunta lesión de confianza que afronta el sindicado como “mano derecha” de Óscar Nenecho Rodríguez, cuando éste ocupaba el cargo de intendente de Asunción, entre diciembre de 2019 y agosto de 2025.
”Detergente de oro” causó perjuicio de G. 1.808 millones
La acusación fiscal resalta que durante la gestión de Óscar “Nenecho” Rodríguez como intendente, entre los años 2020 y 2021, en la Municipalidad de Asunción se concretaron sobrefacturaciones y simulaciones de entregas de productos varios, a través de la adjudicación de contratos a empresas que no tenían ni la capacidad ni la representación legal de las marcas ofertadas.
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Al respecto, la fiscalía sostiene que el municipio sufrió un daño patrimonial de G. 1.284.878.500 en el 2020; y por G. 524.077.500 en el año 2021, totalizando la suma de G. 1.808.956.000, que salió del Fondo Nacional de Emergencia.
Entre los productos para limpieza que supuestamente fueron adquiridos, la Fiscalía resalta que la Municipalidad de Asunción llegó a pagar hasta G. 393.800 por cada litro del detergente francés de la marca “Alka DDS”, con el argumento que servía para producir varios litros más. Sin embargo, la comuna no recibió el producto por el total del dinero abonado.

El Ministerio Público resalta sobre dicho punto que las adquisiciones se llevaron adelante sin contar con la reglamentación correspondiente, lo que permitió la utilización irregular de los recursos municipales.
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Documentos y pericias que fueron incorporados por la Fiscalía a la presente causa refieren que las cantidades de productos declaradas como entregadas no guardan relación con las importaciones efectivamente realizadas en el país, de acuerdo con lo resaltado por los agentes que presentaron la acusación.
