Gobierno plantea tobilleras electrónicas solo para los pudientes

Esta semana, la Cámara de Diputados aprobó en general, pero postergó en particular, el estudio del proyecto de modificación de la ley de tobilleras electrónicas, ya que hay dos alternativas. Sin embargo, la iniciativa que plantea el Ejecutivo solo contempla beneficiar con tobilleras al que tenga plata suficiente para costear el beneficio. En consecuencia, el que no tiene dinero irá a prisión.

La implementación de tobilleras electrónicas podría favorecer solo a los que puedan costear el servicio, si es que se aprueba la versión del Ejecutivo.
La implementación de tobilleras electrónicas podría favorecer solo a los que puedan costear el servicio, si es que se aprueba la versión del Ejecutivo.Ney Douglas

Cargando...

La propuesta del Ejecutivo sobre las tobilleras electrónicas, hasta ahora, no se había socializado y ni siquiera hubo tiempo de analizar en comisiones claves como la de Asuntos Constitucionales, ya que fue girada recién el martes pasado, minutos antes de la sesión ordinaria del miércoles, y aún así, a tambor batiente, una mayoría logró su aprobación en general y que sea el texto base para cuando traten en particular.

La propuesta del Gobierno, en la práctica, haría que medidas alternativas a la prisión (como la prisión domiciliaria o libertad ambulatoria con orden de alejamiento, entre otras) sean un beneficio exclusivo para quienes puedan pagar.

El planteamiento de modificación del Ejecutivo, impulsada por los ministerios de Interior y de Justicia, pretende establecer en el artículo 3º inciso 3º de la Ley 5863/17 “la implementación de los dispositivos electrónicos de control”, que para ser “destinatario” del programa de tobilleras electrónicas, necesariamente debe costear el servicio.

Debate sobre el pago por el uso de las tobilleras electrónicas

La condición más excluyente que se establece es “que el beneficiario cuente con suficiente solvencia económica para contratar los servicios asociados al uso de los dispositivos electrónicos de control durante el proceso o durante la ejecución de la condena respectiva”.

No solo eso, en ninguna parte se establece que el Estado pueda hacerse cargo en caso de que el procesado se declare insolvente, por lo que el destino para un procesado que no tenga el dinero suficiente para costear el servicio sea la prisión, incluso aún sin condena en casos, como es la situación de la etapa posterior a la imputación y previa a la acusación fiscal.

De hecho, se plantea derogar la Ley N° 6345/19, que es la que establecía que el Estado está obligado a allanar cualquier obstáculo (incluido el económico) para el cumplimiento de la ley sobre uso de tobilleras.

Todo apunta a que, principalmente el Ministerio del Interior tendría fines principalmente recaudatorios, ya que además de facultarlo a recibir partida presupuestaria por parte del Ministerio de Economía, se lo habilita a “establecer y percibir tasas correspondientes por la prestación de los servicios asociados a la implementación de los dispositivos electrónicos”. Hasta ahora, el Gobierno no mencionó qué costo tendría mensualmente el servicio.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...