Resolución del IPS revela millonario “perdón” del consejo para “evasoras”

Jorge Brítez y Santiago Peña en la reunión de este lunes.
Jorge Brítez (d) y Santiago Peña en una reunión. Foto de archivo.

El Consejo de Administración del Instituto de Previsión Social (IPS), encabezado por Jorge Brítez, resolvió en diciembre de 2024 dejar de exigir la “rentabilidad económica” a patronales “evasoras”, según un documento al que tuvo acceso ABC. Con esta decisión, se despojó al fondo de jubilaciones de recursos económicos clave, premiando de forma directa a los empleadores que no declararon a sus trabajadores por años.

El IPS dio un peligroso paso atrás en la lucha contra la evasión. Mientras los fondos jubilatorios enfrentan desafíos de sostenibilidad, siendo un claro ejemplo el debate vigente sobre la Caja Fiscal, la actual administración, a cargo de Jorge Brítez, decidió “perdonar” a las patronales que no declararon durante años a sus empleados, condonándoles el pago de la rentabilidad que esos aportes debieron generar.

Se trata de la “rentabilidad económica no ingresada”, un mecanismo de compensación que obligaba a las patronales infractoras a pagar no solo el aporte evadido e irrisorias multas, sino también lo que ese dinero hubiera ganado en intereses si se hubiese invertido a tiempo a favor del fondo de jubilaciones.

En el considerando de 2024 solo se cita el dictamen elaborado por  la Dirección Jurídica.
En el considerando de 2024 solo se cita el dictamen elaborado por la Dirección Jurídica.

Sin embargo, el nuevo Consejo puesto por el gobierno de Santiago Peña decidió, el 12 de diciembre de 2024, dejar sin efecto las medidas estrictas contra los deudores, cortando una vía de recaudación millonaria que protegía el ahorro de miles de trabajadores.

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Borraron con el codo

Lo más escandaloso de este “perdón” es que la normativa derogada –que databa del 5 de junio de 2018 y aprobada durante el gobierno de Horacio Cartes– llevaba la firma de varios de los actuales protagonistas. Los que acompañaron el cobro de rentabilidad en aquel entonces fueron: Benigno López, Jorge Magno Brítez (actual presidente), Carlos Morel, Luis Fleitas, José Jara Rojas y Juan Torales.

Carlos Pereira, exconsejero.
Carlos Pereira, exconsejero.
Víctor Insfrán, consejero.
Víctor Insfrán, consejero.
Gustavo González, consejero.
Gustavo González, consejero.

En 2018, el argumento era contundente y basado en la Carta Orgánica del IPS como en la Constitución Nacional, siendo el principal objetivo castigar la evasión del pago del seguro social. La previsional aplicaba este cálculo en dos escenarios: cuando el empleador ocultaba la relación laboral desde el inicio y cuando se declaraba un salario inferior al percibido realmente por el trabajador.

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En la resolución se consideró que la falta de pago oportuno privó al IPS de realizar inversiones financieras. Por ende, al regularizar los aportes, la patronal debía reponer la rentabilidad que esos fondos habrían generado si hubieran estado colocados, por ejemplo, en Certificados de Depósito de Ahorro (CDA) con tasas del Banco Central del Paraguay (BCP), en un plazo mayor a un año.

Análisis contundente en  2018 basado en la Carta Orgánica y la Constitución Nacional.
Análisis contundente en 2018 basado en la Carta Orgánica y la Constitución Nacional.

El repentino cambio en IPS

A pesar de que dos de los firmantes de aquella política de rigor –Jorge Brítez y José Jara– están nuevamente en el poder, el 12 de diciembre de 2024 decidieron sugestivamente cambiar de postura. Le acompañaron los demás consejeros: Carlos Pereira, Gustavo González, José Emilio Argaña y Víctor Insfrán.

La nueva disposición se escuda en un llamativo dictamen de la Dirección Jurídica, entonces a cargo del renunciante José “José’i” González, y respaldado por la jefatura de Dictámenes y Contratos, cuya responsable sigue siendo Jorgelina Gómez de la Fuente.

Emilio Argaña, consejero.
Emilio Argaña, consejero.
José Jara, consejero.
José Jara, consejero.

Ambos solo argumentaron que este cobro “no tiene rango legal” y mencionaba “alto riesgo de reclamo judicial”, ignorando que el mecanismo se aplicaba con éxito desde aproximadamente el año 2010 como una forma de resarcir al fondo de jubilaciones.

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